Category: Artículo de Criminología

CRIMINALIDAD Y GÉNERO: BREVE APROXIMACIÓN A LA DELINCUENCIA FEMENINA

Introducción

La transgresión femenina es y ha sido hasta la fecha un campo olvidado por la Criminología. Aunque el comportamiento delictivo femenino se ha manifestado en todos los periodos de la Historia, no se comenzó a estudiar ni investigar hasta el siglo XIX. Además de la carencia de estudios e investigaciones sobre la materia, se suma que la Criminología tradicional ha ignorado los pocos estudios existentes que versan sobre la temática y ha aplicado las mismas teorías y conclusiones de los estudios sobre delincuentes varones a las conductas delictivas de las mujeres.

Por si no fuera poco, los investigadores y sujetos de investigación en Criminología han sido mayormente hombres, tal y como ocurre en otras ciencias. Como consecuencia de este dominio masculino, actualmente existe un conocimiento científico limitado y sesgado en lo relativo a la delincuencia cometida por las mujeres, si bien desde hace poco se está empezando a dar visibilidad a esta temática.

Según la doctrina, esta carencia de datos se debe al menor número de delitos cometidos por las mujeres en comparación a los hombres. Si bien es cierto esto último, eso no esgrime, a mi juicio, de la necesidad de investigar un fenómeno más dentro de la criminalidad. Una aproximación a esta diferencia delictiva entre hombres y mujeres se puede apreciar en los datos ofrecidos por el INE en relación con el número de condenadas y condenados en España entre los años 2013 y 2018:

 

img 5f3465c544964 CRIMINALIDAD Y GÉNERO: BREVE APROXIMACIÓN A LA DELINCUENCIA FEMENINA
Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INE.

Como se puede observar, la diferencia es abismal entre ambos sexos. Desde la última reforma del Código Penal en 2015 se produjo un incremento delictivo significativo tanto en mujeres como en hombres debido posiblemente a la introducción de nuevos tipos penales y a la eliminación de las faltas pasando a ser delitos leves en su lugar, entre otros factores. Asimismo, en general se aprecia un incremento notable en los últimos años respecto al número de condenas. En el año 2018 disminuye el número de condenadas respecto a 2017, caso contrario de los hombres, donde se produce un incremento.

 

Tipología delincuencial de las mujeres transgresoras

Respecto al número de delitos cometidos por las mujeres entre 2013 y 2018 según la tipología delictiva, el INE ofrece los siguientes datos. Teniendo en cuenta la tipología tan amplia existente de delitos recogidos en el Código Penal actual, tan solo he reunido los cinco primeros delitos más cometidos:

 

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Fuente: elaboración propia a partir de los datos del INE.

Por tanto, los delitos que más cometen las mujeres son delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, destacando los hurtos y las defraudaciones. A ello le siguen los delitos de lesiones; los delitos contra la seguridad colectiva, donde predominan los delitos contra la seguridad vial; los delitos contra la libertad, especialmente las amenazas; y los delitos contra la Administración de Justicia, siendo la mayor parte de ellos quebrantamiento de condenas y acusaciones y denuncias falsas. Prácticamente en todos ellos se observa un aumento en el número de condenas con el paso de los años.

Si se comparan estos cinco primeros delitos cometidos por mujeres con el cometido por los hombres no se aprecia mucha diferencia, pues los más cometidos por hombres son, ordenados de mayor a menor: delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, contra la seguridad colectiva, lesiones, contra la libertad y contra la Administración de Justicia. La única diferencia destacable, además de la disparidad de las cifras que se ha comentado, es que mientras que el delito de lesiones ocupa el segundo lugar en el caso de las mujeres, en el caso de los hombres ocupa el tercero. Además, dentro de cada tipología delictiva tampoco existen diferencias destacables exceptuando que, en el caso de los hombres, dentro de los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico destacan, además de los hurtos, los robos y robos con violencia, cosa que en el caso de las mujeres no sucede.

 

Tipología delincuencial en Centros Penitenciarios

En cambio, si nos vamos a las estadísticas ofrecidas por la Secretaría General de Instituciones Penitenciarias (en adelante SGIP) respecto a la población reclusa en España a diciembre de 2019 se obtiene lo siguiente:

 

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Fuente: elaboración propia a partir de los datos de SGIP.

La diferencia entre ambos sexos sigue siendo relevante. Del mismo modo, se observa un número muy bajo de población reclusa comparado con el total de condenas de 2018 del INE mencionada al principio. Esto, como sabemos, es debido a que la pena de prisión no es la única clase de pena existente y esta suele ser la más grave.

Si se compara la tipología delictiva de los delitos cometidos por las mujeres con la de la población reclusa mostrada en el gráfico siguiente se aprecian diferencias significativas.

 

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Fuente: elaboración propia a partir de los datos de SGIP.

En el gráfico aparecen delitos que no se encontraban en los datos del INE, tal como los delitos contra la salud pública, homicidio y sus formas y delitos contra el orden público. Esto se debe a la gravedad de estos delitos y a la gran extensión de sus penas en prisión. Los delitos contra la seguridad colectiva o contra la libertad no necesariamente implican condenas en prisión o conllevan penas menos largas.

Comparando estos datos con la población reclusa masculina se observa que existen algunas diferencias. En el caso de los hombres existe un número alto de condenas por violencia de género y por delitos contra la libertad sexual, algo que no sucede en el caso de las mujeres.

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Fuente: elaboración propia a partir de los datos de SGIP.

Por tanto, en el caso de las mujeres (y de los hombres) la delincuencia tiene un fin mayoritariamente lucrativo, ya sea mediante robos, hurtos o tráfico ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas. En el caso de los delitos contra el patrimonio en las estadísticas no se muestra la variedad de modalidades delictivas dentro de este tipo penal, tales como el hurto, robo, extorsión o defraudaciones, entre otras. Esta diferenciación no carece de importancia puesto que, dentro de las modalidades mencionadas, se encuentran delitos violentos y no violentos, que requieren o no de riesgo, fuerza e intimidación.

Respecto a los delitos contra la salud pública, es destacable el caso de las mujeres utilizadas por las organizaciones criminales para introducir droga en el país. Estas mujeres victimarias denominadas vulgarmente como “mulas”. Introducen las sustancias en su propio cuerpo o en el equipaje y el motivo principal que lleva a cometer este tipo de delitos, ya sean o no consumidoras de estas sustancias, es el hecho de que son delitos poco detectados por las autoridades policiales y que no requieren de especial destreza ni riesgo.

Además, la comisión del delito se suele realizar de forma individual más que en coautoría y sin estar integrada en la organización criminal. En el caso de ser descubiertas, prefieren no delatar a la organización ni a ninguno de sus miembros, ya sea por miedo o chantaje, siendo esta la razón por la que las autoras del delito, en la mayoría de los casos, no se benefician de atenuantes relacionados con la colaboración con la Administración de Justicia, lo que ocasiona largas estancias en prisión.

Sobre los delitos de lesiones y de homicidio y sus formas, la mayor parte de las lesiones se producen a niños y los homicidios a personas del entorno social o familiar de la victimaria, tal como parejas, hijos o personas mayores. En los delitos de lesiones y homicidios, las mujeres actúan como autoras materiales del delito, es decir, como autoras individuales, mientras que en los delitos de robos y atracos suelen actuar más como cómplices.

En resumidas cuentas, el perfil de la población reclusa femenina se caracteriza por la pobreza, marginalidad, exclusión social, alta estigmatización, analfabetismo, baja cualificación profesional y educativa y una posible relación con la drogodependencia y con la violencia de género, doméstica o sexual. Mientras que en años anteriores la mayor parte de las mujeres reclusas estaban penadas por delitos contra la salud pública, en los últimos años el mayor número se constituye por las penadas por delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico. El perfil de edad mayoritario lo conforman las mujeres adultas, de nacionalidad española (aunque en los últimos se ha incrementado el número de mujeres extranjeras), penadas y en segundo grado de tratamiento. Utilizan menos la violencia, la fuerza y asumen menos riesgo que los hombres, además de tener una tasa menor de reincidencia.

Etiología de la delincuencia femenina

Una vez visto esto, quizá surjan varias preguntas, como por ejemplo: ¿cuáles son las causas y los factores que intervienen en la delincuencia femenina? ¿por qué las mujeres transgreden la ley menos que los hombres?

Las teorías que intentan responder a estas preguntas se pueden dividir, de forma muy resumida, en tres bloques: enfoques biológicos y biopsicológicos, teorías y escuelas sociológicas y enfoques actuales.

El primer bloque, situado aproximadamente entre el siglo XIX y XX y de la mano de nuestro gran conocido Lombroso (entre otros y otras autoras), aseguró que la menor transgresión femenina es debida a la constitución y a la debilidad inherente de las mujeres estando su comportamiento determinado genéticamente.

Otras corrientes dentro de este bloque consideraron que la criminalidad está repartida igualmente entre los géneros. No obstante, la diferencia abismal mostrada en las estadísticas delincuenciales entre un género y otro se explicaría por una cifra negra considerable en el caso de los delitos cometidos por mujeres debida a la capacidad de engaño predeterminada por la constitución biológica de la mujer y su especial situación social relegada en la esfera privada.

También son destacables las corrientes que relacionan la criminalidad femenina con el síndrome premenstrual y la menopausia. Por supuesto, todas estas conjeturas anteriores no tienen ninguna base científica y se encuentran obsoletas hoy por hoy. Por último, dentro de este bloque, algunas teorías un poco más recientes defienden que la desigualdad en las cifras de delincuencia reside en el cromosoma Y del hombre, el cual está asociado a la virilidad y la agresividad. Otros autores y autoras argumentan que la diferencia delictiva reside en las hormonas masculinas y femeninas.

El segundo bloque, como su propio nombre indica, estudia el fenómeno desde una perspectiva social. La teoría de la caballerosidad, por ejemplo, entiende que el incremento de las cifras de delincuencia femenina es consecuencia de una mayor persecución de estos delitos, que hasta entonces no habían sido condenados por la justicia debido a su carácter leve y su relación con el ámbito familiar.

Ya en los años setenta y ochenta del pasado siglo surgen, dentro del marco feminista, las teorías de la emancipación. Siguiendo la línea argumental de estas teorías, la disparidad en las cifras se explica por el desempeño de distintos roles y posiciones sociales del hombre y la mujer. Las mujeres, según escalen posiciones en la sociedad y queden menos relegadas en la esfera privada, las cifras de delincuencia entre hombres y mujeres se igualarán.

Otras corrientes atribuyen la baja cuota de criminalidad femenina a un mayor control social hacia las mujeres y al rol que se les ha asignado en la sociedad mediante una educación desigual con respecto a los hombres.

El último bloque, teniendo cabida en las dos últimas décadas, se centra en el estudio de los factores riesgo y protección de ambos géneros. Por un lado, un primer enfoque defiende que los mismos factores asociados con la delincuencia masculina pueden predecir la delincuencia femenina. La diferencia en las cifras de delincuencia se debería a la mayor exposición de los hombres a estos factores de riesgo.

Por el lado contrario, otro enfoque sostiene que los factores de riesgo y de protección son distintos entre ambos géneros. Este enfoque atribuye los factores de riesgo principales en la delincuencia masculina a la dura disciplina recibida en el hogar, las tensiones familiares, el fracaso escolar o los amigos con una conducta desviada. En cambio, la sobreprotección, la falta de supervisión y el bajo apego hacia los progenitores se corresponderían con los factores de riesgo en la conducta delictiva femenina.

Conclusiones

Entre 2013 y 2018 los delitos más cometidos por las mujeres son los delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, lesiones, delitos contra la seguridad colectiva, contra la libertad y contra la Administración de Justicia.

En diciembre de 2019 la mayor parte de las mujeres en centros penitenciarios estaban penadas por delitos contra el patrimonio y el orden socioeconómico, contra la salud pública, homicidio y sus formas, lesiones y contra el orden público.

La población reclusa femenina se caracteriza por la pobreza y la exclusión social. Por otro lado, las mujeres delinquen en menor medida, de forma menos violenta y son menos reincidentes que los hombres.

Hoy por hoy, todavía ninguna teoría aborda de forma integral ni multidisciplinar la etiología delictiva femenina, las causas por las que las mujeres delinquen menos que los hombres ni el incremento de la delincuencia femenina de los últimos años.

Por tanto, este fenómeno sigue siendo un campo todavía por descubrir y explorar y requiere de un esfuerzo por parte de los profesionales en Criminología para dar luz y visibilidad a esta problemática.

REFERENCIAS

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Almeda, E. (2017). Criminologías feministas, investigación y cárceles de mujeres en España. Papers: revista de sociología, 102(2), 151-181. doi: 10.5565/rev/papers.2334

De Miguel Calvo, E. (2016). Mujeres, consumo de drogas y encarcelamiento. Una aproximación interseccional. Política y Sociedad, 53(2), 529-549. doi: 10.5209/rev_POSO.2016.v53.n2.47421

Instituto Nacional de Estadística:

– (Varios años). Condenados según sexo, nacionalidad y número de delitos [Fichero de datos]. Recuperado de https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=25698#!tabs-tabla

– (Varios años). Delitos según sexo [Fichero de datos]. Recuperado de https://www.ine.es/jaxiT3/Datos.htm?t=25998#!tabs-tabla

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López, A. (2013). Las mujeres también matamos. Revista Derecho y Cambio Social, (3), 1-7. Recuperado de https://dialnet.unirioja.es/servlet/articulo?codigo=5476722

Rodríguez, J. A. (2009). Criminología y Género: comentarios a partir del gender gap. Capítulo Criminológico, 37(4), 161-182. Recuperado de https://www.researchgate.net/profile/Juan_Rodriguez48/publication/228391389_Criminologia_y_genero_comentarios_a_partir_del_Gender_Gap/links/53ecf0c80cf26b9b7dc0014a/Crimin ologia-y-genero-comentarios-a-partir-del-Gender-Gap.pdf

Secretaría General de Instituciones Penitenciarias:

– (diciembre de 2019). Distribución de la población reclusa por sexo [Fichero de datos]. Recuperado de https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo- documental/estadistica- penitenciaria?p_p_id=statistics_INSTANCE_AXIEs6uouEHr&p_p_state=normal&p_p_m ode=view&_statistics_INSTANCE_AXIEs6uouEHr_javax.portlet.action=searchActionMo nthly&p_auth=y5T7PErL&p_p_lifecycle=0

– (diciembre de 2019). Tipología delictiva de la población reclusa penada Ley Orgánica 10/1995, de 23 de Noviembre, del Código Penal [Fichero de datos]. Recuperado de https://www.institucionpenitenciaria.es/es/web/home/fondo- documental/estadistica- penitenciaria?p_p_id=statistics_INSTANCE_AXIEs6uouEHr&p_p_state=normal&p_p_m ode=view&_statistics_INSTANCE_AXIEs6uouEHr_javax.portlet.action=searchActionMo nthly&p_auth=y5T7PErL&p_p_lifecycle=0

Stenglein, G. (2012). Condición femenina y delincuencia. Estudio comparado hispano-alemán y una propuesta sistémica europea (Tesis doctoral). Recuperado de https://dialnet.unirioja.es/servlet/tesis?codigo=25702

Velasco, P. (2018). Criminal-mente: La criminología como ciencia. Ariel.

Yugueros García, A. J. (2013). La delincuencia femenina. Una revisión teórica. FORO. Revista de Ciencias Jurídicas y Sociales, Nueva Época, 16(2), 311-316. doi: 10.5209/rev_FORO.2013.v16.n2.43943

 

Artículo escrito para el blog del CPCM por la colegiada Alba Díaz Ortega (@adiazor_)

PROTECCIÓN DE DATOS DE CARÁCTER PERSONAL EN EL ÁMBITO POLICIAL

¿Qué son datos carácter personal?

Tal y como consta en el Preámbulo de la Ley orgánica que los regula, los datos de carácter personal se configuran como un derecho de las personas, en relación a los derechos fundamentales a la intimidad y el honor recogidos en el artículo 18.4 de la Constitución Española (CE), si bien, la protección de los datos de carácter personal se debe entender como un derecho autónomo de cualquier otro de los recogidos en el artículo 18 de la Carta Magna (1).

Por todo ello, los datos de carácter personal cuentan con una especial protección jurídica a través de las diferentes normas que regulan y limitan su acceso, cesión y posterior tratamiento, tanto por entidades de carácter público como de carácter privado, en un contexto de una sociedad cada día más globalizada, y con la finalidad última de evitar toda injerencia o lesión de los derechos de las personas físicas a la protección de sus datos.

Y es por ello también, sin perjuicio de las excepciones legalmente previstas, que la cesión y tratamiento de datos de carácter personal requiera de un consentimiento expreso por parte del afectado, en forma de manifestación de voluntad libre, específica, informada e inequívoca, conforme a lo establecido en el artículo 6 de la Ley Orgánica 3/2018 (LOPD) y en el artículo 4.11 del Reglamento (UE) 2016/67.

Se pueden definir los datos de carácter personal como “…cualquier información concerniente a las personas físicas identificadas o identificables…”, tal y como constaba en el artículo 3.a de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre (2). En este caso se considera que este tipo de datos recogen información que pudieran identificar fácilmente a las personas físicas, a través de información relativa a su aspecto físico, psíquico, económico, cultural o social, estableciéndose importantes limitaciones en el uso de los datos personales por parte de terceros, ya sea en el ámbito público o privado.

 

Los datos carácter personal en la función policial

Al hablar del uso de los datos de carácter personal en el ámbito de las funciones de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad nos encontramos con dos aspectos principales que pueden presentar ciertas dudas o problemáticas:

Por un lado se puede decir que no se establece legislativamente la total inclusión o exclusión del uso y tratamiento de datos de carácter personal por parte de los miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, al no estar contemplados de manera expresa en la legislación los procedimientos y formas en los que este tipo de actuaciones se debe de producir.

Por otro lado, nos encontramos con que la actuación policial, así como la investigación y represión de determinados hechos delictivos, requiere sin duda alguna del conocimiento y tratamiento de datos de carácter personal para las funciones propias de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad, produciéndose una confrontación de intereses y de derechos de difícil equilibrio.

En un primer momento se podría pensar que la cesión de datos de carácter personal por parte de administraciones públicas o de entidades de carácter privado, a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, podría constituir una infracción a las normas de protección de datos, no siendo esto del todo cierto, ya que se debe de tratar como situaciones de carácter excepcional permitidas por la legislación.

Debemos recordar en este punto, que conforme a lo establecido en la disposición derogatoria única de la LOPD de 2018, siguen en vigor determinados preceptos de la LOPD de 1999, especialmente y en relación al asunto que nos ocupa, señalamos la actual vigencia del artículo 22 de la Ley Orgánica 15/1999, que establece “la recogida y tratamiento para fines policiales de datos de carácter personal por las Fuerzas de Seguridad, sin consentimiento de las personas afectadas, están limitados a aquellos supuestos y categorías de datos que resulten necesarios para la prevención de un peligro real para la seguridad pública o para la represión de infracciones penales….”.

También debemos reseñar, en este mismo sentido, la posibilidad de acceso a datos de carácter personal por parte de los cuerpos policiales para “…prevención, investigación, detección o enjuiciamiento de infracciones penales, o de ejecución de sanciones penales y la protección frente a amenazas a la seguridad pública y su prevención…”, tal y como consta en la Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016

En estos casos, los cuerpos policiales deberán acreditar la necesidad de la cesión de los datos de las personas sin su consentimiento, en razón de un peligro para la seguridad pública o en casos justificados en relación a investigaciones con consecuencias penales de importancia, siendo también importante señalar que estos datos de carácter personal solo deberán ser utilizados por los funcionarios policiales para las finalidades justificadas en la petición.

Por todo ello, las peticiones de datos personales por parte de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad deben observar una serie de requisitos fundamentales:

  • Deberán realizarse solicitudes individuales y específicas, con referencia exacta de los datos peticionados. No se permiten la cesión de datos masivos a las Fuerzas y uerpos de seguridad. En este caso, la LOPD del año 1999 señala que las peticiones se realizarán cuando “…sean absolutamente necesario para los fines de una investigación concreta…”(3)
  • Las solicitudes deben plantearse por escrito, con constancia de la fecha, hora, número de registro, agente solicitante, etc…
  • Las solicitudes deben estar correctamente fundamentadas y justificadas(4) en los casos de necesidad previstos legalmente, y amparadas en diligencias policiales o judiciales, o bajo el paraguas legal de una resolución administrativa expresa(5).
  • Que los datos solicitados sean necesarios para la investigación por existir un peligro real y grave para la seguridad pública, o por persecución de hechos delictivos(4)
  • Por supuesto deben evitarse las peticiones arbitrarias e indiscriminadas, o que entrañen aspectos exclusivos o discriminatorios(6)

Tras esta pequeña clasificación de requisitos, podemos decir también que los datos a los que tengan acceso los cuerpos policiales deben ser almacenados el tiempo estrictamente necesario para ejercer las funciones que motivaron su petición, debiendo diferenciarse aquellos datos que tengan fines administrativos, con aquellos datos que se recaben con fines policiales, penales o criminales(7). En todo caso, los datos recopilados deberán ser almacenados en ficheros específicos habilitados para ello y debidamente custodiados, conforme a lo establecido en el artículo 22 de la LOPD del año 1999.

Igualmente debemos destacar que esta facultad de las Fuerzas y Cuerpos de seguridad también tiene una serie de limitaciones, ya que existen determinados datos que por gozar de una especial protección jurídica, requieren también de un procedimiento especial para su cesión y tratamiento, para lo cual será preceptivo autorización de la autoridad judicial, entre los cuales podemos señalar datos referentes a comunicaciones electrónicas, telefónicas y postales, historiales clínicos/médicos, datos relativos a la seguridad social, datos fiscales, etc….

Por último vamos a hacer una breve referencia a los denominados datos masivos o datos a gran escala, concepto que no se encuentra jurídicamente definido, si bien según directrices del Grupo de Trabajo de Consejo de Europa GT29, hacen referencia a una gran cantidad de datos de carácter personal, debiendo este concepto reunir una serie de características como son un amplio ámbito geográfico, afectación de una gran cantidad de usuarios, uso de nuevas tecnologías, en el que se tratan datos sensibles y en los que se ven afectados derechos y libertades personales(8).

 

Conclusiones

En conclusión podemos decir que el acceso a datos de carácter personal por parte de las Fuerzas y Cuerpos de eguridad en el ejercicio de sus funciones de investigación quedan autorizadas, aun sin el consentimiento expreso de la persona o personas afectadas, siempre que este acceso quede debidamente acreditado y motivado, se ajuste a los procedimientos anteriormente reseñados y se utilicen con los fines únicos a los que se refiere la solicitud de datos.

Igualmente debemos destacar la responsabilidad del buen uso y custodia de los datos personales por parte de aquellos funcionarios solicitantes, así como de su posterior destrucción, una vez finalizadas las funciones objeto de la investigación.

Por últimos señalaremos que en este sentido seguimos muy expectantes de la reglamentación a la que hace referencia la Ley Orgánica 3/2018, en sus disposiciones transitoria 4ª y adicional 14ª, en lo referente a la transposición a nuestro ordenamiento jurídico de la Directiva 680/2016 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, la cual, sin duda alguna, arrojará luz sobre el uso de datos de carácter personal en el ámbito policial.

 

Artículo escrito por Rubén TERRÓN EXPÓSITO, colegiado número 40 del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid

 

(1) STC 292/2000, de fecha 4 de enero

(2) Ley Orgánica 15/1999, de 13 de abril, derogada por Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, con las excepciones señaladas en su Disposición derogatoria única

(3) Artículo 22.3 de la Ley Orgánica 15/1999, de 13 de abril (Artículo en vigor)

(4) Informes de la AEPD núm. 0213/2004, núm. 0297/2005 y núm. 0133/20180

(5) STS 14/2003, de fecha 30 de enero

(6) Informe de la AEPD núm. 0010/2014

(7) Recomendación 87 (15) del Consejo de Europa

(8) GT29, Grupo de trabajo para el artículo 29 del Consejo de Europa

 

Normativa consultada:

 

  • Directiva (UE) 2016/679 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016
  • Directiva (UE) 2016/680 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016
  • Directiva (UE) 2016/681 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 27 de abril de 2016, relativa a la utilización de datos del registro de nombres de los pasajeros (PNR) para la prevención, detección, investigación y enjuiciamiento de los delitos de terrorismo y de la delincuencia grave.
  • Constitución Española de 1978
  • Ley Orgánica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protección de datos de carácter personal
  • Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.
  • Recomendación 87 (15) del Consejo de Europa
  • Informe de la Agencia Española de Protección de Datos núm. 0213/2004
  • Informe de la Agencia Española de Protección de Datos núm. 0297/2005
  • Informe de la Agencia Española de Protección de Datos núm. 0133/2008
  • Informe de la Agencia Española de Protección de Datos núm. 0010/2014
  • Dictamen núm. D17-015 de la Agencia Vasca de Protección de datos

 

Webgrafía:

  • Consejo de la Unión Europea / Consejo de Europa (Protección de datos en el ámbito judicial y policial)

https://www.consilium.europa.eu/es/policies/data-protection-reform/data-protection-law-enforcement/#:~:text=La%20especificidad%20de%20las%20actividades,Estados%20miembros%20en%20estos%20%C3%A1mbitos.

  • Ministerio del Interior, Gobierno de España (Protección de datos)

http://www.interior.gob.es/web/servicios-al-ciudadano/participacion-ciudadana/proteccion-de-datos-de-caracter-personal

  • Sede Electrónica AEPD (Agencia Estatal de Protección de datos)

https://sedeagpd.gob.es/sede-electronica-web/

  • El acceso a los datos de carácter personal por la policía (01/08/2012, Emilio Frías Martínez)

http://noticias.juridicas.com/conocimiento/articulos-doctrinales/4785-el-acceso-a-los-datos-de-caracter-personal-por-la-policia-referencia-a-los-datos-de-la-seguridad-social/#:~:text=La%20protecci%C3%B3n%20de%20datos%2C%20como,CE%20seg%C3%BAn%20STC%20292%2F2000.&text=Sobre%20la%20posibilidad%20de%20cesi%C3%B3n,la%20cesi%C3%B3n%20de%20datos %20personales.

  • Cómo funciona la cesión de datos a la policía (26/04/2018, ClickDatos)

https://clickdatos.es/como-funciona-la-cesion-de-datos-a-la-policia/

  • Protección de datos en el ámbito policial (05/03/2020, Carlos Manuel Fernández González USPCEU)

https://blogs.uspceu.es/mundo-juridico/la-protecci%C3%B3n-de-datos-en-el-%C3%A1mbito-policial-fase-transitoria

  • Obligación de ceder datos a las Fuerzas y cuerpos de seguridad (04/04/2013, Karol Sedkowski)

https://blogs.uspceu.es/mundo-juridico/la-protecci%C3%B3n-de-datos-en-el-%C3%A1mbito-policial-fase-transitoria

  • Regulación de los ficheros policiales en España (Esperanza Zambrano Gómez)

https://www.ugr.es/~redce/REDCE7/articulos/08esperanzazambranogomez.htm

  • Big data, privacidad y protección de datos (Año 2015, Elena Gil)

https://www.ugr.es/~redce/REDCE7/articulos/08esperanzazambranogomez.htm

  • Grupo de trabajo GT29 (Consejo de Europa)

https://ec.europa.eu/newsroom/article29/news-overview.cfm

El Crimen durante el Estado de Alarma. España (Reseña)

Introducción

El 14 de marzo de 2020 se declaró en España el Estado de Alarma por Covid-19. Como consecuencia, se suceden numerosos cambios en la forma de vida de la población, destacando una reducción de la delincuencia. A pesar de ello, ciertas conductas delictivas prevalecerán o adaptarán su actividad.

A continuación, se presenta un artículo que resume la investigación llevada a cabo por ROSA BURGOS, T. (18/05/2020) donde se pretende esclarecer cuáles son esas conductas y ofrecer, desde una perspectiva criminológica, qué repercusiones penales tiene su comisión y qué actuaciones pueden llevarse a cabo para prevenirlas. Asimismo, ofrece un conjunto de servicios dispuestos por diversas organizaciones para auxiliar a cualquier persona que esté sufriendo a causa de esta crisis. Al final del presente puede observarse un enlace de acceso al estudio completo.

Pese a la falta de estadísticas oficiales, se ha conseguido rescatar, a través de fuentes policiales, medios de comunicación y algunas cifras provisionales de organismos estatales, la suficiente información como para examinar cuáles han sido las actividades delictivas de mayor renombre.

Atendiendo a todo esto, puede contemplarse un descenso de la delincuencia de hasta un 50% menos con respecto a los meses anteriores a la pandemia, siendo una diferencia mucho mayor si se compara con los mismos meses del año anterior.

Tomando las cifras de 2016 a 2018, los delitos más cometidos han sido contra el patrimonio, contra la seguridad colectiva y la seguridad vial, de lesiones, hurtos y robos1. Gracias a ello, se puede observar como todos han quedado reducidos notablemente por la situación actual.

Delitos que más han disminuido durante la crisis

Los robos, en cuanto a los realizados con violencia o intimidación, se han minimizado gracias a la escasez de gente en las calles, la vigilancia policial y la ocupación de las viviendas las 24 horas del día. No obstante, aumentan los producidos a través del engaño.

Los homicidios parecen inexistentes, aunque existen excepciones; por lo que será necesario esperar estadísticas concluyentes por si aparecieran nuevos hallazgos durante las fases venideras.

También se reduce el tráfico de drogas, a pesar de las diferentes tapaderas que algunos traficantes han buscado para continuar su trabajo. Por el contrario, las adicciones van en aumento debido a las causas derivadas del confinamiento, tratándose de un factor a controlar mientras se vuelve a la normalidad.

Las restricciones gubernamentales tienen consecuencias como la disminución de delitos de Seguridad Vial y Siniestralidad. Así, marzo y abril se han convertido en los meses con menor siniestralidad vial registrada en España hasta la fecha, siendo 53 los fallecidos en

accidentes mortales contabilizados a 24 horas en marzo y 30 en abril, superando al mes de enero de 2014, que hasta ahora patentaba el récord, con 61 fallecidos. Enero y febrero de 2020 recogen entre 73 y 74 accidentes mortales, con 82 y 83 fallecidos respectivamente. En el mes de marzo se produce un visible descenso hasta 47 accidentes que continúa descendiendo a 26 en abril y a 7 hasta el 13 de mayo2.

Sorprende, sin embargo, cómo se reducen en menor medida las cifras de vandalismo. Bajo la creencia de que la calle es suya por estar vacía, no sólo se saltan la cuarentena, sino que devastan el mobiliario urbano, quemando coches, contenedores, papeleras, rompiendo cristales o pintando las fachadas de los comercios.

Es importante fijar atención en colectivos de riesgo como la prostitución, los manteros o los ‘sin techo’, puesto que ellos no pueden beneficiarse de las ayudas estatales. En el primero de los casos, desaparece la prostitución callejera, sumiendo a sus víctimas en una lucha por la supervivencia y agravando la situación con su agresor en los casos de trata. El ‘top manta’ ha desaparecido al suprimirse las actividades de ocio, dejando a numerosas personas sin ingresos. En la misma situación se encuentran quienes viven en la calle. Actualmente, se les han habilitado ‘albergues’ provisionales, pero una vez esto acabe, se les “devolverá a los corrales”. Parece irónico dar cobijo para evitar el contagio de unos pocos y no buscar la forma de mantenerlo a largo plazo. Esta sociedad sigue mirando sólo por algunos, no por el bienestar general de toda la población.3

Conductas delictivas con alta probabilidad de comisión

Con la nueva forma de vida implantada desde marzo en la sociedad española se han redefinido todas sus relaciones sociales, creando una situación de especial vulnerabilidad donde numerosas conductas criminales tienen un elevado potencial para llevarse a cabo.

De entre los efectos de la pandemia encontramos el incremento del tráfico de Internet. Este estado es un campo muy jugoso para los ciberdelincuentes, cuyas organizaciones adaptan su forma de actuación o ‘modus operandi’, utilizando el Covid-19 como cebo.

De este modo, los robos tradicionales pasarán a convertirse en estafas o fraudes cometidos, en su mayoría, a través de la Red. Asimismo, el acoso y el bullying se trasladan al mundo digital, continuando sus prácticas como cyberbullying, ciberacoso o grooming.

Los grupos radicales y terroristas aprovecharán este incremento en la utilización de las TIC y las distracciones del Gobierno para reclutar nuevos seguidores y planear nuevos atentados.4

Podrán aparecer nuevas formas de violencia, ya sea doméstica, filio-parental, de género o feminicidios. Existen numerosos estudios estadísticos, como los publicados por el Ministerio de Sanidad o el Portal Estadístico de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, donde se muestra cómo en los periodos vacacionales, coincidentes con el segundo y tercer trimestre anual, aumentan las denuncias de este tipo de casos.

Entre los factores que pueden causar situaciones de riesgo encontramos el aislamiento y sus consecuencias psicológicas, las repercusiones económicas de la crisis sanitaria, el aumento del tiempo de convivencia que pasan las potenciales víctimas con sus potenciales agresores, generando roces internos derivados de la personalidad de cada miembro familiar, etc. Esta situación deriva en una convivencia controladora, por lo que es posible que en este periodo las denuncias disminuyan.

En el punto de mira se han de tener las agresiones y violaciones sexuales durante el confinamiento o en la fase de desescalada. Las calles vacías o la utilización de mascarillas que dificultan la identidad del agresor son un buen escenario para realizar este tipo de conductas.

Esta crisis sanitaria está derivando en una depresión económica a nivel mundial. La pobreza aumentará a pasos agigantados y, junto a otros factores como las emociones negativas, traerán índices de criminalidad más altos. ¿Por qué no se están elaborando planes de prevención para evitarlo o contenerlo? ¿Quién mejor que un especialista del crimen para lograrlo?

Conductas delictivas cometidas en la actualidad

Numerosos delitos que han aumentado o han prevalecido en los últimos meses ya ostentaban los primeros puestos antes del confinamiento; sin embargo, otros se han adaptado a las circunstancias. A continuación, se hará un breve repaso por las características y las consecuencias penales que poseen cada uno de ellos.

Crear y difundir bulos puede suponer la infracción de diferentes delitos y por ello, albergar penas constitutivas de cárcel. La Constitución Española defiende el derecho a la libertad de expresión siempre que prevalezca el derecho al honor. Así, pueden distinguirse hasta tres hechos delictivos asociados a las fake news: en primer lugar, los delitos contra el honor (arts. 205 a 216 del Código Penal, CP en adelante) desglosados en injurias y calumnias; en segundo, aquellos que atentan contra el origen racial, como los cometidos hacia la población asiática al comienzo de la pandemia, estos son los delitos de odio y discriminación (art. 510 CP); y, por último, los cometidos por desorden público (art 557 a 562 CP). Se recogen aquí esos mensajes con información falsa o embustera que tratan de provocar una rebelión o alterar la paz pública, como los que convocaban manifestaciones contra determinadas personas, autoridades o instituciones, la quema de contenedores, daños a las fachadas o saltarse el confinamiento.

En relación a ellos, se pueden hallar los delitos de falsas alertas de seguridad o de emergencias, como los numerosos audios y vídeos sensacionalistas que circulan por las redes alarmando sobre el grave peligro de este virus. Se recoge en el art. 561 del Código Penal y está castigado con pena de multa y hasta un año de prisión.

En lo referente a saltarse el confinamiento, la Ley de Seguridad Ciudadana, la de Salud Pública y el Sistema Nacional de Protección Civil recogen la desobediencia con un castigo de multa de 601€ en su forma simple, pudiendo aumentar hasta los 30.000€ en su grado máximo. Si, además, existiera resistencia u oposición a la autoridad, podrían enfrentarse a penas de prisión de tres a dieciocho meses.

Aunque los robos y fraudes se han reducido, no han llegado a desaparecer, si no que se han adaptado al cambio. Es conocido que en la localidad de Hong Kong un grupo de hombres con armas blancas asaltó a un repartidor para robar un cargamento de papel higiénico. Suceso que alarmó a la población que se disponía a comprar productos de primera necesidad convirtiendo al papel higiénico en un bien escaso a nivel mundial.5

España ha sufrido hechos semejantes, incrementándose los robos a cargamentos con material sanitario, como mascarillas y gel desinfectante, para ser ofertados en plataformas de venta ‘on line’ o en el mercado negro con precios desorbitados.6

Estas actuaciones están recogidas en el Título XIII. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico del Código Penal, siendo el hurto (arts. 234 a 236) y el robo (arts. 237 a 242) los delitos asociados a los hechos vividos en la actualidad. Se penalizan con prisión de hasta tres años en sus formas leves y hasta seis si concurren alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 235 del CP, como es el causar desabastecimiento de productos de primera necesidad.

Los ancianos se han convertido en víctimas potenciales de robos. Este tipo de delincuente trata de hacerse pasar por personal sanitario para hacer las pruebas del virus o por voluntarios distribuidores de alimentos, accediendo al interior de la vivienda del anciano y tomando los objetos de valor que les interesen.

A parte de cometer hurto o robo a las víctimas, estos hechos pueden castigarse en base a otros dos tipos de delitos, variando según los detalles de cada caso. Por un lado, se atiende a los delitos de suplantación de identidad al usurpar o ejercer actos pertenecientes a profesiones o autoridades para los que no se tiene cualificación. Se regulan en los arts. 401 a 403 del CP con prisión de hasta tres años y multas de hasta veinticuatro meses. Y, por otro, los delitos de falsedad documental si estos delincuentes muestran, ante los ancianos, un documento falso que trate de simular su autorización para realizar la prueba o la identificación como miembros de un servicio social o sanitario. Las penas para estos delitos se regulan en los arts. 392 y 397 del CP, suponiendo multa según la gravedad del asunto y prisión de seis meses a tres años.

Las estafas y los fraudes en la Red se disparan. Entre los ejemplos más comunes encontramos los pretextos para recaudar dinero y fabricar mascarillas y trajes protectores, falsas recomendaciones para comprar mascarillas ‘on line’, citaciones para realizar las pruebas de Covid-19 tratando de robar, estafar o agredir sexualmente en el encuentro; los diferentes tipos de phishing con enlaces a webs maliciosas, suplantando a instituciones públicas, como bancos o el Ministerio de Sanidad, o de organizaciones privadas promocionando o regalando supuestas cantidades de dinero o tiempo de suscripción a plataformas streaming, como Netflix, robando tanto datos personales como pequeñas cantidades monetarias.

Todos estos actos se tipifican en los artículos 248, 249 y 250 del Código Penal, dentro de los Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. En el estudio en que está basado este artículo, se explican y diferencian las distintas características de la estafa ordinaria, la informática o electrónica y el fraude informático. Pese a ello, a efectos legales tanto la estafa informática como los fraudes en la red son lo mismo. Se castigan bajo pena de prisión de seis meses a tres años, teniendo en cuenta el importe defraudado, el quebranto económico causado a la víctima, las relaciones entre víctima y estafador y los medios empleados por éste. Asimismo, si los hechos cumplieran alguno de los requisitos del artículo 250 del CP se castiga con prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses y; si se difundieren, revelaren o cedieren los datos robados a terceros, pena de prisión de dos a cinco años según el art. 197.3 del CP.

Situación especialmente complicada está siendo para las víctimas de violencia intrafamiliar. El control por parte del agresor les impide denunciar o buscar ayuda y los mecanismos de control social externos se han vuelto inexistentes, por lo que se dificulta aún más su detección.

Según los datos publicados por el Ministerio de Igualdad a 6 de abril de 2020, en lo que va de año son 18 las víctimas mortales por violencia de género, de las cuáles, 14 convivían con su agresor y tan sólo 2 de ellas habían denunciado7. Del mismo modo, con las cifras provisionales vigentes a 28 de abril, puede comprobarse que las llamadas al 016 durante los meses de febrero y marzo de 2020 han aumentado con respecto a 2019; destacando, en particular, el mes de marzo8.

En cuanto a los feminicidios, son 17 los casos cometidos entre los meses de marzo, abril y mayo, hasta el día 14, sobre un total de 38 en lo que va de año9.

Diversas normativas legales contemplan la violencia contra la mujer, así el Boletín Oficial del Estado recoge un Código de Violencia de Género y Doméstica donde consultar cada una de ellas. El Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal recogen las sanciones y las formas de tratamiento en juicio para dictar sentencia a quienes cometan tales actos violentos. Usualmente, los delitos relacionados con este tipo violencia son de lesiones (arts. 147 a 156 ter CP); de amenazas (arts. 169 a 171 CP); de coacciones (arts. 172 a 172 ter CP) y; contra la integridad moral o de tortura (art. 173.2 CP).

Aparecen nuevos delitos relativos a la explotación canina al concederse permiso para pasear a los perros. Así, se publicitaban alquileres o ventas de estas mascotas para poder eludir “legalmente” la cuarentena. Por el mismo motivo, muchas perreras se han vaciado.

La primera de las actuaciones, el alquiler de canes para paseos, puede estar considerado como maltrato animal, siendo un delito sancionado en el art. 337 del CP donde se comprenden las acciones u omisiones por las cuales se somete innecesariamente al animal a un dolor, sufrimiento o estrés. El infractor será sancionado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación de uno a tres años para la tenencia de animales y para quienes ejerzan su profesión con ellos.

El deseo de adoptar un perro para beneficiarse durante la pandemia puede haberse realizado sin meditación previa, por lo que puede incrementarse el número de abandonos tras ella. De este modo, se recuerda que, en base al art. 337 bis del CP, el abandono de cualquier animal se penaliza con multa de uno a seis meses, pudiendo imponerse “inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos”.

Prevención y ayuda

Tan importante es conocer qué está pasando como estar al tanto de las formas de prevenir y evitar estos ataques; por no hablar de qué se puede hacer cuando una de estas actuaciones ilícitas se ha llevado a cabo. De este modo, se presenta un breve resumen de las herramientas puestas a disposición de la población para cada actuación mencionada anteriormente, cuyas particularidades se encuentran desarrolladas en el estudio sobre el que versa esta reseña y que puede encontrarse al final de ella.

Además de los números de teléfonos de emergencias y las FCSE, el Ministerio de Interior tiene a disposición ciudadana la aplicación gratuita ATERTCOPS, diseñada para alertar de cualquier hecho delictivo, tanto si eres víctima como testigo del mismo. Todos los datos proporcionados se utilizan de forma segura, discreta y eficaz para avisar al 112, la Policía o Guardia Civil y dar respuesta inmediata a tu solicitud de ayuda. Además, ofrece la posibilidad de enviar fotos, vídeos e incluso la ubicación GPS en tiempo real; incluyendo un botón de emergencia para personas con deficiencia auditiva, fónica o con trastornos del espectro autista (TEA).

Para prevenir cualquier tipo de delito cibernético ha de contrastarse la información, verificando si la fuente es oficial o fiable, desconfiando de los mensajes reenviados o con peticiones de reenvío, no entregar datos personales a través de una web redirigida y no atender a correos cuyo remitente se desconoce o no se han solicitado. Si se descubre que el mensaje es malicioso debe denunciarse ante la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, en el Cuerpo Nacional de Policía, al Instituto Nacional de Ciberseguridad en el 017 o a través de los correos ciberestafas@guardiacivil.org e incidencias@incibe-cert.es.

El aumento del uso de Internet durante la crisis sanitaria puede favorecer situaciones como el cyberbullying, ciberacoso o grooming. Entre las recomendaciones para luchar contra ellos pueden destacarse: el control sobre los mensajes y publicaciones en las redes sociales, favorecer un buen ambiente comunicativo entre padres e hijos y fomentar la educación en el buen uso y manejo de las TICS. Junto al tratamiento del psicólogo, cabría destacar la actuación de un criminólogo, como especialista en conductas delictivas y antisociales, para conciliar y prevenir, en el futuro, otros hechos más graves por parte del agresor y/o la revictimización del menor. La app ALERTCOPS dispone de un botón de acceso directo para solicitar ayuda, también está disponible el número de teléfono 900 018 018, que no ha cesado su trabajo durante la cuarentena.

Este uso desmedido de la red también se torna vulnerable para los jóvenes y menores ante los grupos de radicalización violenta, que aprovechan las redes sociales o los videojuegos en línea para identificar y captar nuevos miembros. El Grupo de Trabajo Prevención de la Radicalización Violenta de este Colegio recomienda prestar atención a los menores controlando el tiempo de exposición a Internet, a las redes sociales, a los videojuegos ‘on line’, en especial si son de naturaleza bélica, y a la existencia o no de cambios en su conducta.

En caso de necesidad, puede auxiliarse o buscar información desde la web www.stop-radicalismos.es; enviando un email a stop-radicalismos@interior.es o al Grupo de Trabajo antes mencionado prevradicalizacion@cpcm.es; en los teléfonos gratuitos 900 822 066, 091 (Policía Nacional) o 062 (Guardia Civil) y; desde la app ALERTCOPS, en el acceso directo ‘STOP Radicalismos’.

Para aquellas víctimas de maltrato han continuado y continúan disponibles todos los canales de amparo, incluso habilitando algunos nuevos. Desde el Ministerio de Igualdad se aprobó el 17 de marzo de 2020 un Plan de contingencia contra la Violencia de Género ante la Crisis del COVID-19. En él se recogen las medidas comunes para todas las formas de violencia, declarando como servicios esenciales todas las casas de acogida para mujeres víctimas de la violencia machista.

El 016 está disponible a cualquier hora del día, junto a los teléfonos de emergencia 112, 091, 062, el email 016-online@mscbs.es y en el acceso rápido de ALERTCOPS. Se facilita asistencia psicológica por WhatsApp en el 682 916 136 y el 682 508 507. Además, para víctimas de trata, explotación sexual y prostitución siguen habilitados los correos electrónicos de las FCSE, trata@policia.es y trata@guardiacivil.es, y el teléfono 900 105 090. Otras asociaciones de protección como CIMTM o APRAMP habilitan sus números de teléfono para dar socorro o informar ya sea por WhatsApp o vía telefónica.

Los agresores de violencia de género emplean a menudo a las mascotas de sus víctimas como forma de agresión o chantajes. Para evitar que una víctima se sienta dependiente de su mascota al pedir auxilio, se ha elaborado un programa donde albergar espacios seguros para estos animales. Cualquier persona puede convertirse en casa de adopción del mismo modo en que cualquier víctima puede solicitar este servicio. Puede contactarse a través del correo info@viopet.org o en el 673 765 330.

En cuanto al vandalismo y al desorden público, una de las mejores herramientas para su prevención sería la aplicación de la Criminología Ambiental, ampliamente desarrollada en países como Australia o Canadá. A través del diseño ambiental y la prevención situacional del crimen podrían aplicarse mecanismos, como la teoría de las ventanas rotas o la ampliación de obstáculos para delinquir que redujesen notablemente la comisión de estos actos.

Como en España cuesta abrirse a nuevas estrategias, por ahora las mejores medidas de contención serían: denunciar cualquier acto vandálico que se encuentre, facilidad que pone ALERTCOPS al disponer de un pulsador de acceso rápido que permite denunciarlo al momento enviando imágenes, vídeos y la ubicación de los hechos; manteniendo limpias las zonas públicas y aumentando el alumbrado público con luz blanca, generando así, seguridad entre los transeúntes. Por otra parte, retirar cuanto antes cualquier indicio de criminalidad para evitar que se reproduzca; del mismo modo que deberían implementarse espacios donde poder albergar bajo las medidas adecuadas, actuaciones como el arte urbano o la destrucción del mobiliario, pues son comportamientos realizados por diversión, entretenimiento o por liberación de emociones negativas. Estas y otras medidas se expresan ampliamente en el trabajo ROSA BURGOS, T. (18/05/2020).

Una de las mejores formas de prevención es la concienciación social. Por ello, se deben desarrollar políticas gubernamentales que aporten conocimientos sobre las normas de circulación, los planes estratégicos de contención y el fomento de la responsabilidad con el entorno. Así, para los niños de 6 a 12 años, RACC ha diseñado un juego on line, ‘Mou-te-bé! Play&Lear’, cuya labor educativa se dirige a erguir un buen sentido de la responsabilidad, la convivencia y la importancia de la seguridad vial, propiciando comportamientos preventivos contra los accidentes de tráfico.

También en cuanto a seguridad vial, la Criminología atendería a grandes mecanismos de contención, aportando un enfoque multidisciplinar a las políticas de seguridad. Así lo aprueba el CEA en el manual Aspectos criminológicos en materia de Seguridad Vial10. Junto a ella, la Criminología Ambiental apostaría por la creación de diseños urbanísticos seguros para el establecimiento de áreas vulnerables como colegios o centros sociales para mayores.

La Unidad de Atención de Siniestros Viales (UAVIS) asesora y atiende de manera individualizada a víctimas directas e indirectas de un siniestro a través del correo uavis@observatoriocrimvial.com o en el teléfono 634 256 270.

El aislamiento es un caldero de crecimiento para dependencias físicas, psicológicas y emocionales que pueden desencadenar adicciones al consumo de sustancias ilegales. Por ello, se recomienda realizar actividades que le mantengan ocupado e informado, llevar una dieta sana, mantener diálogo social y solicitar terapia telefónica u ‘on line’.

Para cualquier padecimiento psicológico o emocional se han dispuesto diferentes servicios telefónicos que dan atención a cualquier persona que lo necesite. Algunas formas de contacto son: 900 107 917 para el Servicio Psicólogos Cruz Roja; por parte del Ministerio de Sanidad, el 91 700 79 89 para familiares de afectados o fallecidos; el 91 700 79 90 para profesionales sanitarios y FCSE; y el 91 700 79 88 para la población en general11. Adicionalmente, el equipo de Psicólogos de Psycast ha elaborado una guía psicológica para ayudar a gestionar las diferentes emociones derivadas del coronavirus y prestan asistencia, vía Skype o telefónica en info@psycast.es y cvpsico.online@gmail.com.

Universidades como la de Valladolid, la Autónoma de Madrid o la de Sevilla no se quedan atrás, ofreciendo tanto a sus alumnos y trabajadores como a cualquier persona necesitada, unidades de apoyo psicológico y emocional, compuestas por profesores voluntarios licenciados en Psicología de sus centros. Con la Universidad de Valladolid puede contactarse accediendo desde la web http://consultasmedicas.uva.es/; con el Área Psicológica del SACU y del SEPRUS de Sevilla por correo a sacupsico@us.es o a convivamus@us.es bajo el asunto ‘Atención Psicológica Covid-19’; y con el Centro de Psicología Aplicada de la Universidad Autónoma de Madrid en el teléfono gratuito 662 378 982.

Conclusiones

Desde el decreto de Estado de Alarma el pasado 14 de marzo, el país ha sufrido diversos cambios y adaptaciones sociales. Dentro de las consecuencias de esos cambios se encuentra la significativa disminución de la delincuencia.

Entre los delitos que más reducción puede apreciarse se hallan los robos callejeros con violencia o intimidación, los homicidios, el tráfico de drogas, la prostitución callejera, el ‘top manta’ y los delitos de Seguridad Vial y Siniestralidad.

Pese a ello, existen conductas delictivas que podrían salir beneficiadas de la situación, como la ciberdelincuencia, englobando las estafas y fraudes o el acoso en la red; los diferentes tipos de violencia doméstica o hacia la mujer; las agresiones sexuales, en especial, en la fase de desescalada; o la captación de jóvenes adeptos a los grupos de radicalización violenta.

Algunas de estas conductas ya se han manifestado, quedando la escasa delincuencia actual relegada a los delitos contra el honor (injurias y calumnias); a los de odio y discriminación; por desorden público; a robos y hurtos acompañados, en algunos casos, de suplantación de identidad o falsedad documental; a fraudes como phishing; violencia intrafamiliar y de género y; a los de explotación animal.

En cuanto a una breve clasificación victimológica, podemos citar como víctimas potenciales o vulnerables a los niños y jóvenes, las mujeres, discapacitados y los ancianos. Por esto, se han presentado diferentes herramientas de prevención y auxilio para cada actividad criminal; así como los medios para el apoyo psicológico y emocional a quienes, debido a la pandemia, lo necesiten.

En definitiva, la crisis sanitaria podrá aumentar los niveles de delincuencia tras la pandemia como ha sucedido en tiempos pasados, por lo que se necesitan nuevos y mejores planes de prevención para contenerla. De este modo, se hace necesario un cambio de paradigma, una necesidad de ver todo el ámbito delictivo desde un punto de vista multidisciplinar como es la criminología.

Esa figura profesional que ostenta formación para prevenir un delito, a un delincuente y a sus víctimas son los criminólogos. Sus facultades también pueden aplicarse tras la comisión de los hechos, como en la resocialización del delincuente para su reingreso en la sociedad, evitando su reincidencia; o para trabajar con la víctima reforzando todos aquellos factores que la convirtieron en una, ayudando así a eliminar el miedo a volver a ser dañada.

Quizá, el sistema no funcione como se espera porque no existen oportunidades reales para aplicar todas las actuaciones que un criminólogo podría desempeñar. Es un trabajo necesario y se necesita ya. En las áreas que se ha apostado por implementar esta figura en sus ámbitos laborales confirman que los medios empleados pasaban por alto cuestiones relevantes que hasta la llegada del criminólogo no se habían tenido en cuenta.

Por este motivo, se decidió elaborar un estudio12 que ofreciera a la población una perspectiva criminológica de la delincuencia en el estado de alarma, al cual puede accederse a través del siguiente enlace:

https://drive.google.com/file/d/1VEu6E- 6ZbofGcrZXkc7seKMZfhtdljxV/view?usp=sharing

En él, se invita a profundizar en todas las cuestiones tratadas a lo largo de este artículo, así como en los diversos campos y especialidades de la Criminología. Porque todos tenemos derecho a sentirnos seguros en las calles y no se están empleando todas las medidas que existen a nuestro alcance para lograrlo.

 

Notas y referencias

  1. MINISTERIO DEL INTERIOR. Portal estadístico. Recuperado el 28/04/2020 de https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/
  2. DGT. OBSERVATORIO NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL. (14/05/2020). Cuadro comparativo de accidentes mortales y fallecidos a 24 h en vías interurbanas desde el 1 de enero de 2019 hasta el 13 de mayo de 2020. Ministerio del Interior. Recuperado el 28/04/2020 de http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/estadisticas-e-indicadores/accidentes-24/
  3. Cada una de estas modalidades se desarrolla con más detalle en ROSA BURGOS, T. (18/05/2020). El Crimen durante el Estado de Alarma. España. Pp. 6 y 7.
  4. Así lo comentan ORTEGA, S. (01/05/2020) “El confinamiento por el coronavirus, un ‘caladero’ para el terrorismo yihadista”. Diario de Mallorca. Recuperado el 10 de mayo de 2020 de https://www.diariodemallorca.es/nacional/2020/05/01/confinamiento- coronavirus-caladero-terrorismo/1506332.html y los compañeros del GRUPO DE TRABAJO DE PREVENCIÓN DE LA RADICALIZACIÓN VIOLENTA. (15/05/2020). Terrorismo de etiología yihadista y Covid-19. Camino hacia la adaptación. Colegio Profesional de Criminología de la Comunidad de Madrid. Recuperado de https://colegiocriminologosmadrid.es/terrorismo- de-etiologia-yihadista-y-covid-19-camino-hacia-la-adaptacion/
  5. EL CONFIDENCIAL. (17/02/2020). “Robar papel higiénico y revender mascarillas: los delitos que acompañan al coronavirus”. El Confidencial. Recuperado el 30/03/2020 de https://www.elconfidencial.com/mundo/2020-02-17/papel-higienico-robo-mascarillas-reventa_2457695/
  1. FRANCISCO VARELA, A. (09/03/2020). “El pánico al coronavirus genera robos, falsificaciones y desabastecimiento de mascarillas y desinfectante en varios países de todo el mundo”. Business Insider. Recuperado el 10/04/2020 de https://www.businessinsider.es/panico-coronavirus-provoca-robos-estafas- desabastecimiento-596337
  2. DELEGACIÓN DEL GOBIERNO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO DE IGUALDAD. (06/04/2020). Portal estadístico. Recuperado el 12 de mayo de 2020 de http://estadisticasviolenciagenero.igualdad.mpr.gob.es/
  3. DELEGACIÓN DEL GOBIERNO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO DE IGUALDAD. (28/04/2020). Portal estadístico. Recuperado el 12 de mayo de 2020 de http://estadisticasviolenciagenero.igualdad.mpr.gob.es/
  4. FEMINICIDIO.NET (14/05/2020). Feminicidios y otros asesinatos de mujeres cometidos en 2020. Recuperado el 18/05/2020 de https://feminicidio.net/articulo/feminicidios-y- otros-asesinatos-mujeres-cometidos-2020
  5. CARRERAS ESPALLARDO, J. A. y otros. (2014). Aspectos criminológicos en materia de Seguridad Vial. Ed. Criminología y Justicia. España.
  6. LA VANGUARDIA (31/03/2020). “Activan un teléfono de apoyo psicológico a los afectados por la COVID-19”. La Vanguardia. Recuperado el 14 de mayo de 2020 de https://www.lavanguardia.com/vida/20200331/48211560841/telefono-atencion-psicologica-coronavirus.html
  7. ROSA BURGOS. T. (18/05/2020). El Crimen durante el Estado de Alarma. España.

 

 

Reseña escrita por la colegiada del CPCM Tatiana Rosa Burgos

 

Soledad no deseada en tiempos de Covid

El muerto padecía el síndrome de Diógenes. Vivía solo y no tenía apenas familiares. Los vecinos llevaban más de un año sin verla pero pensaron que estaría viviendo en la Sierra. Semanas atrás la Policía halló otro cadáver momificado en parecidas circunstancias en el madrileño barrio de Salamanca. Se trataba de una mujer de 83 años, Amanda J., que al parecer murió en 2014. El ambiente seco, los accesos cerrados y su delgadez propiciaron proceso de momificación. La mujer vivía sola y una sobrina que tenía en Israel fue quien dio el aviso.

Esto describíamos en los medios hace un año varios casos de ancianos fallecidos en sus domicilios que mucho después de su muerte han sido encontrados por la Policía y Bomberos. Mayores solos, sin apenas familia o con parientes de esos que solo les llaman una vez al año para confirmar que los detalles de la herencia siguen en vigor. Aunque la crisis coronavírica nos ha hecho pensar mucho más en nuestros mayores, los más afectados por la pandemia, muchos habrán perecido en sus viviendas sin que nos hayamos dado cuenta. Y dentro de unas semanas, meses, cuando el confinamiento acabe o cuando el olor o una avería denote una terrible ausencia, volveremos a hablar y escribir de esta cruda realidad, la muerte en soledad.

El año pasado los servicios del Samur-Protección Civil contabilizaron 17 personas de 65 años muertas solas en la capital. Este año no quiero ni saber la estadística en toda España. Las intervenciones de apertura de puertas de Bomberos del Ayuntamiento de Madrid aumentaron solo en marzo el 57 por ciento. Las actuaciones por el mismo motivo de la Policía Nacional y Municipal han crecido exponencialmente. Se encuentran a ancianos en sus camas muertos desde hace varios días. Incluso a parejas cogidas de la mano, me comentaba un agente destinado en un populoso distrito de la capital, que ha vivido estas semanas los peores momentos de sus más de 20 años en el Cuerpo. “Se te cae el alma a los pies. Esto es una tragedia diaria”, comentaba.

Este tipo de fallecimientos son el detonante más trágico de un problema social mayor y anterior al Covid: el porcentaje cada vez más alto de ancianos que viven sin compañía o con sus mascotas. Este problema afecta a la calidad de vida mental y también física de las personas. El ser humano es social y por eso necesita comunicarse y vincularse afectivamente. Además, la soledad suele dar lugar a sentimientos de hostilidad, resentimiento y tristeza, lo que daña la cognición y la salud de los afectados, aumentando su posibilidades de dependencia y mortandad.

Esta problemática tiene una solución compleja. Normalmente, los ancianos están estigmatizados en una sociedad cada vez más individualista, productivista y competitiva. Los ancianos son apartados de la vida pública y los familiares, liados con su propia vida, cada vez se preocupen menos de sus progenitores. Un cóctel perfecto para que muchos mayores, impedidos física o psicológicamente, se recluyan en su piso con su tele sin ganas de más.

Con la crisis del coronavirus no solo son las víctimas más vulnerables de la pandemia, sino de una estructura social que en las últimas décadas les ha apartado de los centros del poder (los políticos solo se preocupan de ellos cuando hay elecciones), de los medios de comunicación y de la opinión pública (infarrepresentados y muchas veces ridiculizados) y de la sociedad en general. Y eso que fueron la generación que más se sacrificó por conseguir la democracia y el progreso económico y social de España. Paradójicamente, son cada vez más o cada vez menos escuchados.

Ahora, la presidenta de la Comisión Europea, Ursula von der Leyen, confiesa que la Unión Europea está planteándose aconsejar a los países miembros de la misma que las personas mayores (no ha determinado desde qué edad) permanezcan confinadas hasta enero de 2021 para evitar que les afecten posibles rebrotes del Covid-19. “Sin una vacuna, tenemos que limitar el contacto con los ancianos, especialmente con los que viven en residencias. Probablemente, toque aprender a convivir con el coronavirus hasta el próximo año”.

Son razones de salud pública, alega. Pero, ¿alguien les ha preguntado?. Porque algunas asociaciones que representan a ese sector mal llamado de la Tercera Edad ya han lanzado en grito en el cielo: no quieren ser tratados como menores de edad. Son conscientes del peligro y menor que nadie quieren proteger sus vidas, las más afectadas, y las de sus seres queridos. Han sabido cuidar a sus hijos y nietos durante muchos años y no les van a poner en peligro ahora. Han pasado por más enfermedades y penurias que nosotros y por algún otro periodo de confinamiento. Este lo están pasando, según muchas encuestas, mucho mejor que el resto de edades. Es lo que tiene la experiencia. Quizá les tengamos que escuchar y no ningunearles, como estamos haciendo.

 

LA IMPORTANCIA DE LA RED VECINAL

Pero no todo ha sido negativo en esta crisis. El confinamiento ha favorecido el acercamiento vecinal, la solidaridad con los que viven esta circunstancia histórica pared con pared. Así se han creado redes comunitarias en las que los jóvenes están preocupándose por sus vecinos mayores, haciéndoles la compra o preocupándose por su día a día. Ahora es el momento de que las administraciones se implique en esta realidad de la soledad no deseada, que se da sobre todo entres las personas mayores de las grandes ciudades, ya que en las pequeñas o en los pueblos la red vecinal y familiar es mucho más intensa. En Reino Unido ya hablaban antes del Covid de epidemia social y han creado una Secretaría de Estado específicamente para combatirla.

Las instituciones han de poner en marcha programas de acompañamiento, ocio y socialización, aprovechando la teleasistencia y las nuevas tecnologías. También la ciudadanía debe reaccionar y volver a actuar como radares para descubrir casos de ancianos en situación vulnerable más allá de esta crisis. La relación intergeneracional tiene que ser un ‘gana-gana’ en el que los mayores pueden intercambiar su experiencia vital y los jóvenes las novedades de la vida moderna.

También es necesario un cambio de concepto de residencias o geriátricos, una tema que necesita un artículo propio, sobre todo después de que la pandemia haya desvelado la lamentable situación de muchos de ellos. En muchos casos se han convertido en un mero ‘aparcaancianos’ en el que dejamos a nuestros seres queridos encerrados y sin motivaciones vitales, pasando el tiempo aburridos esperando la hora de comida o sueño para matar la monotonía. Las actividades y su apertura a la sociedad es fundamental para retrasar su deterioro físico, cognitivo y afectivo.

Además, existen otros modelos alternativos al residencial, que ya se están probando en otros países europeos, para personas con bajo nivel de dependencia, que valoran la independencia de un piso pero con servicios sanitarios y de ocio compartidos entre personas en la misma situación. Llegó el momento de los mayores. No hacen falta elecciones.

 

Artículo escrito por Julio de la Fuente Blanco, periodista, criminólogo y responsable de Prensa del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

Criminología y Estado de Alarma

Artículo publicado en el periódico ‘La Nueva España’ de Oviedo el 23 de marzo por Emilio Marqués Suárez, profesor-tutor de Criminología del Centro asociado de la UNED en Asturias y miembro del CPCM.

 

En numerosas ocasiones se utiliza el término «alarma social» para referirnos a la gravedad de un hecho delictivo y la respuesta judicial que este tiene. Hemos de señalar al respecto que la alusión al término «alarma social» ha desaparecido de los artículos 503 y 504 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) tras la modificación efectuada por la Ley Orgánica 13/2003, ya que anteriormente y por resumir, se podía decretar prisión provisional basada en la genérica»alarma social» ocasionada por el delito cometido y el Tribunal Constitucional en Sentencia del año 2000 (STC. 47/2000) ya había considerado que no era constitucionalmente válida esta fórmula por quebrar los principios y garantías jurídicas fundamentales al presuponer un juicio previo de culpabilidad, quedando vigentes el riesgo de fuga y de obstrucción al proceso.

Sin embargo, este estado de Alarma que vivimos hoy en nuestra sociedad obedece a otra situación, es un estado decretado por el Ejecutivo, al igual que el de Excepción o de Sitio. La diferencia es que; Alarma lo declara el Gobierno mediante decreto acordado por el Consejo de Ministros por un máximo de 15 días dando cuenta al Congreso; Sitio lo determina el Congreso por mayoría absoluta y Excepción lo acuerda el Consejo de Ministros previa autorización del Congreso de los Diputados. Todos estos «estados» están previstos en el art. 116 de la Constitución y se desarrollan en la Ley 4/1981 de 1 de junio.

Hoy la alarma tiene varias acepciones, entre ellas y la más destacable es la «intervención del orden social» por el Gobierno para movilizar recursos públicos y privados, sanitarios,económicos, civiles y militares, en aras de proteger a los ciudadanos de esa emergencia social a la que se enfrentan. Traduciéndose esto en la posibilidad de intervenir industrias farmacéuticas, hospitales privados y otros servicios de necesidad.

La mayor emergencia o la que más preocupa actualmente y así lo resaltan los medios de comunicación es la sanitaria, la salud de las personas, la pandemia, la atención hospitalaria y evitar el contagio del ciudadano para que el COVID-19 no se propague, sorteando así una alta tasa de mortalidad entre la población más vulnerable.

A nivel individual, el texto del BOE 14 de marzo de 2020 explica qué pueden hacer los ciudadanos y qué cosas no, durante la duración de este periodo de Alarma.

El comportamiento irresponsable de aquellos que incumplen las instrucciones dadas por las autoridades, de quedarse en sus casas durante el tiempo que dure esta situación, 14 días ahora prorrogados, no es el único comportamiento constitutivo de peligro social. Y el mero hecho de quedarse en casa tampoco garantiza la paz absoluta.

Las pandemias suelen traer consigo actuaciones incívicas de sujetos que causan atmósferas de conflicto y tensión, ciudadanos a los que el miedo les hace incurrir en conductas temerarias. Las agresiones por conseguir productos en supermercados y tiendas, los hostigamientos o provocar accidentes debido a determinadas imprudencias cuya raíz está en el pánico colectivo, son algunos de los peligros que atraen estos escenarios sociales.El miedo entendido como aquella percepción subjetiva de inseguridad que tienen las personas en un contexto concreto es un factor determinante en la calidad de vida.

En el momento en que las personas perciben peligro, su calidad de vida se ve amenazada,aparecen los cambios de hábitos, la ansiedad y con ello las temeridades o la truhanería que muchos sujetos agudizan, sacando lo peor del ser humano con el único fin de lucrarse con el mal ajeno. Descendiendo en igual medida que la moral de algunos, la «calidad de vida urbana».

Desde el sentido común podríamos pensar que cuando en un estado de Alarma las personas permanecen en sus casas, la tasa de delincuencia se reducirá a cero y habrá más sensación de seguridad en las calles, cometiéndose menor número de delitos. Nada más lejos. No solamente las urbes desiertas son un buen escenario para la «ocasión» que podrían aprovechar muchos delincuentes para hacer de estos lugares sus territorios de caza, sino que provocan una sensación de desamparo.

Existen además de los delitos expresamente recogidos en los artículos 550 a 556 del Código Penal y la Ley de Seguridad Ciudadana, otra tipología de estos que por su necesario modus operandi son más frecuentes cuando se dan condiciones como las que actualmente estamos viviendo. Nos referimos a delitos en las redes sociales, en el seno familiar o en determinados lugares en que confluyen intereses sociales contrapuestos.

La conducta del maltrato dentro de la familia conlleva la existencia de una serie de psicopatologías; carácter agresivo, falta de control de la ira, consumo de sustancias y estupefacientes o alcohol, un producto este último sobre el que hemos visto a numerosas personas proveerse de ingentes cantidades en tiendas y supermercados, aunque también el síndrome de abstinencia puede ser un factor concurrente en la comisión de determinados comportamientos delictivos. Asimismo, se investigan alteraciones de la personalidad en los problemas de violencia de género que puedan explicar tales reacciones.

Las teorías criminológicas basadas en la violencia dentro del núcleo familiar asumen que esta es el resultado de problemas derivados de una interacción inadecuada en la familia y de los patrones desadaptativos de resolución de conflictos de pareja o familiares. En situaciones de permanencia obligada y prolongada en el domicilio, estas patologías pueden aflorar con más virulencia.

La respuesta social es uno de los elementos fundamentales en la lucha orientada a erradicar el problema anteriormente expuesto. No se trata de pedir a los ciudadanos,como único medio de control informal, que estén alerta si saben que una familia está siendo maltratada o una mujer está siendo víctima de violencia de género, la Ley Integral de V.G. fue sin duda una herramienta necesaria para abordar este tema, pero no suficiente.

En estados excepcionales como el que estamos viviendo, se ha de movilizar a los Servicios Sociales al igual que se moviliza a los Servicios Sanitarios. La intervención Estatal ha de extenderse hacia la protección y bienestar de las familias o grupos con mayores necesidades, lo registros de maltrato familiar o VIOGEN han de cobrar especial importancia. Se ha de movilizar a los Trabajadores Sociales, Educadores Sociales,Psicólogos y Criminólogos para combatir determinados tipos de violencia de los que no se pueden encargar las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad por estar inmersos en otro tipo de labores preventivas o combativas de delitos. No podemos depender únicamente del voluntariado espontáneo.

El control del problema que planteamos ha de estar en manos de profesionales no se ha de ver como un asunto de menor importancia olvidándonos de él, se han de realizar visitas domiciliarias, vigilancia y atención especializada, para dar cobertura a estas dificultades que atraviesa la población al igual que se hace con la atención psicológica ofrecida a las víctimas en casos de catástrofes o terrorismo.

Las conductas desviadas en la red son otra gran preocupación cuando aumenta el número de personas que permanecen conectadas a las redes sociales de forma masiva desde sus domicilios. Los delitos en este campo se pueden incrementar de manera exponencial ante una situación de Alarma en la que crece el número de usuarios que intercambia distintas opiniones, muchas veces controvertidas y con trasfondos político-sociales o raciales. Es un factor a tener en cuenta por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, pero también por esos medios de control informal a los que hacíamos alusión. Los padres o tutores son el primer filtro que deben tener los jóvenes en este momento, cuando la permanencia domiciliaria propicia el consumo de su tiempo frente al ordenador.

No podemos obviar que los depredadores de la red verán en este momento un territorio de caza propicio para sus fines.

Los medios de comunicación no deben instar al ocio en la red, hemos de entender que es un canal de información que no se puede colapsar, es necesario dejarlo libre para los profesionales, lo estamos saturando innecesariamente con memes y videos que ocupan demasiado espacio, dando lugar en muchos casos a la divulgación de noticias falsas. Paradójicamente se ha de volver a la difusión de información por los métodos tradicionales, televisión o radio y al consumo de publicaciones escritas.

En términos generales Asturias juega con cierta ventaja en lo que a la comisión de delitos se refiere y aunque los datos oficiales ofrecieron un incremento de la delincuencia producido en 2018, actualmente somos la comunidad con índices delictivos más bajos de España según fuentes del Ministerio del Interior publicadas por EpData en 2019.

En momentos así se echa de menos, no sólo la voluntad de enfrentarse con profesionalidad a circunstancias excepcionales, o la falta de previsión que evidencia la carencia de programas concretos para afrontar situaciones como las detalladas, sino la ausencia de un mensaje claro sobre la necesidad de solidaridad humana y sobre todo de empatía social, desde las instituciones hacia los ciudadanos. Informar y llegar a los jóvenes a través de sus redes de comunicación es tan fácil como beneficioso, sólo falta voluntad Institucional. Porque tenemos los medios y tenemos los profesionales que pueden hacerlo.

La criminología obliga a observar la empatía como uno de los argumentos más eficaces para combatir la violencia que pueda aparecer en determinados escenarios. Es un arma sobradamente conocida por aquellos profesionales que se enfrentan a la resolución de conflictos mediante la negociación. Nuestra especie es quizá la más violenta del planeta,porque somos capaces de asesinar en serie, de cometer genocidios y otras atrocidades en masa similares. Pero, por otro lado, los seres humanos somos también la especie más empática. Capaces de ponernos en el lugar de otros y actuar de manera altruista con personas que no pertenecen a nuestro entorno o familia. Si potenciamos la empatía entre las personas, para estas será mucho más difícil y complicado comportarse de modo violento. La educación dirigida a la empatía podría representar un camino efectivo para reducir los conflictos y actos agresivos.

Una vez más la educación se muestra como el método de combate más efectivo para afrontar situaciones difíciles.

Muchos de los técnicos que hemos señalado, pertenecen a una nueva era social, algunas son carreras universitarias de última generación y son tan necesarios en estos momentos como los profesionales sanitarios encargados de velar por la salud física de los hospitalizados. Muchos de ellos podrían estar en esa reserva activa necesaria para la ayuda domiciliaria de una población envejecida, afectada por el maltrato, con antecedentes de violencia de género u otras patologías personales o sociales que se deben auxiliar.

Un estado de Alarma no conlleva solamente la intervención de empresas, la militarización de la seguridad u ordenar el encierro domiciliario olvidándonos que tras él continúa habiendo personas con insuficiencias sociales.

Para lograr este objetivo hace falta que se eduque en la empatía, sí, pero también que se mapeen los problemas, se creen departamentos multidisciplinares, bases de datos y/o se realicen estudios criminológicos. Equipos de expertos dirigidos a la preparación de profesionales que llegado el momento puedan hacer frente a tan arduas situaciones. Porque nuestra sociedad es muy distinta a otras repartidas por la geografía europea mundial y sus necesidades también, por ello es preciso especificación.

El COVID-19 ha de servir para emprender un camino diferente. Ha de despertar en las personas e Instituciones esa solidaridad y empatía perdida, redundando todo ello en nuestra propia seguridad.

 

Suicidio, el riesgo latente del confinamiento

Emily Owen, una británica de 19 años, ha muerto hace unos días en el hospital después de un intento de suicidio en su casa. La chica había advertido a su familia que era incapaz de gestionar el hecho de estar encerrada en casa y no poder salir a la calle durante la emergencia sanitaria por el coronavirus. Emily, quien vivía en el norte de Londres, era autista y había manifestado su preocupación por los impactos en la salud mental que le podría causar el confinamiento, según The Sun. «Emily estaba muy preocupada. El virus y el aislamiento le provocaban mucho miedo e incertidumbre», aseguró Annabel, hermana de la víctima, en un post de Facebook que ya ha borrado.

En España, la Federación Andaluza de Salud Mental ha alertado de que en salud mental un confinamiento prolongado podría pasar mayor factura que el coronavirus, ya que puede originar nuevos trastornos por el aislamiento, mayor número de suicidios y un aumento de casos de violencia en el hogar. Así, avisan que las descompensaciones de las personas con problemas de salud mental conllevan un tiempo amplio de recuperación que suele venir acompañado por la aparición de otros problemas de salud. Por eso, han pedido al Gobierno que estos enfermos puedan acudir a centros sociales en pequeños grupos respetando todas las garantías “porque no se saben las consecuencias de un confinamiento prolongado».

De momento, el Gobierno no ha dado soluciones a este problemática. Generalmente, todos pensamos que el suicido es ajeno a nuestro entorno, que en nuestra familia no va a tocar, que podremos darnos cuenta de algún caso cercano a tiempo y ayudarle. Eso pensamos hasta que te toca o hasta que situaciones como la actual destapan casos latentes. Es difícil darse cuenta. Casi nadie va a comentarte sus intenciones autolíticas ni una profunda depresión. Y es que sigue siendo un tabú en la sociedad, aunque cada vez seamos más conscientes del problema. El suicidio es la primera causa de muerte no natural en España, con más de 3.500 fallecidos el año, con mayor incidencia en los hombres entre 30 y 54 años y cada vez más en adolescentes, según datos del INE.

Como apuntaba, es un asunto del que no nos gusta hablar y del que los medios ignoran para no generar efecto imitación, como descubrió Emile Durkheim, uno de los pioneros estudiosos de la materia. Además, los suicidas tienen a ser estigmatizados como enfermos mentales y simplificadas sus causas, cuando son múltiples y en muchos casos complejas. Normalmente hay un desencadenante, la gota que colma el vaso, de un proceso generalmente largo y angustioso. Las cuestiones económicos y sociales son fundamentales. Está demostrado que en periodos de crisis hay más personas que se quitan la vida y en sociedades o núcleos con más individualismo y espíritu competitivo, también, como en Japón. Esos son los llamados factores precipitantes. Habrá que estudiar las estadísticas cuando acabe esta crisis del Covid-10.

Pero los factores determinantes siguen siendo los personales, sentimentales, psicológicos y ambientales que predisponen a alguien a plantearse morir o no pasarle esa idea nunca por la cabeza, por muy mal que lo esté pasando económica o físicamente. Porque efectivamente también hay un porcentaje de suicidios cuya intención es precisamente acabar con el dolor físico que provoca una larga, incurable o degenerativa enfermedad. Pero son los menos. Los más proclives a su autodestrucción son las personas con depresión, los drogadictos de exceso, los separados y viudos, los ‘sin techo’, las víctimas de violencia de género o acoso laboral o sexual, los presos y aislados de la sociedad, las pacientes de estrés postraumático y los enfermos psiquiátricos.

Conocer los motivos de un suicida para neutralizarlos y poner obstaculizar los medios para lograrlo son los esfuerzos que la Psiquiatría y la Criminología tiene que poner en marcha para prevenir estos fallecimientos. Los criminólogos hemos de conocer, a través de entrevistas estructuradas y no estructuradas con familiares, vecinos, amigos y compañeros de trabajo del suicida, los detalles más relevantes y las circunstancias que le llevaron a alguien a intentar matarse o a llevarlo a efecto.

La Administración también debe poner de su parte a través de la Escuela, que ha de dotar a los alumnos de una actitud comprensiva hacia el suicidio y los trastornos mentales con el fin de erradicar el tabú y el estigma que rodea estas cuestiones; de la Sanidad, para facilitar tratamientos médicos o psicoterapéuticos precisos y no solo pastillas a los enfermos depresivos; y de Políticas Laborales y de Protección Social encaminadas a ayudar a personas en riesgo.

Por Julio de la Fuente Blanco, periodista, criminólogo y responsables de Comunicación del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

Los crímenes de 2019 en Madrid

 

 

España es uno de los países de Europa y del mundo con menor tasa de delincuencia y criminalidad, según diferentes estadísticas internacionales. Sólo Irlanda, Holanda, Austria, Singapur y Liechtenstein tienen una tasa menor de crímenes. Dentro de España, Madrid es, per capita, una de las ciudades con más delincuencia pero por debajo de otras como Barcelona o Marbella. En 2019 se contabilizaron un total de 33 asesinatos en la región madrileña y 19 en la capital; una de las cifras más bajas de la historia.

Por ello, y pese a lo que pueda parecer en los medios, los españoles somos cada vez menos violentos. Los asesinatos, el actos terroristas o las violaciones son graves  y por eso llaman mucho la atención y los recordamos mucho más que cualquier otro suceso. Generan mucha audiencia en televisión y muchos clicks en los periódicos digitales.

Por eso, no es de extrañar la cantidad de programas o espacios de Sucesos que abundan actualmente en los medios de comunicación,así como la cantidad de periodistas y expertos en la materia, aunque todavía faltan por incorporarse en ellos criminólogos que destierren desde la ciencia tópicos y falsas informaciones que muchas veces se ciernes sobre este tipo de hechos.

Con la proliferación de sucesos en los medios, que en la mayoría de los casos son los mismos repetidos hasta la saciedad por diversos programas y canales de televisión, configuramos una sensación de seguridad subjetiva a veces muy distinta a la objetiva. Porque como si de un mercado se tratara, cuantos menos crímenes hay, más valor tienen los que existen.

En Madrid, en la década de los 90 y principios de este siglo llegaron a contabilizarse un centenar de homicidios, mientras que en la primera década de la nueva centuria se mantienen en la treintena. La Policía explica que se debe a la disminución de los ajustes de cuentas relacionados con las drogas dentro de la tendencia de descenso global de la violencia más grave en las sociedades más avanzadas y del aumento de otro tipo de delitos, como los económicos.

Siguiendo con la estadística, la tercera parte de los fallecidos en la región madrileña el año pasado son extranjeros y la mitad mujeres, principalmente víctimas de la violencia de género (7). Hubo 7 por robos, 6 por violencia intrafamiliar y 6 por reyertas, entre otros. Respecto a la forma de morir, 18 homicidios fueron por puñaladas, 5 por disparos, 5 por golpes, 3 por asfixia, 1 por atropello y 1 por posible envenenamiento.

LOS HOMICIDIOS MÁS ESPELUZNANTES

Hubo varios homicidios enigmáticos, crueles o espeluznantes. El primero ocurrió en un pareja de la localidad de Meco. La Guardia Civil detuvo a Sergio, novio de su amiga y compañero de piso, pero hace unos días un Juzgado le ha concedido la libertad condicional por falta de pruebas contundentes sobre su implicación en los hechos. Otro crimen espeluznante fue el conocido en febrero de 2019. La Policía Nacional halló el cuerpo descuartizado de una mujer, desaparecida desde 2017, en un frigorífico dentro de una vivienda de Alcalá de Henares. Su pareja, que se llegó a comer parte del cadáver, fue detenido.

Uno de los crímenes que más repercusión tuvo en 2019 fue el asesinato en marzo de Francisco D.C. por una simple pelea con un perro en barrio madrileño del Pozo del Tío Raimundo. Tras airadas protestas vecinales en el barrio contra la familia del supuesto asesino, éste se entregó días después en una comisaría. Se trata de ‘El Chule’, un joven de 20 años, miembro de un conocido clan gitano de la zona.

El 10 de junio un hombre se atrincheró en su vivienda después de matar a tiros desde la ventana de su casa de Aranjuez a dos cuñadas y herir a su suegra, que paseaban por la calle. Finalmente fue detenido y confesó en comisaría que las disparó porque su mujer, hermana de las fallecidas, se había separado de él.

En agosto un hombre presuntamente mató a su pareja, una cirujana de 47 años, en un piso de la calle Tenerife. Había sido atada de pies y manos y apuñalada con un gran cuchillo. Su cadáver presentaba además fuertes golpes en la cabeza. Luego, el homicida mandó mensajes amenazantes a otra antigua relación. Fue detenido días después gracias a la colaboración ciudadana.

Otro de los crímenes más impactantes del año tuvo lugar en Valdemoro. Un joven colombiano fue arrestado por la muerte de una adolescente de 18 años, a la que presuntamente descuartizó y arrojó su cabeza en una zona de matorrales. Unos casos que remueven conciencias y pueden llegar a asustar a muchas personas, pero no dejan de ser excepcionales en Madrid. Afortunadamente.

 

Escrito por Julio de la Fuente, vocal y responsable de Prensa del CPCM

 

Asesinas seriales o mujeres letales

Nosotras también matamos, además más y mejor. Es una frase de connotación negativa pero cierta. Y es que la criminalidad femenina ha estado ignorada durante mucho tiempo quizás por el escaso número de casos si lo comparamos con las cifras de la delincuencia masculina. La mujer es, por ende, más astuta y mas metódica, discreta, planificadora y detallista a la hora de cometer un crimen.

De acuerdo con el más reciente estudio mundial sobre el Homicidio de la Oficina de las Naciones Unidas contra la Droga y el Delito (UNODC [1]) publicado en 2014, cerca de 95% de los homicidas a nivel global son hombres. ¿Por qué matan las mujeres? ¿Qué es lo que les induce a matar? ¿Qué tipología encontramos? ¿Qué MO utilizan? Las mujeres matan por dinero, celos, venganza o envidia. La mayoría de mujeres psicópatas integradas en la sociedad se encuentran en la moda, los negocios y la política.

Las estadísticas demuestran que existen menos mujeres asesinas que los hombres: cometen un 28% del total de los crímenes y un 8% son asesinas en serie. En su libro “Por qué las madres matan: caso de un psicólogo forense» («Why Mothers Kill: A Forensic Psychologist’s Casebook«), el doctor Geoffrey R. McKee indica que es extremadamente difícil conocer las tasas globales de infanticidios en su magnitud real porque muchas muertes son tratadas como accidentes, no se recoge la información forense de forma adecuada y en casos los cuerpos de los niños nunca son encontrados.

Estados Unidos se lleva el primer premio en el ranking de acoger el 76% de todas las mujeres asesinas en serie del mundo, pero nuestro país no se queda corto: en  2015 un total de 29 hombres fueron asesinados manos de sus parejas o exparejas (caso de la viuda negra en Alicante).

 

HOMICIDAS Y VÍCTIMAS POR SEXOS

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Fuente: Secretaría de Estado de Seguridad. EL PAÍS

 

Evolución histórica de criminalidad femenina

Comencemos con un breve recorrido histórico. Ya en Roma los venenos eran comúnmente utilizados para eliminar a individuos considerados molestos. Se considera a Locusta como la primera asesina en serie de la Historia, al menos la más famosa. Se calcula que esta esclava asesinó a cerca de 400 personas, entre ellas al emperador Claudio. El método era sencillo: cuando alguien quería deshacerse de alguien molesto, se acudía a ella y realizaba su trabajo, por cierto de una manera tan elaborada que parecía que esa muerte había sido por causas naturales.

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   Avanzando y llegamos a la Italia renacentista, donde nos encontramos con Giulia Toffana, quien llegó a matar a 600 personas utilizando el acqua tofana. En la Hungría del siglo XVI existió una conocida condesa sangrienta, Elizabeth Barthory, aristócrata y amiga del propio rey. Vivía obsesionada por encontrar el elixir de la juventud, asesinó a mas de 6oo personas para bañarse en su sangre. En el Siglo de las Luces, la condesa rusa Darya Saltykova se dedicó a asesinar a mas de 100 sirvientes, en su mayoría mujeres jóvenes. Como castigo, fue recluida en un convento.

Estas primeras asesinas gozaban de una impunidad absoluta y quedaban al margen de la ley. A comienzos del siglo XX, la infanticida francesa Jeanne Weber estranguló al menos a 10 niños, entre ellos A dos de los suyos. Con cada muerte, Weber consiguió esquivar a la Justicia antes de ser declarada culpable de asesinato y declarada demente en 1908. Nadie sospechó nada, pues una epidemia de bronquitis asolaba Francia.

Perfil criminal de la asesina en serie

Según un estudio realizado en 1997 por Eric Hickey a partir del estudio de 34 asesinas en serie estadounidenses, se llegaron a las siguientes conclusiones:

  • La media de edad se sitúa en torno a los 33 años.
  • El 50% contó con la ayuda de un cómplice masculino.
  • El motivo fundamental fue el económico.
  • Casi un 50% utilizó como principal método el envenenamiento.
  • Sus víctimas preferentes son niños, ancianos y personas enfermas -por su baja capacidad de defensa- y después con aquellos que mantienen o han mantenido una relación de tipo sentimental.

La denominada viuda negra tendría otro tipo de perfil:

  • Mata sola y en silencio.
  • Sus víctimas suelen ser personas de su entorno: marido o hijos generalmente.
  • En el 80% de los casos el lucro es el principal motivo.
  • El modus operandi suele ser mediante suministro de veneno en dosis continuas.

Tipología de asesinas seriales

Diferentes autores se han interesado por este tema. En 1982 Marchiori realiza una tipología sobre una relación de asesinas. En 1988 Michael hizo una clasificación en función si las mujeres actúan solas o en grupo. En 1994 Holmes y Holmes elaboraron una tipología de asesinas seriales basada en las distintas motivaciones que estas tenían para llevar a cabo sus crímenes:

TIPOLOGIA CARACTERISTICAS
Visionarias Ø  Sufren alucinaciones y delirios

Ø  Los crímenes son espontáneos

Ø  Caso Andrea Yates

Lucro Ø  Crímenes bien planeados y organizados

Ø  La víctima es seleccionada en función a su poder adquisitivo

Ø  Caso Dorothea Puente

Sexo/Sadismo Ø  Las víctimas son desconocidas

Ø  Caso Fred y Rosa West

Poder/Control Ø  Las victimas son desconocidas
Lealtad Ø  Los crímenes son cometidos bajo la influencia de otra persona

Ø  Caso Myra Hindley e Ian Brady[2]

 

El matrimonio Michael y C.Kelleher considera que esta tipología es incompleta y hay que añadir aquellas que actúan solas y aquellas otras que actúan acompañadas. Determinaron otra tipología basándose en viudas negras, las enfermeras de la muerte, asesinas en masa (por ejemplo, mujeres que acompañaron a Charles Manson en los asesinatos de Sharon Tate), aquellas que matan por ira o venganza y las filicidas, es decir, aquellas que asesinan a sus propios hijos.

Analizando a continuación:

  • Viudas negras– que tienen un especifico perfil:
    • Normalmente actúan solas aunque pueden solicitar la ayuda de uno o varios hijos – Caso Dulce Neus.
    • En el 80% de los casos el principal objetivo suele ser adquirir propiedades, robar o estafar.
    • La víctimas mas frecuente se encuentra en el entorno familiar.

En la actualidad ha surgido otro tipo de viudas negras que son aquellas esposas, novias, madres o hermanas que actuando en nombre de Alá o de una ideología concreta se inmolan y se convierten automáticamente en mujeres suicidas.

  • Filicidas – dentro de esta categoría, existen diversos tipos:
    • Neonaticidio, que tiene lugar cuando la mujer mata a las 24 horas del nacimiento.
    • Las que asesinan porque el hijo tiene una enfermedad mental. Caso Francisca Ballesteros[3].
    • Asesinato funcional, que es aquella que mata porque los hijos estorban. En 1994, el caso de Susan Smith conmocionó los Estados Unidos. De tan solo 23 años, acabó con la vida de sus dos hijos de corta edad para continuar su relación sentimental con un alto ejecutivo. En 2024 su caso volverá a ser revisado. Otro caso similar fue el de Diane Dawns en 1983.
  • El denominado filicidio altruista u homicidio por compasión, que son aquellas que piensan que con sus actos aliviaran el sufrimiento de sus vástagos.
  • Los llamados ángeles de la muerte– que tienen una serie de particularidades especiales:
    • Trabajan en servicios sanitarios.
    • Su edad oscila entre los 25 y los 30 años.
    • Son de confianza y excelentes profesionales.
  • Las que actúan por sexo o placer sádico normalmente colaboran con su pareja por admiración (caso de Myra Hindes e Ian Brady explicado anteriormente).
  • Asesinas inductoras que utilizan a un tercero para cometer su crimen.

Modus operandi de criminalidad femenina

  • Utilizan menos violencia que los hombres.
  • Son detallistas, pacientes y organizadas.
  • Provocan una muerte lenta a sus víctimas.
  • El método mas utilizado es el envenenamiento pero otros métodos utilizados son:
    • Armas de fuego – 20%
    • Arma blanca- 11%
    • Estrangulamiento- 5%
  • No son impulsivas y planifican con mucho tiempo su crimen.
  • Manipuladoras y mentirosas.

Análisis de algunos casos celebres dentro y fuera de nuestro país

A continuación se procede a analizar algunos casos de interés -y especialmente mediáticos- tanto dentro como fuera de nuestro país.

En España

  • Caso envenenamiento/Pilar Prades

En la España de finales de los 50, Pilar Prades (también llamada la envenenadora de Valencia) fue la última ajusticiada por garrote vil. Esta muchacha de 26 años entró a servir en varias casas, como tantas chicas analfabetas y provenientes de pueblos, y presuntamente -porque jamás puso probarse- dio muerte a varias de las señoras a base de un insecticida matahormigas. Al margen de los detalles del caso (envidia, soledad, deseo de ambicionar lo que no se poseía, miedo a ‘quedar a vestirse santos’..), lo que nos interesa en este supuesto es si, primero, era una psicópata y si actuaba sin ninguna clase de remordimiento. Hasta el último suspiro sostuvo su inocencia.

img 5d461d621681d Asesinas seriales o mujeres letales

  • Caso parricida/ Dulce Neus

En 1981 la parricida Neus Soldevilla irrumpió en el panorama mediático de la España presocialista mediante el asesinato de su marido, un adinerado industrial catalán. Indujo a su hija de 14 años a disparar al cabeza de familia. Fue condenada a 28 años de cárcel.

img 5d461d6ec1303 Asesinas seriales o mujeres letales

  • Caso crimen por venganza/ Isabel Carrasco

En 2014, Isabel Carrasco, presidenta de la Diputación de León y líder del PP provincial, fue abatida a tiros en plena calle. Tres mujeres fueron condenadas por el crimen: Montserrat González, Triana Martínez, madre e hija, y la policía local Raquel Gago. ¿Posible móvil? Trinidad había sido despedida de la Diputación de esta ciudad donde trabajaba y había denunciado previamente un caso de acoso laboral.

img 5d461d7a41146 Asesinas seriales o mujeres letales

Links de referencia: https://www.youtube.com/watch?v=47_F8N-AmlY

Fuera de España

  • Asesinas que actúan en grupo /caso Charles Manson

Susan Atkins, Patricia Krenwinkel y Linda Van Houten actuaron en grupo la noche de verano de 1969 en la que asesinaron a la actriz norteamericana Sharon Tate, entre otras víctimas. Alentadas por Charles Manson, formaban parte de la llamada La Familia, una especia de grupo sectario.

img 5d461d97e6842 Asesinas seriales o mujeres letales

  • Crímenes filicidas

– En la Alemania nazi de 1945, Magda Goebbels, esposa del ministro de Información y Propaganda nazi Joseph Goebbels, asesinó a sus seis hij0s con cianuro en pro de su ideología nacionalsocialista: pensaba que un mundo sin Hitler no merecía ser vivido. Les envenenó y posteriormente ella y su marido se suicidaron.

– En 2001, en Houston, Andrea Yates asesinó a sus 5 hijos porque tenía alucinaciones y visiones diabólicas. Sufría de una depresión postparto aguda y ahogó a todos sus hijos en la bañera de su propia casa. Condenada de 40 años a cadena perpetua, su sentencia fue revocada el 6 de enero de 2005. Encontrada no culpable por razones de demencia, actualmente se encuentra internada en un hospital mental.

img 5d461da897278 Asesinas seriales o mujeres letales

– En España, concretamente en Girona en 2015, Mireia Pujadas tiró a sus dos hijas por la ventana. Después se tiró ella también. Estaba en tratamiento psiquiátrico por depresión postparto.

  • Caso especial – Aileen Wuornos

Este es un caso apasionante desde el punto de vista de la criminología clínica: asesinó a bocajarro al menos a 7 hombres durante la década de los 90. En su infancia sufrió de abusos, provenía de un hogar totalmente desestructurado y ejercía de prostituta desde los 16. Fue condenada a muerte y posteriormente ejecutada en Florida en octubre del 2002. Su historia[4] inspiró la película Monster y ganadora de un Oscar en 2003.

img 5d461db804968 Asesinas seriales o mujeres letales

 

Conclusiones

  • Las asesinas conocen a sus víctimas en la mayoría de los casos: matar al marido o a los hijos suelen ser los más frecuentes.
  • Matan para conseguir un determinado fin, bien sea económico bien sea para conseguir dominación sexual.
  • Son personas encantadoras, entre sus vecinos y colegas de profesión muy colaboradoras y siempre serviciales.
  • En muchas ocasiones, matan en compañía de la figura masculina para conseguir su admiración.
  • Algunas utilizan a otras personas que asesinen por ellas a cambio de una compensación económica.
  • Seleccionan a su víctima con minuciosidad. A diferencia del hombre, no salen a cazar o están al acecho de sus victima

 

Bibliografía y hemeroteca de referencia

  • Ellas matan mas y mejor, Pérez Abellán Francisco, 1999
  • La mente del asesino, Garrido Vicente
  • Criminalmente, Velasco de la Fuente Paz, 2018
  • La mujer en la teoría criminológica, Mariana Noemí Sánchez
  • Estudio Mundial sobre el homicidio por Naciones Unidas:

https://www.unodc.org/documents/gsh/pdfs/GLOBAL_HOMICIDE_Report_ExSum_spanish.pdf

https://elpais.com/elpais/2017/08/16/eps/1502834755_150283.html

https://www.youtube.com/watch?v=xFE1IQ2TwhQ

https://www.elmundo.es/elmundo/2001/06/22/sociedad/993231898.html

 

Artículo escrito por Vanessa Jover Bustillo, alumna del Grado de Criminología por la UNIR y precolegiada del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

[1]Con sede en Viena, Austria.

[2]Junto con su marido mató al menos a cinco personas entre 1963 y 1965. La pareja británica engañaba a sus jóvenes víctimas. Myra Hinley murió en prisión en 2002, mientras que su esposo continúa recluido en un instituto mental.

[3]Mató a su marido y sus dos hijos. Desatendió a sus dos hijos quienes vivían en condiciones pésimas de insalubridad.

La criminóloga detrás de la Criminología: Paz Velasco de la Fuente

Me gusta leer. Es más, me gusta mucho leer. Y, como podéis imaginar, uno de los temas de los que más disfruto es aquel que tiene que ver con la Criminología: Ensayo, novela, manuales… Cualquier género o formato puede terminar en mi mesilla de noche o encima de la mesa donde estudio y trabajo.

Siendo así, cuando alguien quiere hacerme algún regalo tiene claro que va a acertar casi seguro si me regala un libro y, los Reyes Magos, que todo lo saben, me trajeron en las últimas Navidades «Criminal-Mente». Devoré este el libro. Pero además de su riguroso y pertinente contenido, que recomiendo sin lugar a dudas a expertos y  profanos del mundo de la Criminología,  el libro deja entrever la interesante personalidad de la autora que lo ha escrito.

He tenido el placer de entrevistar a dicha autora, Paz Velasco de la Fuente, que es, además de colega y compañera del Colegio Profesional de Criminología de Madrid, una persona cercana, entusiasta, trabajadora y comprometida con la Criminología.

Os dejo con Paz y con un pedacito de su interesante trabajo. Y, para los que queráis saber más de ella, podéis entrar en su página web. He aquí mi regalo para vosotros de estas vacaciones.

  1. Paz, leer la «pequeña» biografía curricular en tu página web deja adivinar que eres una persona comprometida con la Criminología, cuya carrera profesional y académica es muy intensa, con muchas inquietudes y ganas de aprender y aportar en Criminología. ¿Podrías contarnos un poco cómo has llegado hasta aquí, qué caminos decidiste elegir para convertirte en la criminóloga que eres hoy?

Casi toda mi vida me he dedicado al derecho, en dos ámbitos muy concretos del mismo. Es una profesión de la que aprendes cada día, porque el derecho está en constante evolución, al estar vinculado directamente a la sociedad, a su evolución y al surgimiento de nuevas conductas delictivas. Tratas a diario con personas que han cruzado límites. Sus conductas, sus actos aparecen tipificados como delitos en nuestra ley penal, pero en muy pocas ocasiones la administración de justicia y los que forman parte de ella paran a preguntarse, porqué. ¿Por qué han agredido sexualmente a un menor? ¿Por qué golpean a su pareja hasta acabar con su vida? Investigar los “porqué” y hallar respuestas nos da la clave no solo para prevenir que otros sujetos, hombres, mujeres e incluso niños, delincan, sino para detectar factores de riesgo con los que poder trabajar desde un principio. 

Hace ya cuatro años, que empecé a investigar sobre la criminalidad femenina, ya que las investigaciones, estudios empíricos y literatura se centran mucho más en las conductas criminales masculinas. En septiembre de 2018 colgué la toga, para dedicarme por completo a la criminología: mi investigación, mis clases en la universidad (Universidad Internacional de Valencia), mi colaboración en el proyecto CerclesCat (Departamento de Justicia de la Generalitat), análisis criminológico de la actualidad delictiva en diferentes programas de radio, conferencias y… seguir estudiando. No ha sido fácil salir de lo que está tan de moda llamar “zona de confort” (tu despacho, tu trabajo de más de 20 años, tus hábitos profesionales). Pero ha podido más mi pasión por la criminología, que la comodidad de una agenda cerrada a diario.

 

  1. A día de hoy la Criminología ha ganado mucha fama gracias a series de televisión cuyo éxito, a nivel mundial, han hecho de nuestra ciencia una carrera muy codiciada.  ¿Cuáles fueron tus motivos para elegir la  Criminología como carrera profesional? ¿Crees que esta fama nos beneficia o nos resulta una lacra a la hora de trabajar en Criminología?  

Mi interés en comprender (no me refiero al poder punitivo) el fenómeno de la criminalidad, el porqué de la delincuencia violenta y su control. Si comprendemos los porqués, podemos trabajar no solo en la prevención de determinadas conductas criminales y detectar factores de riesgo, sino que también podremos trabajar en la resocialización de esas personas, tratando de evitar la reincidencia: que no haya más víctimas. Entender la delincuencia y sobre todo el crimen desde un punto de vista multifactorial (no solo desde el punto de vista del derecho) fue la razón de querer dedicarme al 100% a la criminología. Hay quienes dicen que los criminólogos podríamos ser “pacificadores sociales” ya que nuestro trabajo, entre otras cosas, consiste en prevenir uno de los mayores problemas de nuestra sociedad: el delito, la delincuencia y la cada vez mayor versatilidad criminal. 

No nos beneficia en absoluto, porque esas series de televisión presentan un enfoque irreal y distorsionado de lo que es nuestra profesión. No solo confunden a un criminólogo con la policía científica (que son nuestros CSI), sino que el trabajo que esos personajes realizan en las series no tiene nada que ver con lo que los criminólogos hacemos en realidad. La profesión de criminólogo y la criminología como ciencia social, se basa en el interés por las cuestiones sociales y el conocimiento exhaustivo de la realidad delictiva. 

La peor batalla que tenemos que librar como criminólogos, sobre todo en España, es que los poderes públicos, la administración de justicia y la sociedad nos vean como profesionales, ser visibles y ser considerados aptos para trabajar en muchos ámbitos donde hacemos falta. Estamos envueltos en una “aura” de ciencia ficción, debido al cine, las series de televisión, la literatura. Sin embargo, creo que podemos demostrar quienes somos, de lo que somos capaces y sobre todo de la necesidad de que la criminología esté presente en muchos ámbitos de nuestra sociedad: tribunales de justicia, política criminal, centros penitenciarios, centros educativos, FFCCSSEE, multinacionales, etc.

 

  1. Una de las grandes dificultades que encuentran las personas que se titulan en el Grado (antes Licenciatura) de Criminología es encontrar trabajo en este área ¿En qué sectores crees que, a día de hoy, tiene cabida un criminólogo? De dichos sectores, ¿en cuál crees que  hay más empleabilidad actualmente?

¿La criminología es una ciencia útil para la sociedad? Indudablemente, sí. Los criminólogos podemos y debemos (o deberíamos) desarrollar nuestra actividad profesional en diferentes ámbitos. Lo que ocurre en España es que contamos con una escasa atención institucional, y nos hacen parecer invisibles e inservibles. Los criminólogos podemos trabajar en muchos ámbitos: prevención del delito, política criminal, perito criminológico en el proceso penal, como integrantes de los equipos de tratamiento de instituciones penitenciarias, agente de libertad vigilada, diseño y gestión de programas de prevención y tratamiento, realización de perfiles criminales, asesor para el tratamiento y prevención en los centros educativos en los casos de “bullying y ciberbullying”, seguridad privada (detective privado y director de seguridad), investigación criminológica, Cuerpos y Fuerzas de Seguridad, oficinas de atención a las víctimas, etc. Como puede verse, el mercado laboral no cierra las puertas a los criminólogos. Pero el problema es que en España aún es una ciencia en expansión y además nuestra sociedad, nuestros políticos y las instituciones a las que podemos serles útiles, siguen sin saber que es un criminólogo.

 

  1. Como la Criminología es una carrera, tanto académica como profesional, muy joven, ¿A qué ámbitos crees que  podría llegar la Criminología y todavía no llega? Es decir, ¿qué nichos de trabajo crees que todavía podemos explotar l@s criminólg@s?

Ahora mismo, y tras conocer varios casos en Barcelona, sería importante plantearse la presencia de criminólogos en centros educativos, tanto públicos como privados. Las nuevas tecnologías, y el fácil acceso a la Red, hacen que además de la versatilidad criminal que ofrece esta nueva escena del crimen (internet), haya una preocupante cantidad de niños y adolescentes, que son víctimas de las TIC’s. Viven una victimización múltiple, y en algunos casos con resultados lamentables. Además, el acoso convencional (bullying), sigue siendo preocupante, porque en muchos casos no se detecta por parte de los docentes. Un criminólogo, no solo podría prevenir determinadas conductas (sexting, cyberbullying), sino detectar factores de riesgo y víctimas vulnerables, que pudieran terminar siendo acosadas.

También podríamos asesorar a algunos periodistas y medios de comunicación. A veces me quedo en blanco, cuando leo, o escucho alguna noticia relacionada con un asesinato, una agresión sexual, o cualquier tipo de delito violento. 

También podríamos formar parte de las Oficinas de Atención a las Víctimas, puesto que una de las disciplinas que se estudian es la victimología. Me preocupa mucho (porque lo veo con frecuencia), que haya rivalidades entre diferentes profesionales/profesiones como psicólogos, educadores sociales, criminólogos… No se trata de “quítate tú y me pongo yo”. Se trata de sumar los conocimientos que tienen todos ellos. Sin duda la criminología es “La Cenicienta” de las ciencias sociales, porque otros profesionales del mismo ámbito, no tienen claro (o no quieren tener claro) nuestra preparación y potencial para trabajar en los mismos ámbitos y puestos de trabajo que ellos. Hasta que la criminología no sea visible y aceptada por los poderes públicos y la administración de justicia, lo que supone aparecer como tales en la LECrim, seguiremos siendo grandes profesionales ignorados.

También podemos participar en mediación, en todo lo relativo a justicia de menores, informes criminológicos y control y seguimiento de las estadísticas criminales (estudio de la realidad delictiva y criminal).

 

  1. Eres la autora de uno de los libros con mejor acogida sobre Criminología actualmente en España, y que tengo el privilegio de contar con un ejemplar en mi biblioteca personal, “Criminal-mente”,  ¿podrías darnos un esbozo sobre lo qué se va a encontrar el lector entre sus páginas? ¿Lo recomiendas sólo para criminólog@s o pueden también disfrutarlo personas interesadas en la materia sin estudios previos en Criminología?

Criminal-mente es un retrato de la criminalidad más violenta: el asesinato. Cada capítulo (tiene 45 en total) tiene casuística actualizada y el ensayo tiene 26 páginas de bibliografía. El libro comienza hablando del origen de los asesinos (Ḥashshāshīn), para después adentrarnos en los asesinos múltiples, haciendo un estudio criminológico de los asesinos múltiples secuenciales o asesinos en serie: tipologías, motivaciones, multicausalidad y multifactoriedad de sus crímenes, sus fantasías, selección de las víctimas, psicopatía vs sociopatía, mitificaciones, etc. 

Una segunda parte del libro está dedicada a los psicópatas tanto criminales como prosociales o integrados (psicópatas de éxito y psicópatas emocionales), desde el punto de vista de la criminología y del derecho penal.

Le sigue un estudio pormenorizado de la criminalidad femenina: perfiles, tipologías, motivaciones, parejas letales y mujeres que terminan enamorándose de asesinos, maltratadores y agresores sexuales.

En los últimos capítulos (aunque hay algunas sorpresas más en el libro que no desvelaré), presento a los cazadores de depredadores: los analistas de la conducta (perfiladores criminales o profiler). 

Criminal-mente trata de responder a preguntas como ¿por qué matamos? ¿La maldad se puede demostrar científicamente? ¿Todos los asesinos matan por los mismos motivos? ¿Por qué el psicópata es el mayor depredador del planeta? ¿Por qué se altera la escena de un crimen? ¿Qué nos cuenta la crónica negra de España? ¿Qué lleva a una madre a matar a sus propios hijos? ¿Qué es un perfil victimológico? ¿Podemos determinar si estamos ante un suicidio o un asesinato?

No creo que sea solo un libro para criminólogos. De hecho mis mayores “fans” son los escritores de novela negra y algunos periodistas de sucesos. Es un libro que habla de la cotidianidad del crimen. Todas las sociedades tienen delincuentes, porque el delito es un fenómeno de construcción social, pero lo que he intentado es hablar sobre todo de los delitos contra las personas. De aquellos delitos cometidos a sangre fría, y que atraen por diferentes razones a la sociedad. A diario en la prensa y en los medios de comunicación, se escribe sobre criminología: motivaciones del crimen, modus operandi, que factores de riesgo influyen para que determinados agresores sexuales reincidan. En este ensayo, trato de dar algunas respuestas a las preguntas que todos nos hacemos o nos hemos hecho cuando leemos crímenes como el de Pioz, o vemos la cara de José Bretón o Ana Julia Quezada en las noticias. Trato de demostrar, que alejándonos del concepto de maldad marcado por la religión, la maldad está en el cerebro y hoy se puede demostrar científicamente.

 

  1. La Criminología es una ciencia multidisciplinar y, como tal, sus áreas de investigación y actuación son muy diversas. ¿Podrías explicarnos en qué área de la Criminología enmarcarías tu actividad profesional como criminóloga? Y, si quisieras cambiar de rumbo o volvieras a empezar, ¿a qué otra área de la  Criminología te gustaría encaminar tus pasos?

Actualmente, gran parte de mi tiempo lo dedico a la investigación de la criminalidad femenina, y a trabajar en el proyecto de la Generalitat, cuyo lema es “no más víctimas”. Trabajo de modo directo con personas que han cometido delitos muy graves contra las personas, es decir trabajo con delincuentes y con la realidad delictiva.  Además la docencia, las conferencias y seguir escribiendo es el complemento perfecto. Para mí se cierra el círculo, al poder trabajar en esos tres ámbitos, que de una manera muy directa, están relacionados entre sí.

No tengo intención de cambiar de rumbo, es más. Tengo intención de comprar remos, para que cuando no haya viento que sople mis velas, pueda remar. 

 

  1. Por último, ¿Qué consejos, de cara a una carrera profesional,  le darías a una persona que acabara de terminar sus estudios en Criminología? 

Formarse es importante, ya que es el pilar fundamental para desarrollar tu vida profesional. Y no hablo solo de estudiar una carrera o un Máster. Hablo de leer, cada día: libros y prensa. Pero hay algo más importante que la formación académica, y es tener muy claro, cuáles son tus objetivos dentro de esta profesión. Hay que ser realista, saber cuáles son tus capacidades y enfocarlas hacia esos objetivos. La criminología es una ciencia social que abarca muchos aspectos, y no es nada fácil encontrar el ámbito que se ajusta a tu identidad, pero no es imposible. Si acabáis de licenciaros, os recomiendo participar como voluntarios en algunos de los programas que se ofrecen desde el Departamento de Justicia, y que estén relacionados con el ámbito penitenciario de adultos o con centros de menores. Tenéis que invertir tiempo en conocer la realidad delictiva de cerca, a los delincuentes o a las víctimas, dependiendo del área criminológica a la que te quieras dedicar. La teoría, está en las aulas. Pero el trabajo de campo es algo que tenéis que hacer por vuestra cuenta, y que os enseñará la realidad delictiva y victimológica de nuestra sociedad.

 

Gracias Paz, por esta maravillosa entrevista.

Victoria Pascual, Criminóloga

El maltrato a las personas mayores, una realidad silenciada

El maltrato a las personas mayores es una realidad en nuestro país, que se produce tanto en el ámbito familiar como en el institucional, al que la sociedad en general da la espalda.
El pasado mes de abril salieron a la luz, a través de los medios de comunicación, dos hechos sobre presuntos malos tratos a personas mayores en dos residencias, una de Madrid (Los Nogales) y otra en la residencia municipal de Montamarta (Zamora).

En el periodo de 2013-2017 los hechos denunciados en España (sin contar País Vasco ni Cataluña) han ido creciendo de manera exponencial un 0,36% anualmente como refleja la siguiente figura 1, siendo las Comunidades de Madrid y Andalucía las que presentan más denuncias.

gr El maltrato a las personas mayores, una realidad silenciadaFigura 1. Evolución de hechos denunciados por malos tratos a mayores (2013-2017).Elaboración propia sobre datos obtenidos del Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) (2013-2017).

En 2017 se publicó un meta-análisis basado en los datos recogidos de 52 estudios, procedentes de 28 países, (Yon, Mikton, Gassoumis, y Wilber, 2017) que refleja que el maltrato mayoritario en las personas de 60 o más edad es el psicológico (11,6%), seguido del abuso financiero (6,8%), la negligencia (4,2%), el abuso físico (2,6%) o el abuso sexual (0,9%).
Pero, ¿qué sucede con el maltrato institucional?. Como indica Bazo (2006), el maltrato institucional ha sido menos estudiado, excepto en Inglaterra, habiéndose llegado quizás a infravalorar su importancia. Pero el maltrato institucional existe, lo que ocurre es que resulta “invisible” (Griffin y Aitken, 1999).

Las formas de abuso que pueden cometerse en el ámbito institucional, aparte del maltrato físico, se deben a un uso de poder por la situación desigual entre el personal y la persona anciana institucionalizada y a veces discapacitada. Otras formas son los robos, la sobre-medicación y la sedación, sobre todo en casos de demencia.

Con respecto a este último caso, el problema del maltrato al anciano con demencia, debido a su mayor vulnerabilidad, tiene claras implicaciones éticas para toda la sociedad y en particular para los cuidadores, los familiares y los profesionales de la salud que los atienden.

Algunas teorías desarrolladas, como el modelo situacional, del cansancio, el modelo patológico, o ecológico, entre otras, pretenden dar respuesta al porqué se produce este maltrato. Del estudio de las mismas se puede afirmar que no hay una sola explicación para abordar este tipo de maltrato, siendo su estudio complejo dada su multicausalidad y multidimensionalidad.
Nos encontramos ante un fenómeno poco estudiado pero de notable importancia, siendo necesario concienciar a los profesionales (médicos, personal sanitario, cuidadores, policías, asistentes sociales, etc.) y a la sociedad en general sobre este problema y adoptar medidas para su prevención y abordaje, con instrumentos de detección validados mediante una estadística actualizada y fiable, al objeto de minimizar la cifra negra (teoría del iceberg), seguida de políticas socio-sanitarias, legales, al igual que otros grupos vulnerables, policiales, etc., que den respuesta de manera adecuada a la prevención y erradicación de este problema.

Nota: Los datos han sido obtenidos del Sistema Estadístico de Criminalidad (SEC) del Ministerio del Interior y facilitados para el desarrollo de una investigación llevada a cabo sobre “El maltrato a personas mayores en España” con ocasión de un proyecto fin de Máster y base de la tesis doctoral que profundizará en dicha investigación.

José Villena, Subteniente de la Guardia Civil (Gabinete de Coordinación y Estudios de la Secretaría de Estado de Seguridad) y Vicedecano del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

Bibliografía:
Bazo, M.T. (2006). Incidencia y prevalencia del maltrato de los mayores, en J.L. de la Cuesta Arzamendi (ed.). El Maltrato de personas mayores. Detección y prevención desde un prisma criminológico interdisciplinar. San Sebastián. Urkoa Fundazioa. Pp. 41-59.

Griffin G., Aitken L. (1999). Visibility blues: Gender issues in elder abuse in institutional settings. Journal of Elder Abuse & Neglect 10: (1/2) 29-42.

Yon, Y., Mikton, C., Gassoumis, Z., and Wilber, K. (2017). Elder abuse prevalence in community settings: a systematic review and meta-analysis. The Lancet Global Health. Vol. 5.: 147-156.