Funciones

Un colegio profesional es una corporación de derecho público. Eso quiere decir que es una institución peculiar, porque por su naturaleza ejerce funciones público-privadas. Al constituirse como tales, los colegios profesionales se sitúan entre la Administración, los/as colegiados/as y los /as clientes/as, usuarios/as y pacientes, las entidades sociales y las empresas.

Las principales funciones del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid son:

  • Actuar con independencia e imparcialidad.
  • Garantizar la calidad de los servicios prestados.
  • Velar por los Derechos de los usuarios de los servicios.
  • Defender los intereses de la profesión ante los poderes públicos.
  • Disponer de un Código Deontológico que ampare el ejercicio profesional.
  • Realizar una constante actualización sobre  la legislación, normativas, iniciativas y proyectos que pueden afectar a la profesión y, en particular, al servicio que prestan a usuarios/as.
  • Desarrollar acciones de formación específica adecuada a las circunstancias y a las necesidades detectadas por cada profesión a lo largo de toda su vida activa.
  • Ofrecer un espacio para compartir experiencias, conocer aspectos del futuro de la profesión, etc.

Estatuto del Colegio

Puedes descargar y consultar el Estatuto del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid desde aquí:

Descargar Estatutos del Colegio