Introducción
El 14 de marzo de 2020 se declaró en España el Estado de Alarma por Covid-19. Como consecuencia, se suceden numerosos cambios en la forma de vida de la población, destacando una reducción de la delincuencia. A pesar de ello, ciertas conductas delictivas prevalecerán o adaptarán su actividad.
A continuación, se presenta un artículo que resume la investigación llevada a cabo por ROSA BURGOS, T. (18/05/2020) donde se pretende esclarecer cuáles son esas conductas y ofrecer, desde una perspectiva criminológica, qué repercusiones penales tiene su comisión y qué actuaciones pueden llevarse a cabo para prevenirlas. Asimismo, ofrece un conjunto de servicios dispuestos por diversas organizaciones para auxiliar a cualquier persona que esté sufriendo a causa de esta crisis. Al final del presente puede observarse un enlace de acceso al estudio completo.
Pese a la falta de estadísticas oficiales, se ha conseguido rescatar, a través de fuentes policiales, medios de comunicación y algunas cifras provisionales de organismos estatales, la suficiente información como para examinar cuáles han sido las actividades delictivas de mayor renombre.
Atendiendo a todo esto, puede contemplarse un descenso de la delincuencia de hasta un 50% menos con respecto a los meses anteriores a la pandemia, siendo una diferencia mucho mayor si se compara con los mismos meses del año anterior.
Tomando las cifras de 2016 a 2018, los delitos más cometidos han sido contra el patrimonio, contra la seguridad colectiva y la seguridad vial, de lesiones, hurtos y robos1. Gracias a ello, se puede observar como todos han quedado reducidos notablemente por la situación actual.
Delitos que más han disminuido durante la crisis
Los robos, en cuanto a los realizados con violencia o intimidación, se han minimizado gracias a la escasez de gente en las calles, la vigilancia policial y la ocupación de las viviendas las 24 horas del día. No obstante, aumentan los producidos a través del engaño.
Los homicidios parecen inexistentes, aunque existen excepciones; por lo que será necesario esperar estadísticas concluyentes por si aparecieran nuevos hallazgos durante las fases venideras.
También se reduce el tráfico de drogas, a pesar de las diferentes tapaderas que algunos traficantes han buscado para continuar su trabajo. Por el contrario, las adicciones van en aumento debido a las causas derivadas del confinamiento, tratándose de un factor a controlar mientras se vuelve a la normalidad.
Las restricciones gubernamentales tienen consecuencias como la disminución de delitos de Seguridad Vial y Siniestralidad. Así, marzo y abril se han convertido en los meses con menor siniestralidad vial registrada en España hasta la fecha, siendo 53 los fallecidos en
accidentes mortales contabilizados a 24 horas en marzo y 30 en abril, superando al mes de enero de 2014, que hasta ahora patentaba el récord, con 61 fallecidos. Enero y febrero de 2020 recogen entre 73 y 74 accidentes mortales, con 82 y 83 fallecidos respectivamente. En el mes de marzo se produce un visible descenso hasta 47 accidentes que continúa descendiendo a 26 en abril y a 7 hasta el 13 de mayo2.
Sorprende, sin embargo, cómo se reducen en menor medida las cifras de vandalismo. Bajo la creencia de que la calle es suya por estar vacía, no sólo se saltan la cuarentena, sino que devastan el mobiliario urbano, quemando coches, contenedores, papeleras, rompiendo cristales o pintando las fachadas de los comercios.
Es importante fijar atención en colectivos de riesgo como la prostitución, los manteros o los ‘sin techo’, puesto que ellos no pueden beneficiarse de las ayudas estatales. En el primero de los casos, desaparece la prostitución callejera, sumiendo a sus víctimas en una lucha por la supervivencia y agravando la situación con su agresor en los casos de trata. El ‘top manta’ ha desaparecido al suprimirse las actividades de ocio, dejando a numerosas personas sin ingresos. En la misma situación se encuentran quienes viven en la calle. Actualmente, se les han habilitado ‘albergues’ provisionales, pero una vez esto acabe, se les “devolverá a los corrales”. Parece irónico dar cobijo para evitar el contagio de unos pocos y no buscar la forma de mantenerlo a largo plazo. Esta sociedad sigue mirando sólo por algunos, no por el bienestar general de toda la población.3
Conductas delictivas con alta probabilidad de comisión
Con la nueva forma de vida implantada desde marzo en la sociedad española se han redefinido todas sus relaciones sociales, creando una situación de especial vulnerabilidad donde numerosas conductas criminales tienen un elevado potencial para llevarse a cabo.
De entre los efectos de la pandemia encontramos el incremento del tráfico de Internet. Este estado es un campo muy jugoso para los ciberdelincuentes, cuyas organizaciones adaptan su forma de actuación o ‘modus operandi’, utilizando el Covid-19 como cebo.
De este modo, los robos tradicionales pasarán a convertirse en estafas o fraudes cometidos, en su mayoría, a través de la Red. Asimismo, el acoso y el bullying se trasladan al mundo digital, continuando sus prácticas como cyberbullying, ciberacoso o grooming.
Los grupos radicales y terroristas aprovecharán este incremento en la utilización de las TIC y las distracciones del Gobierno para reclutar nuevos seguidores y planear nuevos atentados.4
Podrán aparecer nuevas formas de violencia, ya sea doméstica, filio-parental, de género o feminicidios. Existen numerosos estudios estadísticos, como los publicados por el Ministerio de Sanidad o el Portal Estadístico de la Delegación del Gobierno contra la Violencia de Género, donde se muestra cómo en los periodos vacacionales, coincidentes con el segundo y tercer trimestre anual, aumentan las denuncias de este tipo de casos.
Entre los factores que pueden causar situaciones de riesgo encontramos el aislamiento y sus consecuencias psicológicas, las repercusiones económicas de la crisis sanitaria, el aumento del tiempo de convivencia que pasan las potenciales víctimas con sus potenciales agresores, generando roces internos derivados de la personalidad de cada miembro familiar, etc. Esta situación deriva en una convivencia controladora, por lo que es posible que en este periodo las denuncias disminuyan.
En el punto de mira se han de tener las agresiones y violaciones sexuales durante el confinamiento o en la fase de desescalada. Las calles vacías o la utilización de mascarillas que dificultan la identidad del agresor son un buen escenario para realizar este tipo de conductas.
Esta crisis sanitaria está derivando en una depresión económica a nivel mundial. La pobreza aumentará a pasos agigantados y, junto a otros factores como las emociones negativas, traerán índices de criminalidad más altos. ¿Por qué no se están elaborando planes de prevención para evitarlo o contenerlo? ¿Quién mejor que un especialista del crimen para lograrlo?
Conductas delictivas cometidas en la actualidad
Numerosos delitos que han aumentado o han prevalecido en los últimos meses ya ostentaban los primeros puestos antes del confinamiento; sin embargo, otros se han adaptado a las circunstancias. A continuación, se hará un breve repaso por las características y las consecuencias penales que poseen cada uno de ellos.
Crear y difundir bulos puede suponer la infracción de diferentes delitos y por ello, albergar penas constitutivas de cárcel. La Constitución Española defiende el derecho a la libertad de expresión siempre que prevalezca el derecho al honor. Así, pueden distinguirse hasta tres hechos delictivos asociados a las fake news: en primer lugar, los delitos contra el honor (arts. 205 a 216 del Código Penal, CP en adelante) desglosados en injurias y calumnias; en segundo, aquellos que atentan contra el origen racial, como los cometidos hacia la población asiática al comienzo de la pandemia, estos son los delitos de odio y discriminación (art. 510 CP); y, por último, los cometidos por desorden público (art 557 a 562 CP). Se recogen aquí esos mensajes con información falsa o embustera que tratan de provocar una rebelión o alterar la paz pública, como los que convocaban manifestaciones contra determinadas personas, autoridades o instituciones, la quema de contenedores, daños a las fachadas o saltarse el confinamiento.
En relación a ellos, se pueden hallar los delitos de falsas alertas de seguridad o de emergencias, como los numerosos audios y vídeos sensacionalistas que circulan por las redes alarmando sobre el grave peligro de este virus. Se recoge en el art. 561 del Código Penal y está castigado con pena de multa y hasta un año de prisión.
En lo referente a saltarse el confinamiento, la Ley de Seguridad Ciudadana, la de Salud Pública y el Sistema Nacional de Protección Civil recogen la desobediencia con un castigo de multa de 601€ en su forma simple, pudiendo aumentar hasta los 30.000€ en su grado máximo. Si, además, existiera resistencia u oposición a la autoridad, podrían enfrentarse a penas de prisión de tres a dieciocho meses.
Aunque los robos y fraudes se han reducido, no han llegado a desaparecer, si no que se han adaptado al cambio. Es conocido que en la localidad de Hong Kong un grupo de hombres con armas blancas asaltó a un repartidor para robar un cargamento de papel higiénico. Suceso que alarmó a la población que se disponía a comprar productos de primera necesidad convirtiendo al papel higiénico en un bien escaso a nivel mundial.5
España ha sufrido hechos semejantes, incrementándose los robos a cargamentos con material sanitario, como mascarillas y gel desinfectante, para ser ofertados en plataformas de venta ‘on line’ o en el mercado negro con precios desorbitados.6
Estas actuaciones están recogidas en el Título XIII. Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico del Código Penal, siendo el hurto (arts. 234 a 236) y el robo (arts. 237 a 242) los delitos asociados a los hechos vividos en la actualidad. Se penalizan con prisión de hasta tres años en sus formas leves y hasta seis si concurren alguna de las circunstancias recogidas en el artículo 235 del CP, como es el causar desabastecimiento de productos de primera necesidad.
Los ancianos se han convertido en víctimas potenciales de robos. Este tipo de delincuente trata de hacerse pasar por personal sanitario para hacer las pruebas del virus o por voluntarios distribuidores de alimentos, accediendo al interior de la vivienda del anciano y tomando los objetos de valor que les interesen.
A parte de cometer hurto o robo a las víctimas, estos hechos pueden castigarse en base a otros dos tipos de delitos, variando según los detalles de cada caso. Por un lado, se atiende a los delitos de suplantación de identidad al usurpar o ejercer actos pertenecientes a profesiones o autoridades para los que no se tiene cualificación. Se regulan en los arts. 401 a 403 del CP con prisión de hasta tres años y multas de hasta veinticuatro meses. Y, por otro, los delitos de falsedad documental si estos delincuentes muestran, ante los ancianos, un documento falso que trate de simular su autorización para realizar la prueba o la identificación como miembros de un servicio social o sanitario. Las penas para estos delitos se regulan en los arts. 392 y 397 del CP, suponiendo multa según la gravedad del asunto y prisión de seis meses a tres años.
Las estafas y los fraudes en la Red se disparan. Entre los ejemplos más comunes encontramos los pretextos para recaudar dinero y fabricar mascarillas y trajes protectores, falsas recomendaciones para comprar mascarillas ‘on line’, citaciones para realizar las pruebas de Covid-19 tratando de robar, estafar o agredir sexualmente en el encuentro; los diferentes tipos de phishing con enlaces a webs maliciosas, suplantando a instituciones públicas, como bancos o el Ministerio de Sanidad, o de organizaciones privadas promocionando o regalando supuestas cantidades de dinero o tiempo de suscripción a plataformas streaming, como Netflix, robando tanto datos personales como pequeñas cantidades monetarias.
Todos estos actos se tipifican en los artículos 248, 249 y 250 del Código Penal, dentro de los Delitos contra el patrimonio y contra el orden socioeconómico. En el estudio en que está basado este artículo, se explican y diferencian las distintas características de la estafa ordinaria, la informática o electrónica y el fraude informático. Pese a ello, a efectos legales tanto la estafa informática como los fraudes en la red son lo mismo. Se castigan bajo pena de prisión de seis meses a tres años, teniendo en cuenta el importe defraudado, el quebranto económico causado a la víctima, las relaciones entre víctima y estafador y los medios empleados por éste. Asimismo, si los hechos cumplieran alguno de los requisitos del artículo 250 del CP se castiga con prisión de uno a seis años y multa de seis a doce meses y; si se difundieren, revelaren o cedieren los datos robados a terceros, pena de prisión de dos a cinco años según el art. 197.3 del CP.
Situación especialmente complicada está siendo para las víctimas de violencia intrafamiliar. El control por parte del agresor les impide denunciar o buscar ayuda y los mecanismos de control social externos se han vuelto inexistentes, por lo que se dificulta aún más su detección.
Según los datos publicados por el Ministerio de Igualdad a 6 de abril de 2020, en lo que va de año son 18 las víctimas mortales por violencia de género, de las cuáles, 14 convivían con su agresor y tan sólo 2 de ellas habían denunciado7. Del mismo modo, con las cifras provisionales vigentes a 28 de abril, puede comprobarse que las llamadas al 016 durante los meses de febrero y marzo de 2020 han aumentado con respecto a 2019; destacando, en particular, el mes de marzo8.
En cuanto a los feminicidios, son 17 los casos cometidos entre los meses de marzo, abril y mayo, hasta el día 14, sobre un total de 38 en lo que va de año9.
Diversas normativas legales contemplan la violencia contra la mujer, así el Boletín Oficial del Estado recoge un Código de Violencia de Género y Doméstica donde consultar cada una de ellas. El Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal recogen las sanciones y las formas de tratamiento en juicio para dictar sentencia a quienes cometan tales actos violentos. Usualmente, los delitos relacionados con este tipo violencia son de lesiones (arts. 147 a 156 ter CP); de amenazas (arts. 169 a 171 CP); de coacciones (arts. 172 a 172 ter CP) y; contra la integridad moral o de tortura (art. 173.2 CP).
Aparecen nuevos delitos relativos a la explotación canina al concederse permiso para pasear a los perros. Así, se publicitaban alquileres o ventas de estas mascotas para poder eludir “legalmente” la cuarentena. Por el mismo motivo, muchas perreras se han vaciado.
La primera de las actuaciones, el alquiler de canes para paseos, puede estar considerado como maltrato animal, siendo un delito sancionado en el art. 337 del CP donde se comprenden las acciones u omisiones por las cuales se somete innecesariamente al animal a un dolor, sufrimiento o estrés. El infractor será sancionado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación de uno a tres años para la tenencia de animales y para quienes ejerzan su profesión con ellos.
El deseo de adoptar un perro para beneficiarse durante la pandemia puede haberse realizado sin meditación previa, por lo que puede incrementarse el número de abandonos tras ella. De este modo, se recuerda que, en base al art. 337 bis del CP, el abandono de cualquier animal se penaliza con multa de uno a seis meses, pudiendo imponerse “inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de los mismos”.
Prevención y ayuda
Tan importante es conocer qué está pasando como estar al tanto de las formas de prevenir y evitar estos ataques; por no hablar de qué se puede hacer cuando una de estas actuaciones ilícitas se ha llevado a cabo. De este modo, se presenta un breve resumen de las herramientas puestas a disposición de la población para cada actuación mencionada anteriormente, cuyas particularidades se encuentran desarrolladas en el estudio sobre el que versa esta reseña y que puede encontrarse al final de ella.
Además de los números de teléfonos de emergencias y las FCSE, el Ministerio de Interior tiene a disposición ciudadana la aplicación gratuita ATERTCOPS, diseñada para alertar de cualquier hecho delictivo, tanto si eres víctima como testigo del mismo. Todos los datos proporcionados se utilizan de forma segura, discreta y eficaz para avisar al 112, la Policía o Guardia Civil y dar respuesta inmediata a tu solicitud de ayuda. Además, ofrece la posibilidad de enviar fotos, vídeos e incluso la ubicación GPS en tiempo real; incluyendo un botón de emergencia para personas con deficiencia auditiva, fónica o con trastornos del espectro autista (TEA).
Para prevenir cualquier tipo de delito cibernético ha de contrastarse la información, verificando si la fuente es oficial o fiable, desconfiando de los mensajes reenviados o con peticiones de reenvío, no entregar datos personales a través de una web redirigida y no atender a correos cuyo remitente se desconoce o no se han solicitado. Si se descubre que el mensaje es malicioso debe denunciarse ante la Unidad de Delitos Telemáticos de la Guardia Civil, en el Cuerpo Nacional de Policía, al Instituto Nacional de Ciberseguridad en el 017 o a través de los correos ciberestafas@guardiacivil.org e incidencias@incibe-cert.es.
El aumento del uso de Internet durante la crisis sanitaria puede favorecer situaciones como el cyberbullying, ciberacoso o grooming. Entre las recomendaciones para luchar contra ellos pueden destacarse: el control sobre los mensajes y publicaciones en las redes sociales, favorecer un buen ambiente comunicativo entre padres e hijos y fomentar la educación en el buen uso y manejo de las TICS. Junto al tratamiento del psicólogo, cabría destacar la actuación de un criminólogo, como especialista en conductas delictivas y antisociales, para conciliar y prevenir, en el futuro, otros hechos más graves por parte del agresor y/o la revictimización del menor. La app ALERTCOPS dispone de un botón de acceso directo para solicitar ayuda, también está disponible el número de teléfono 900 018 018, que no ha cesado su trabajo durante la cuarentena.
Este uso desmedido de la red también se torna vulnerable para los jóvenes y menores ante los grupos de radicalización violenta, que aprovechan las redes sociales o los videojuegos en línea para identificar y captar nuevos miembros. El Grupo de Trabajo Prevención de la Radicalización Violenta de este Colegio recomienda prestar atención a los menores controlando el tiempo de exposición a Internet, a las redes sociales, a los videojuegos ‘on line’, en especial si son de naturaleza bélica, y a la existencia o no de cambios en su conducta.
En caso de necesidad, puede auxiliarse o buscar información desde la web www.stop-radicalismos.es; enviando un email a stop-radicalismos@interior.es o al Grupo de Trabajo antes mencionado prevradicalizacion@cpcm.es; en los teléfonos gratuitos 900 822 066, 091 (Policía Nacional) o 062 (Guardia Civil) y; desde la app ALERTCOPS, en el acceso directo ‘STOP Radicalismos’.
Para aquellas víctimas de maltrato han continuado y continúan disponibles todos los canales de amparo, incluso habilitando algunos nuevos. Desde el Ministerio de Igualdad se aprobó el 17 de marzo de 2020 un Plan de contingencia contra la Violencia de Género ante la Crisis del COVID-19. En él se recogen las medidas comunes para todas las formas de violencia, declarando como servicios esenciales todas las casas de acogida para mujeres víctimas de la violencia machista.
El 016 está disponible a cualquier hora del día, junto a los teléfonos de emergencia 112, 091, 062, el email 016-online@mscbs.es y en el acceso rápido de ALERTCOPS. Se facilita asistencia psicológica por WhatsApp en el 682 916 136 y el 682 508 507. Además, para víctimas de trata, explotación sexual y prostitución siguen habilitados los correos electrónicos de las FCSE, trata@policia.es y trata@guardiacivil.es, y el teléfono 900 105 090. Otras asociaciones de protección como CIMTM o APRAMP habilitan sus números de teléfono para dar socorro o informar ya sea por WhatsApp o vía telefónica.
Los agresores de violencia de género emplean a menudo a las mascotas de sus víctimas como forma de agresión o chantajes. Para evitar que una víctima se sienta dependiente de su mascota al pedir auxilio, se ha elaborado un programa donde albergar espacios seguros para estos animales. Cualquier persona puede convertirse en casa de adopción del mismo modo en que cualquier víctima puede solicitar este servicio. Puede contactarse a través del correo info@viopet.org o en el 673 765 330.
En cuanto al vandalismo y al desorden público, una de las mejores herramientas para su prevención sería la aplicación de la Criminología Ambiental, ampliamente desarrollada en países como Australia o Canadá. A través del diseño ambiental y la prevención situacional del crimen podrían aplicarse mecanismos, como la teoría de las ventanas rotas o la ampliación de obstáculos para delinquir que redujesen notablemente la comisión de estos actos.
Como en España cuesta abrirse a nuevas estrategias, por ahora las mejores medidas de contención serían: denunciar cualquier acto vandálico que se encuentre, facilidad que pone ALERTCOPS al disponer de un pulsador de acceso rápido que permite denunciarlo al momento enviando imágenes, vídeos y la ubicación de los hechos; manteniendo limpias las zonas públicas y aumentando el alumbrado público con luz blanca, generando así, seguridad entre los transeúntes. Por otra parte, retirar cuanto antes cualquier indicio de criminalidad para evitar que se reproduzca; del mismo modo que deberían implementarse espacios donde poder albergar bajo las medidas adecuadas, actuaciones como el arte urbano o la destrucción del mobiliario, pues son comportamientos realizados por diversión, entretenimiento o por liberación de emociones negativas. Estas y otras medidas se expresan ampliamente en el trabajo ROSA BURGOS, T. (18/05/2020).
Una de las mejores formas de prevención es la concienciación social. Por ello, se deben desarrollar políticas gubernamentales que aporten conocimientos sobre las normas de circulación, los planes estratégicos de contención y el fomento de la responsabilidad con el entorno. Así, para los niños de 6 a 12 años, RACC ha diseñado un juego on line, ‘Mou-te-bé! Play&Lear’, cuya labor educativa se dirige a erguir un buen sentido de la responsabilidad, la convivencia y la importancia de la seguridad vial, propiciando comportamientos preventivos contra los accidentes de tráfico.
También en cuanto a seguridad vial, la Criminología atendería a grandes mecanismos de contención, aportando un enfoque multidisciplinar a las políticas de seguridad. Así lo aprueba el CEA en el manual Aspectos criminológicos en materia de Seguridad Vial10. Junto a ella, la Criminología Ambiental apostaría por la creación de diseños urbanísticos seguros para el establecimiento de áreas vulnerables como colegios o centros sociales para mayores.
La Unidad de Atención de Siniestros Viales (UAVIS) asesora y atiende de manera individualizada a víctimas directas e indirectas de un siniestro a través del correo uavis@observatoriocrimvial.com o en el teléfono 634 256 270.
El aislamiento es un caldero de crecimiento para dependencias físicas, psicológicas y emocionales que pueden desencadenar adicciones al consumo de sustancias ilegales. Por ello, se recomienda realizar actividades que le mantengan ocupado e informado, llevar una dieta sana, mantener diálogo social y solicitar terapia telefónica u ‘on line’.
Para cualquier padecimiento psicológico o emocional se han dispuesto diferentes servicios telefónicos que dan atención a cualquier persona que lo necesite. Algunas formas de contacto son: 900 107 917 para el Servicio Psicólogos Cruz Roja; por parte del Ministerio de Sanidad, el 91 700 79 89 para familiares de afectados o fallecidos; el 91 700 79 90 para profesionales sanitarios y FCSE; y el 91 700 79 88 para la población en general11. Adicionalmente, el equipo de Psicólogos de Psycast ha elaborado una guía psicológica para ayudar a gestionar las diferentes emociones derivadas del coronavirus y prestan asistencia, vía Skype o telefónica en info@psycast.es y cvpsico.online@gmail.com.
Universidades como la de Valladolid, la Autónoma de Madrid o la de Sevilla no se quedan atrás, ofreciendo tanto a sus alumnos y trabajadores como a cualquier persona necesitada, unidades de apoyo psicológico y emocional, compuestas por profesores voluntarios licenciados en Psicología de sus centros. Con la Universidad de Valladolid puede contactarse accediendo desde la web http://consultasmedicas.uva.es/; con el Área Psicológica del SACU y del SEPRUS de Sevilla por correo a sacupsico@us.es o a convivamus@us.es bajo el asunto ‘Atención Psicológica Covid-19’; y con el Centro de Psicología Aplicada de la Universidad Autónoma de Madrid en el teléfono gratuito 662 378 982.
Conclusiones
Desde el decreto de Estado de Alarma el pasado 14 de marzo, el país ha sufrido diversos cambios y adaptaciones sociales. Dentro de las consecuencias de esos cambios se encuentra la significativa disminución de la delincuencia.
Entre los delitos que más reducción puede apreciarse se hallan los robos callejeros con violencia o intimidación, los homicidios, el tráfico de drogas, la prostitución callejera, el ‘top manta’ y los delitos de Seguridad Vial y Siniestralidad.
Pese a ello, existen conductas delictivas que podrían salir beneficiadas de la situación, como la ciberdelincuencia, englobando las estafas y fraudes o el acoso en la red; los diferentes tipos de violencia doméstica o hacia la mujer; las agresiones sexuales, en especial, en la fase de desescalada; o la captación de jóvenes adeptos a los grupos de radicalización violenta.
Algunas de estas conductas ya se han manifestado, quedando la escasa delincuencia actual relegada a los delitos contra el honor (injurias y calumnias); a los de odio y discriminación; por desorden público; a robos y hurtos acompañados, en algunos casos, de suplantación de identidad o falsedad documental; a fraudes como phishing; violencia intrafamiliar y de género y; a los de explotación animal.
En cuanto a una breve clasificación victimológica, podemos citar como víctimas potenciales o vulnerables a los niños y jóvenes, las mujeres, discapacitados y los ancianos. Por esto, se han presentado diferentes herramientas de prevención y auxilio para cada actividad criminal; así como los medios para el apoyo psicológico y emocional a quienes, debido a la pandemia, lo necesiten.
En definitiva, la crisis sanitaria podrá aumentar los niveles de delincuencia tras la pandemia como ha sucedido en tiempos pasados, por lo que se necesitan nuevos y mejores planes de prevención para contenerla. De este modo, se hace necesario un cambio de paradigma, una necesidad de ver todo el ámbito delictivo desde un punto de vista multidisciplinar como es la criminología.
Esa figura profesional que ostenta formación para prevenir un delito, a un delincuente y a sus víctimas son los criminólogos. Sus facultades también pueden aplicarse tras la comisión de los hechos, como en la resocialización del delincuente para su reingreso en la sociedad, evitando su reincidencia; o para trabajar con la víctima reforzando todos aquellos factores que la convirtieron en una, ayudando así a eliminar el miedo a volver a ser dañada.
Quizá, el sistema no funcione como se espera porque no existen oportunidades reales para aplicar todas las actuaciones que un criminólogo podría desempeñar. Es un trabajo necesario y se necesita ya. En las áreas que se ha apostado por implementar esta figura en sus ámbitos laborales confirman que los medios empleados pasaban por alto cuestiones relevantes que hasta la llegada del criminólogo no se habían tenido en cuenta.
Por este motivo, se decidió elaborar un estudio12 que ofreciera a la población una perspectiva criminológica de la delincuencia en el estado de alarma, al cual puede accederse a través del siguiente enlace:
https://drive.google.com/file/d/1VEu6E- 6ZbofGcrZXkc7seKMZfhtdljxV/view?usp=sharing
En él, se invita a profundizar en todas las cuestiones tratadas a lo largo de este artículo, así como en los diversos campos y especialidades de la Criminología. Porque todos tenemos derecho a sentirnos seguros en las calles y no se están empleando todas las medidas que existen a nuestro alcance para lograrlo.
Notas y referencias
- MINISTERIO DEL INTERIOR. Portal estadístico. Recuperado el 28/04/2020 de https://estadisticasdecriminalidad.ses.mir.es/
- DGT. OBSERVATORIO NACIONAL DE SEGURIDAD VIAL. (14/05/2020). Cuadro comparativo de accidentes mortales y fallecidos a 24 h en vías interurbanas desde el 1 de enero de 2019 hasta el 13 de mayo de 2020. Ministerio del Interior. Recuperado el 28/04/2020 de http://www.dgt.es/es/seguridad-vial/estadisticas-e-indicadores/accidentes-24/
- Cada una de estas modalidades se desarrolla con más detalle en ROSA BURGOS, T. (18/05/2020). El Crimen durante el Estado de Alarma. España. Pp. 6 y 7.
- Así lo comentan ORTEGA, S. (01/05/2020) “El confinamiento por el coronavirus, un ‘caladero’ para el terrorismo yihadista”. Diario de Mallorca. Recuperado el 10 de mayo de 2020 de https://www.diariodemallorca.es/nacional/2020/05/01/confinamiento- coronavirus-caladero-terrorismo/1506332.html y los compañeros del GRUPO DE TRABAJO DE PREVENCIÓN DE LA RADICALIZACIÓN VIOLENTA. (15/05/2020). Terrorismo de etiología yihadista y Covid-19. Camino hacia la adaptación. Colegio Profesional de Criminología de la Comunidad de Madrid. Recuperado de https://colegiocriminologosmadrid.es/terrorismo- de-etiologia-yihadista-y-covid-19-camino-hacia-la-adaptacion/
- EL CONFIDENCIAL. (17/02/2020). “Robar papel higiénico y revender mascarillas: los delitos que acompañan al coronavirus”. El Confidencial. Recuperado el 30/03/2020 de https://www.elconfidencial.com/mundo/2020-02-17/papel-higienico-robo-mascarillas-reventa_2457695/
- FRANCISCO VARELA, A. (09/03/2020). “El pánico al coronavirus genera robos, falsificaciones y desabastecimiento de mascarillas y desinfectante en varios países de todo el mundo”. Business Insider. Recuperado el 10/04/2020 de https://www.businessinsider.es/panico-coronavirus-provoca-robos-estafas- desabastecimiento-596337
- DELEGACIÓN DEL GOBIERNO CONTRA LA VIOLENCIA DE GÉNERO DEL MINISTERIO DE IGUALDAD. (06/04/2020). Portal estadístico. Recuperado el 12 de mayo de 2020 de http://estadisticasviolenciagenero.igualdad.mpr.gob.es/
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- FEMINICIDIO.NET (14/05/2020). Feminicidios y otros asesinatos de mujeres cometidos en 2020. Recuperado el 18/05/2020 de https://feminicidio.net/articulo/feminicidios-y- otros-asesinatos-mujeres-cometidos-2020
- CARRERAS ESPALLARDO, J. A. y otros. (2014). Aspectos criminológicos en materia de Seguridad Vial. Ed. Criminología y Justicia. España.
- LA VANGUARDIA (31/03/2020). “Activan un teléfono de apoyo psicológico a los afectados por la COVID-19”. La Vanguardia. Recuperado el 14 de mayo de 2020 de https://www.lavanguardia.com/vida/20200331/48211560841/telefono-atencion-psicologica-coronavirus.html
- ROSA BURGOS. T. (18/05/2020). El Crimen durante el Estado de Alarma. España.
Reseña escrita por la colegiada del CPCM Tatiana Rosa Burgos