Category: Grupo de Trabajo

El Mass Media y la delincuencia: ¿Medios de información o desinformación?

Desde tiempos inmemoriales, la raza humana siempre se ha visto atraída de forma altamente morbosa por aquello que esconde el lado más oscuro y primitivo del ser humano, aquello que se encuentra tras la línea roja de la moral y el civismo, y que hace que un sujeto se convierta en un auténtico cazador de hombres. Ese rompecabezas que, a modo de acertijo y por motivos que todavía no logramos entender a ciencia cierta, se esconde tras la mente de un criminal. No obstante, cuando un individuo cae en la cuenta de que, efectivamente, la realidad supera a la ficción, toda aquella fascinación que entronizaba en un primer momento el pensamiento desconocido de estos sujetos se torna de repente en una angustiosa repulsa.

En este sentido, para comprender mejor y analizar de un modo más lógico y retrospectivo el repudio, el terror y el pánico social que existe actualmente en nuestro país y en nuestra sociedad por este tipo de delitos violentos, debemos remontarnos hasta 1992; concretamente hasta la localidad valenciana de Alcàsser. Y es que, por desgracia, el caso Alcàsser se trata del episodio más emblemático en la historia criminológica y ocupa la memoria de España por dos razones. Por un lado, se trata de un suceso donde la maldad del ser humano cometió las atrocidades más retorcidas y tremebundas que el ser humano pueda siquiera imaginar. Por otro lado, este caso fue el episodio en el que nuestro país despertó en una vorágine sensacionalista y (me aventuro a afirmar) carroñera encabezada por los medios de comunicación.

Tanto para los que vivieron los acontecimientos, como para los que hemos aprendido de ellos posteriormente, nos está todavía marcada a fuego la clara imagen de los medios informativos de la época asaltando a las familias, realizando seguimientos exhaustivos y abusivos del caso e, incluso, publicando imágenes reales de los sucesos y de la investigación (aún estando esta bajo secreto de sumario). Como consecuencia, la expectación y el magno estado de conmoción de los españoles en aquel entonces devino de tal magnitud que, podemos afirmar sin tapujos que este suceso se convirtió en el origen del sensacionalismo y el populismo de los medios y la sociedad en nuestro país.

Desde aquel momento, el pánico y el terror de los españoles son fuertemente patentes. El miedo corre por las calles, consigue adentrarse dentro de las casas y recuerda a los ciudadanos que los monstruos sí que existen y son humanos, como nosotros. Sin embargo y como ya hemos mencionado, no debemos desmerecer gran parte de este mérito al gran gigante, aquel capaz de transmitir una sensación, un sentimiento y una emoción en cuestión de segundos a toda una población: el Mass Media. En este sentido, el sensacionalismo que se le dio a aquel caso, la revictimización extrema a la que fueron sometidas las víctimas familiares de las tres niñas y la desinformación (fomentada por los medios), llevaron consigo que incluso la sociedad, aunque parezca altamente rocambolesco, acabase pidiendo la absolución de Miguel Ricart, principal sospechoso de la muerte de las niñas junto con su compañero Antonio Anglés.

Por ello, una vez citado de forma breve el origen del sensacionalismo español en los casos criminológicos de mayor expectación, vamos a comenzar dando conciencia y luz a la triste realidad a la que nos vemos sometidos los profesionales desde hace décadas, donde los medios de comunicación e información moldean y tergiversan la opinión pública, llevándola hasta niveles extremadamente desorbitados, como puede ser la insistencia en dejar en libertad a uno de los sujetos autores de un triple asesinato (no hay que olvidar que algo similar ocurrió en el caso de Ted Bundy).

De este modo, para conocer mejor dicho fenómeno debemos adentrarnos más en él, comprendiendo cómo, a través de los medios, la opinión pública nace, se moldea y se ve dirigida hacia una sola dirección, creando así una especie de visión en túnel, donde lo único real deviene la salida de éste, obviando y negando las realidades que se esconden a los laterales. Para ello, no podemos proseguir con este artículo sin antes mencionar dos de los fenómenos más relacionados a esta realidad que venimos advirtiendo: se trata de la “agenda-setting” y el “framing”.

Así, entendemos el primer concepto como el poder que poseen los medios de comunicación para fijar en primer plano ciertos temas y asuntos de interés público nacional. Por otro lado, el “framing” se define como la legitimidad y la potestad de estos mismos medios para determinar cómo la sociedad debe pensar sobre unos sucesos, proporcionando, a priori, unos esquemas de interpretación básicos. Dichos esquemas no son establecidos al azar, o por motivos no maliciosos; todo lo contrario: mediante el encuadre noticioso y la atribución de responsabilidades los medios seleccionan y enfatizan aquello sobre lo que desean que posea mayor repercusión social y, por supuesto, aquello que hay que perseguir.

En este sentido, ambos fenómenos proporcionan énfasis o prioridad a determinados elementos de las noticias, simplificando o fraccionando la realidad mediante la selección de un hecho y exclusión de otros. Es decir, en lugar de entender y explicar de forma racional, objetiva y científica el origen de un suceso y los factores de riesgo que han intervenido en su desarrollo, reducen éste al mero entendimiento de que los criminales nacen con el mal en su interior y, por ello, deben pagar sus actos con la más pura consecuencia retribucionista: ojo por ojo y diente por diente.

Pero, ¿para qué pueden buscar los medios informativos moldear, sugestionar e influir en la opinión pública? La respuesta a esta cuestión es clara y sencilla, pero para entenderla, primero debemos sentar en el banquillo a los mayores beneficiados e interesados en este fenómeno: los partidos políticos.

Estos, empleando su influencia sobre los medios de comunicación de forma claramente conveniente, construyen en la sociedad una imagen distorsionada de la delincuencia, del delincuente y de la Justicia española. Con ello, se puede explicar de forma empírica y contrastada por qué en España, pese a que gozamos de una de las estadísticas de delincuencia más bajas y envidiables de toda Europa, poseemos, por contraposición, una de las tasas más altas de población penitenciaria. Frente a bajas estadísticas delincuenciales en nuestro país, España posee uno de los sistemas más retributivos y altamente penalizados de Europa, con condenas de prisión desorbitadamente prolongadas, las cuales consiguen una superpoblación carcelaria.

Así, en contraposición al hecho de que en nuestro país ingresa un bajo número de delincuentes en prisión (debido a las bajas tasas de delincuencia) y a la creencia popular de que éstos transcurren escasos períodos entre rejas, la realidad es que los delincuentes pasan largos años de su vida entre las paredes de un centro penitenciario. Como consecuencia, en España nos encontramos con una triste y distorsionada realidad: existe una superpoblación en las prisiones y esta no es debida a la gran magnitud de delitos cometidos, sino al constante endurecimiento de las condenas que consiguen aumentar la duración de estas. Además, cabe advertir que no nos referimos a delitos como homicidio o asesinato, pues las prisiones españolas se encuentran saturadas por otro tipo de delitos, como pueden ser el robo o la estafa.

Aunque suene inverosímil, esta realidad se ve creada y reforzada gracias a los encuadres noticiosos episódicos llevados a cabo por los medios. Pues si en lugar de buscar y analizar explicaciones culturales y políticas multifactoriales a la delincuencia buscamos respuestas individuales donde los culpables de los sucesos delictivos devienen determinados sujetos, reducimos hasta niveles irrisorios las verdaderas causas y orígenes de la criminalidad, atribuyendo su causalidad a los factores volitivos de los criminales y, con ello, a la creencia popular de que criminal no se hace, sino se nace.

Por tanto, poseyendo toda la opinión pública de un país sumida en esta quimera, los partidos políticos gozan de un camino ya previamente allanado, donde tan solo deben ofrecerse como el mejor postor para vencer a sus oposiciones. De este modo, aquel que ofrezca las propuestas de endurecimiento del Código Penal más jugosas será el que juegue con mayor ventaja; pues si la población está sumida en un terror plenamente infundado e irreal hacia la delincuencia tan solo deben ofrecerles aquello que necesitan para sentirse falsamente protegidos: penas más altas, más conductas tipificadas como delito y una mayor aplicabilidad de las penas de privación de libertad, o lo que llamamos en Ciencias Políticas “panpenalización”.

De esta forma, poseyendo un público atemorizado y una propuesta legislativa fuertemente retribucionista y penalizadora, el partido político ganador conseguirá ocupar el Poder Legislativo y la sociedad podrá dormir más tranquila, gracias a una falsa sensación de seguridad injustificada.

Sin embargo, teniendo en cuenta la larga lista de investigaciones criminológicas basadas en el empirismo (es decir, centradas en la experiencia y en la observación de los hechos), en la observación y en el estudio crítico y objetivo de la delincuencia en general y de la respuesta penal en concreto podemos advertir categóricamente lo siguiente: la pena privativa de libertad no funciona ni como método disuasorio de la delincuencia ni, en si misma, como método resocializador.

Por lo tanto, ante la cuestión “¿qué está yendo mal en nuestra sociedad y por qué no hallamos la forma de solucionar el problema?” tan solo cabe una única respuesta. Y es que la solución fue hallada hace más de 200 años y la Criminología posee la clave más efectiva, tanto a corto como a largo plazo, donde la reducción de la criminalidad y la delincuencia abandona el terreno de lo utópico para entronizar una realidad aplicable en todos los niveles sociales de una comunidad. No obstante, todavía nos encontramos con largos caminos que andar y grandes muros que atravesar, pues cuando la sociedad ha vivido largo tiempo sumida en una mentira de conveniencia, la verdad se presenta como una objetividad adulterada y manipulada.

Por ello, desde la comunidad criminológica insistimos en que el tratamiento del fenómeno delictivo sea tratado por expertos en delincuencia y criminalidad, dejando de lado el tan desfasado intrusismo profesional en los medios de comunicación, en los programas televisivos y en la prensa rosa; abandonando así la reducción de la Criminología y sus contribuciones al mero parloteo sensacionalista y populista, las especulaciones sin fundamento y sin rigor científico, y sobre todo, el ensalzamiento de una visión delictiva y una solución a ésta plenamente alejadas de la realidad.

Sólo la Criminología es capaz de encontrar la respuesta a la criminalidad y a los entresijos que esta esconde. Tan solo es necesario dejarnos entrar y actuar en diversos ámbitos sociales y comunitarios, atacando el problema desde su origen, desde su etiología; realizando una prevención primaria y secundaria del fenómeno delictivo. De este modo se demostraría que, con los criminólogos en la comunidad, no harían falta las prisiones.

Criminólogos, no desesperéis porque nuestro momento, tarde o temprano, llegará. Como una vez advirtió Joan Manuel Serrat, “caminante, no hay camino; se hace camino al andar”; y a nosotros, todavía nos queda travesía.

 

Artículo escrito por Raquel García, criminologa y miembro del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid

LOS HIJOS DE SATURNO. Una mirada a los homicidios cometidos por menores

LOS HIJOS DE SATURNO

Una mirada a los homicidios cometidos por menores

Vanessa Jover Bustillo

Jurista y criminóloga, Magister iuris en Derecho Comunitario, colegiada número 000316
Coordinadora del Grupo de Trabajo Criminología Azul del CPCM

 

En la mitología romana el Dios Saturno devora a sus propios hijos representando el mito  que, según una profecía predijo, uno de sus hijos haría lo mismo y lo derrocaría, contrario  al síndrome de Medea, donde la figura materna asesina a su prole, fenómeno sociopatológico  poco frecuente, conceptualmente denominado filicidio, el cual designa la muerte del propio  hijo por parte del padre o de la madre.

En las últimas semanas nos ha sobrecogido un nuevo caso de violencia familiar cometido  por un menor. En la pedanía de Algoda, cerca de Elche, un adolescente asesinó brutalmente a sus padres y a su hermano pequeño para posteriormente encerrarse en su habitación durante tres días jugando a con videojuegos. El detonante fue una discusión a raíz de las  malas notas del menor homicida. La pregunta es por qué siguen ocurriendo estos terribles sucesos o qué está la sociedad actual haciendo mal. O el sistema en general en todas sus  esferas.

Un estudio llevado a cabo en España con menores condenados por homicidio arroja datos  muy reveladores con respecto a este tema: un 54% de aquellos que habían cometido un  homicidio padecía un trastorno de la personalidad o conducta antisocial, un 4% había  cometido el asesinato bajo los efectos de un brote psicótico y el 42% restante eran chicos y  chicas normales que vivían en familias aparentemente normalizadas. Piaget (psicólogo suizo del desarrollo célebre por sus estudios acerca de la forma en que los niños adquieren conocimiento sobre de la realidad) estableció que  es entre los 7 y los 10 años cuando aparece ese sentido de moral entre iguales, edad a la que  el niño ya puede tener conciencia de que tiene una responsabilidad sobre sus actos.

Mientras analizamos estos casos nos viene a la mente una pregunta ¿Existen niños  psicópatas? El caso Beth Thomas es bastante revelador. Esta niña fue diagnosticada con un  grave trastorno del apego, el cual se caracteriza por el desarrollo de la incapacidad de  establecer relaciones sanas, debido en este caso a la historia de abuso sexual y maltrato  sufrido por parte de su padre. El trastorno del apego precisa recibir atención psicológica  urgente, debido a la completa falta de empatía que manifestaba, que podría ser equiparable a  sociópata o psicopatía. Beth logró seguir una terapia adecuada y hoy en día es una mujer  adulta que desarrolla su vida de manera plena y madura.

¿Por qué mata un menor? ¿Qué factores pueden influir para este tipo de comportamientos?  Factores tales como el abandono, la pobreza o un hogar desestructurado. Hay estudios que  nos demuestran cómo determinadas condiciones de vida alteran las estructuras cerebrales  de un niño, de forma que el maltrato, por ejemplo, deja una huella perdurable en ese cerebro aún inmaduro que puede desembocar en determinadas conductas a veces violentas. Otro  aspecto del que nos hablan los psicólogos infantiles es el hecho de que algunos menores tienen un temperamento proclive a la violencia desde muy pequeños. Pero volviendo a nuestro caso del menor ilicitano no pertenecía a una familia desestructurada y como muchos  adolescentes se pasaba el tiempo jugando con la consola. Existe un nuevo vocablo denominado nomofobia, que es el miedo extremo o ansiedad a estar sin el móvil o Internet.

A nivel jurídico, recordemos que en España la mayoría de edad penal está establecida en los  18 años según el Código Penal. Concretamente, el artículo 19 dice que “los menores de  dieciocho años no serán responsables criminalmente”, aunque aclara que “cuando un  menor de dicha edad cometa un hecho delictivo podrá ser responsable con arreglo a lo  dispuesto en la Ley que regule la responsabilidad penal del menor”.

Fue clave en nuestra legislación la entrada en vigor de la Ley Penal del Menor 5/2000 de 4 de diciembre que aportó dos novedades principales: la responsabilidad civil del menor y la responsabilidad civil solidaria. Sus principales aspectos modificadores contemplan la posibilidad de alargar el tiempo de internamiento en los centros hasta cinco años como máximo y la posibilidad de que el delincuente continúe cumpliendo las medidas una vez cumpla los 18 años y sea mayor de edad. La Ley, tan criticada tanto por expertos como por la propia sociedad, tiene como objetivo final el sancionador o educativo; no se busca simplemente castigar, sino más bien  reeducar.

Pero hagamos un brevísimo repaso de algunos crímenes atroces que han sacudido a la sociedad española, óbice decir que no recoge el amplio historial de nuestros anales:

 

  • El Asesino de la catana

José Rabadán, el conocido como el asesino de la catana, asesinó a sus padres y a su hermana  con discapacidad en abril del 2000. Rabadán ingresó en prisión acorde a la normativa  vigente en ese momento que era la aplicable a los adultos. Posteriormente, fue condenado a  seis años de internamiento en un centro de menores y a otros dos de libertad vigilada. Quedó en libertad el 1 de enero del 2008. Hoy en día se encuentra reinsertado viviendo en Cantabria  con su familia. En particular este caso marca el comienzo de una nueva era recién aprobada  la ley del menor. Siete años más tarde en Catarroja (Valencia), un asesinato de características  similares: otro joven que asesinó también con una espada japonesa a sus progenitores. Tenía 21 en el momento de los hechos.

 

  • Las brujas de San Fernando

2000 fue sin duda fatídico para los anales del crimen en España, esta vez en San Fernando  (Cádiz) el 23 de mayo. Clara García era asesinada por dos compañeras de instituto cuya  única motivación era saber qué se sentía al asesinar a alguien. El caso fue conocido con el  citado sobrenombre ya que las culpables eran aficionadas al satanismo y cartas del Tarot.  Fueron condenadas a ocho años de internamiento más otros cinco años de libertad vigilada. Quedaron en libertad en 2006. Hoy en día permanecen en el anonimato.

 

  • Caso de cuádruple asesinato de Pioz

Una noche de septiembre de 2016, Patrick Nogueira, un ciudadano brasileño que vivía en  España con sus tíos y sobrinos, decidió asesinarles mientras retransmitía los asesinatos  mediante mensajes de móvil a un amigo en Brasil. Patrick tenía antecedentes por haber  herido gravemente a un profesor en su colegio a lo que fue condenado 45 días para realizar  trabajos sociales.

 

  • En Inglaterra – Caso James Bulger

Este caso conmovió al mundo. En 1993, James Bulger, un niño de dos años fue secuestrado,  torturado y asesinado por Jon Venables y Robert Thompson, ambos de 10 años. Los menores  fueron condenados a prisión hasta que cumplieran la mayoría de edad. Estuvieron recluidos de los 11 a los 18 años. Hay que recordar que en Reino Unido la edad legal estaba fijada a los 10 años pero volvió a elevarse hasta los 14. Décadas después Venables fue arrestado hasta  en dos ocasiones por posesión y difusión de material pornográfico infantil.

¿A qué edad se debería establecer la edad penal? ¿Qué marco legal tienen nuestros vecinos  europeos? Existen numerosas diferencias establecidas en los distintos países: desde los 18  en Bélgica y Holanda, a los 14 años en España y Alemania o los 10 en Suiza. En EE.UU, 33  Estados no tienen fijada ninguna edad mínima de responsabilidad penal, permitiendo  condenar a cualquier niño a penas de cárcel independientemente de su edad. La  intervención del ‘ius puniendi’ del Estado surge única y exclusivamente por un motivo: la  comisión de una infracción penal por los jóvenes, debiendo ir encaminada la reacción  jurídica a prevenir la comisión de futuras infracciones. En este sentido, la Ley Orgánica  reguladora de la responsabilidad penal de los menores, ha de ser considerada como una Ley  penal ya que:

  • Regula la responsabilidad penal de los menores por la comisión de hechos tipificados  como delitos o faltas en el Código Penal o las leyes penales especiales (art. 1.1).
  • Se deberá constatar la responsabilidad o culpabilidad del menor (que no es  inimputable) ya que el Juez en la elección de la medida deberá atender, aunque de  forma subsidiaria, a la prueba y valoración jurídica de los hechos. Esto implica  constatar la autoría del menor si el hecho cometido consiste en una falta, un delito  menos grave o un delito grave; y si es doloso o imprudente, ya que según sea  calificado el delito quedan excluidas por imperativo legal.
  • Los menores serán responsables, siempre que no concurra en ellos ninguna de las  causas de exención o extinción de la responsabilidad criminal previstas en el vigente  Código Penal (art. 5.1). A los menores les son aplicables las circunstancias que  eximen de responsabilidad criminal del art. 20 CP.
  • No se aplica a los menores de catorce años debiendo dar cuenta a la Entidad Pública  que tenga atribuida la competencia sobre menores en la Comunidad Autónoma de  que se trate para que adopte medidas tendentes a la reeducación y protección del  menor de 14 años que hubiera observado una conducta reprochable.
  • Tras la reforma de la Ley penal del menor por la LO 8/2006, de 4 de diciembre, se  suprime definitivamente la posibilidad contemplada en el art. 69 del Código Penal y  en el art. 4 de la LORRPM, de aplicar la legislación penal de menores a los jóvenes  comprendidos entre 18 y 21 años.

Desde el año 2010, cerca de 400 menores han sido procesados por delitos de homicidio, de  acuerdo con los datos que se recogen en el Registro Central de Sentencias de Responsabilidad Penal del Menores. Si continuamos con más cifras, alrededor del 75% no son delincuentes. Además, hay que considerar que las estadísticas indican que más del 90% no delinquen  cumplidas las penas. Nuestro sistema penal del menor debe experimentar reformas en la  ejecución de medidas. No se trata de imponer penas y medidas más duras, sino de llevar a cabo una labor ardua en la ejecución de las mismas entre todos los actores intervinientes.

 

BIBLIOGRAFIA DE REFERENCIA

  • Ley Orgánica de Responsabilidad del Menor 5/2000.
  • Arrington, D., Loeber, R. y Berg, M. (2012). Young men who kill: A prospective Longitudinal  Examination from Childhood. SAGE publicaciones. Pérez Oliva, M. (2008).
  • Libro biográfico escrito por Ralph Bulger: The Heart-rending story of my James.
  • Child of Rage. Documental basado en la historia de Beth Thomas.
  • Mi hijo y las nuevas tecnologías, Javier Urra, 2011. Editorial Pirámide.
  • Película: Tenemos que hablar de Kevin, 2011. BBC Films.

Vulnerabilidad del espacio aéreo frente a tráficos ilícitos

Vulnerabilidad del espacio aéreo frente a tráficos ilícitos

 

  1. ANTECEDENTES

Los drones se consideran los primeros en volar, fueron los primeros vehículos aéreos no tripulados de la Historia. Esconden su origen en los llamados ‘torpedos aéreos’. En 1849 ya fueron utilizados por el ejército austriaco contra Venecia: les lanzaron globos con explosivos desde un barco. Durante la Primera Guerra Mundial su objetivo se fundamentaba en guiar los explosivos hasta un objetivo. Tras la guerra, los británicos lo utilizaron para el entrenamiento de las fuerzas de artillería. Se fabricó el ‘DH.82B Queen Bee’, lo que significa abeja reina, y de lo que se piensa que se derivó a llamarlo drone (zángano). También eran utilizados para tareas de reconocimiento, entre otras. Actualmente llevan un control de calidad del aire, representación cartográfica, aplicaciones agrícolas, hidráulicas y muchas funciones más.

Según el Sott, signs of the times, en un artículo publicado en 2018, en México los drones son considerados el nuevo ejército del crimen organizado. Son útiles para el tráfico de drogas, para atravesar las fronteras, atentados terroristas, recopilación de información valiosa en áreas estratégicas del gobierno y vigilancia para la trata de personas. Los drones están despuntando en los principales grupos mexicanos del crimen organizado. La oficina de Comunicación Social de Sinaloa, Los Zetas y el Cártel Jalisco Nueva Generación calculan que entre los años 2012 y 2017 se efectuaron aproximadamente unas 850 incursiones a Estados Unidos.

Son utilizados para el uso del contrabando y situar a las patrullas fronterizas para el cruce ilegal. Estos drones hacen que se pierda efectividad de la capacidad de respuesta de las autoridades. También pueden utilizarlo para el contrabando directo, desde 1 hasta 6 kilogramos o introducirlo a las prisiones.

 

  1. ANÁLISIS DE LA PROBLEMÁTICA

Vivimos en una nueva era, una era más flexible, opaca, transnacional y con una capacidad de adaptación y de recuperación, así como características de movilidad marcadas por una continua evolución. España, al ser un país que ocupa un lugar estratégico de paso debe transformarse y formarse en los nuevos desafíos que nos aporta esta evolución. Todo ello se hará tal y como establece el Departamento de Seguridad Nacional, a través de una adecuada cultura de Seguridad Nacional.

El ‘modus operandi’ es muy variado: va desde la vigilancia de patrullas fronterizas, para dar paso a grupos de personas; tráfico ilegal de estupefacientes, transfronterizo, e incluso a las prisiones. Puede servir para atentar en zonas hacinadas como conciertos o para eliminar a personajes públicos. También es una herramienta útil para el espionaje tanto de bases militares, centrales nucleares, como un simple robo con fuerza (el dron puede dar información al ladrón de que no hay nadie en casa).

Tal y como establece el Ministerio del Interior, se hace necesario contar con una lista de áreas de mayor riesgo para analizar determinadas medidas de mitigación que parezcan las más adecuadas. En primer lugar habrá que establecer una representación de la frecuencia de ocurrencia de cada tipo de suceso adaptado al volumen de operaciones que se registran en España, considerándose solo los más graves, se tendrá en cuenta que sea grave-mayor-significativa. A continuación se deben estudiar esas áreas de mayor riesgo para minimizar las posibles incursiones o que pueda cometerse algún acto delictivo a través de las nuevas tecnologías como los drones.

 

  1. RECOMENDACIONES OPERATIVAS
  • Utilizar los medios incautados para reaccionar contra la criminalidad.
  • Revertir las capacidades policiales operativas de estas aeronaves no tripuladas.
  • Dotarlas de cámaras de alta definición, vigilar las costas y fronteras, grabar actos delictivos, control y seguimiento en investigaciones policiales, búsqueda de personas, de indicios probatorios, y demás.
  • Vigilancia de las vallas fronterizas para evitar que nuestros agentes sean atacados con piedras o cualquier objeto que pueda dañarlos.
  • Anticiparse a las autoridades que todavía no han podido personarse en el lugar del delito para informar del número de personas; si van, o no armadas; el número de víctimas; y en general para informar de los hechos.
  • Desplazarse desde la llamada de emergencias hasta el lugar de los hechos y grabar todo lo que acontezca.
  • Establecer un sistema que identifique estos objetos voladores para poder proteger información importante que pretenda ser usurpada.
  • Estudiar un sistema de inhibición que impida al drone llegar a su cometido.
  • Estudio de identificación, control y seguimiento de los vehículos aéreos no tripulados.

 

  1. CONCLUSIONES

Los drones están revolucionando la forma de delinquir, haciendo más difícil su vigilancia e impedimento. Se hace indispensable el control de estos vehículos aéreos no tripulados, por el gran riesgo que conllevan y la trascendencia de los mismos. Se hace necesaria la actuación de personal con formación en informática, ciberespionaje, ciberguerra y sistemas operativos.

Además, podemos utilizarlo en nuestro beneficio, lo cual reduciría considerablemente los tiempos de respuesta, daría información adicional del delito antes de la llegada de los agentes, podría hacer seguimientos silenciosos. Tareas de vigilancia, control, seguimiento, entre otras, que nos permitan proteger tanto al Estado como a sus ciudadanos.

 

  1. BIBLIOGRAFÍA

Departamento de Seguridad Nacional (2017). Estrategia de Seguridad Nacional 2017: Un proyecto compartido. Madrid: Ministerio de Presidencia.

Heras Almagro, A. (2017). Diseño de un vehículo aéreo no tripulado multipropósito. Universidad Politécnica de Cartagena, Cartagena (Murcia).

Reyez, J. (2018). México: Drones, los nuevos ejércitos del crimen organizado. Sott, Signs of the times. Recuperado de https://es.sott.net/article/61600-Mexico-Drones-los-nuevos-ejercitos-del-crimen-organizado.

 

Artículo elaborado por Tamara Sánchez Morales, criminóloga colegiadas pertenecientes al Grupo de Trabajo de Victimología en Delitos Violentos

Criminología del Deporte y Fraude: ¿por qué no funcionan las leyes para evitar los amaños deportivos?

Introducción: Criminología y deporte

Aunque pueda parecer contraintuitivo, lo cierto es que la Criminología y el deporte tienen una relación larga. Como otras ciencias sociales, la Criminología ha contado con el deporte como actor social, tanto en intervenciones sobre poblaciones en riesgo, como también lo ha hecho para contar con la función socializadora y de factor protector en cuanto a promover la inclusión y la reinserción social.

Pero, tradicionalmente, al igual que el Derecho Penal, la Criminología ha pasado de puntillas por todos aquellos aspectos negativos del deporte y su práctica: violencia, delincuencia de cuello blanco, desviación social y delitos de fraude y amaño deportivo.

En estas líneas se hará un acercamiento al delito de las apuestas y los amaños de partidos desde la perspectiva criminológica, haciendo especial énfasis en las razones por las que, a veces, esta clase de legislación no funciona y en cómo podría prevenirse con herramientas criminológicas.

Criminología del Deporte

La Criminología del Deporte es una disciplina que estudia el deporte y su entorno desde la perspectiva criminológica. Entendemos que el deporte puede ser tanto un factor protector como un elemento que facilite la comisión de actos desviados o delictivos. Aunque la visión predominante es la del deporte como nexo de unión y como vehículo para la inclusión y el acercamiento de personas y comunidades, no podemos ignorar que también se producen actos de violencia (física o verbal) o delictivos no violentos (dopaje, fraude deportivo, amaños). Esta faceta es la menos analizada, puesto que es común en la disciplina criminológica el emplear el deporte como herramienta para la prevención e intervención en distintos tipos de comunidades e individuos.

En los últimos tiempos han empezado a aparecer noticias en la prensa que nos informan de operaciones contra el amaño de partidos en el fútbol español. Pese a no ser sucesos de reciente aparición en el deporte, últimamente están saliendo a la luz varias investigaciones al respecto. Se trata de una conducta punible tanto por el Código Disciplinario de la RFEF (en su art. 75) como por el Código Penal (art. 286 bis).

Mas lo cierto es que el artículo 286 bis del Código Penal español es uno de los que envían a pocas personas al banquillo de los acusados. Y la regulación en el Código Disciplinario federativo tampoco es de frecuente aplicación. ¿Por qué siguen apareciendo casos? ¿Cómo es que la regulación no evita que se produzcan estos sucesos? ¿Cómo es que los casos recientes parecen involucrar a grupos organizados? La criminología puede darnos algunas claves para entenderlo.

Algunas normas no funcionan para prevenir la aparición de conductas típicas porque no cumplen todos los requisitos que una ley debe tener para tener un máximo de efectividad: certeza y celeridad del aprehendimiento y castigo, y proporcionalidad de las penas (premisas de la Escuela Clásica de Criminología). Esto es, como los presuntos delincuentes perciben que es difícil que les descubran, juzguen y condenen, les puede parecer poco arriesgado el cometer las acciones tipificadas (presupuestos del Enfoque de la Elección Racional).

Además, tenemos el hecho de la longevidad de la carrera deportiva y la desigualdad salarial, que podría llevar a quienes se ven en una escala salarial inferior a intentar resarcirse del “agravio” percibido “complementando” su salario con esta clase de prácticas (Teoría de la Anomia). Y esta es la razón por la que siguen, y seguirán, apareciendo casos de amaños de partidos que llegarán a los juzgados.

¿Por qué en grupo? Probablemente debido al incremento de probabilidades de triunfo de la estratagema del amaño, de un lado; y, también, podría tener relación con el factor de control social – esto es, personas que comparten objetivos y situación se unen para lograr objetivos juntos sin censurarse entre ellos (Teoría de la Asociación Diferencial y Teoría de las Subculturas) –. El actuar en grupos, además, permite difuminar la responsabilidad y proporciona más mecanismos de justificación (Teoría del Control Social y Teoría del Autocontrol).

Hasta aquí hemos podido ver, sin profundizar en exceso, cómo podríamos realizar un acercamiento desde la perspectiva criminológica al fenómeno del amaño de partidos, en aras de comprender por qué sucede que deportistas puedan llegar a participar en estos actos delictivos.

 

Fraude deportivo desde la perspectiva criminológica: prevención e intervención

¿Qué puede hacer la Criminología en cuanto al fraude deportivo?, puedo oír que se me pregunta. Pues bien, lo cierto es que, como hemos visto, un criminólogo puede ayudar a explicar por qué la legislación y herramientas actuales no logran prevenir ni erradicar el fenómeno del fraude deportivo, de los amaños de partidos.

¿Y, tras entender los motivos por los que siguen apareciendo casos de supuestos amaños, podríamos aportar herramientas criminológicas de prevención o de intervención? La respuesta es que sí. Las opciones pasarían por:

  • Educación y formación a formadores, deportistas, entrenadores y gestores deportivos
  • Estudio de caso y establecimiento de factores de riesgo y de protección en relación a esta clase de delitos
  • Trabajo de reinserción social con personas condenadas
  • Concienciación
  • Colaboración con clubes, federaciones y entidades deportivas en detección y prevención de amaños deportivos
  • Establecimiento de la figura del criminólogo como Compliance Officer

 

Podría parecer poco intuitiva la relación entre deporte y Criminología, como lo puede parecer la relación entre derecho penal y deporte. Pero no tiene por qué ser así. Como hemos podido ver la, Criminología nos puede ofrecer tanto explicaciones para entender por qué se producen delitos alrededor del deporte; como también nos puede ayudar a prevenir e intervenir sobre la conducta delictiva del amaño de partidos.

 

 

Bibliografía:

Crimipedia, “Escuela Clásica”, disponible en http://crimina.es/crimipedia/topics/escuela-clasica/

Crimipedia, “Teoría de la elección racional de Cornish y Clarke”, disponible en https://www.elconfidencial.com/deportes/futbol/2019-05-29/amanos-partidos-corrupcion-futbol-espanol-detenciones_2040858/

Crimipedia, “Teorías del Control Social”, disponible en http://crimina.es/crimipedia/topics/teorias-del-control-social/

Derecho Deportivo España (2018), “Las sanciones por el amaño de partidos”, disponible en http://sportslaw.es/las-sanciones-por-el-amano-de-partidos/

López-Fonseca, O y J Moñino, L (29/05/2019), “El amaño de partidos llega a Primera”, disponible en https://elpais.com/deportes/2019/05/28/actualidad/1559029069_028818.html

Marin, K (29/05/2019) “’Hay futbolistas que están pasando hambre’ Así funciona el amaño de partidos en España”, disponible https://www.elconfidencial.com/deportes/futbol/2019-05-29/amanos-partidos-corrupcion-futbol-espanol-detenciones_2040858/

Pérez Arias, JC (2018) “El problema de los amaños en el moderno derecho penal español”, Trabajo de Final de Grado, Universidad de Cádiz. Disponible en https://rodin.uca.es/xmlui/bitstream/handle/10498/20708/TFG%20MAYO%20ENTREGA%20OFICIAL.pdf?sequence=1&isAllowed=y

Sanz,J(2019)“Teoría de la Anomia”, disponible en https://www.laescenadelcrimen.com/crimen/teoria-de-la-anomia/

 

 

Por Helena García Amo, criminóloga, colegiada en el Colegio de la Criminología de la Comunidad de Madrid y miembro del Grupo de Trabajo Criminología en el Deporte.

 

La hipnosis de la autopista

La conducción de un vehículo de motor es una tarea compleja. Una tarea “de control de un mecanismo móvil en un entorno sometido a continuo cambio” (Castro, Duran, y Cantón, 2006), en el que se realizan de manera simultánea varias tareas, que exigen una gran concentración con un considerable gasto de energía.

Un proceso de automatización de tareas que con el aprendizaje desarrollamos, fruto también de la experiencia de la vida cotidiana. La atención juega un papel muy importante de control y supervisión durante la conducción. (Trafico, 2018).

“La conducción también ha sido definida como una tarea automática y autorregulada”. Y desde la psicología cognitiva, como “un proceso activo de búsqueda por medio del cual de selecciona y transforma la información” (Castro et al. (2006).

Carl Benz afirmaba a principios del siglo pasado que el mercado automovilístico sería un mercado limitado, pues “no iba a existir más de un millón de personas en todo el mundo capaces de ser entrenados como chóferes”. La realidad, como todos sabemos, es muy diferente. Hay millones de conductores que gracias al automóvil tienen la posibilidad de ir de un lado a otro de forma autónoma. El automóvil ha proporcionado al ser humano una gran independencia y libertad de desplazamiento cuando Carl Benz hizo esa predicción. (Tráfico, 2018).

Debemos saber que la atención necesaria para una conducción segura es diferente entre los conductores noveles y los conductores experimentados. En los primeros, la atención está muy focalizada en los mecanismos de control del vehículo y en el entorno. En los conductores más experimentados la atención está dividida en diversas tareas. Aprender a conducir es, por lo tanto, un proceso controlado. (Tráfico, 2018).

A todos nos ha pasado alguna vez que no recordamos lo que ha sucedido en cada momento de la conducción. Podemos decir que se ha conducido de forma insegura y se ha descuidado la conducción, y muchas tareas relacionadas con la conducción las hemos realizado de forma automática.

Según la Dirección General de Tráfico. en el año 2018 se produjeron en España 102.299 accidentes de tráfico con víctimas. Accidentes en los que perdieron la vida 1.086 personas y otras 138.609 resultaron heridas, de las cuales 8.935 requirieron ingreso hospitalario. Estas cifras son definitivas contabilizadas a 30 días y producidas tanto en vías urbanas como en vías interurbanas. Cifras que a pesar del descenso con respecto al año anterior, 24 menos, resultan inaceptables para nuestra sociedad y que suelen pasar desapercibidas.

La epidemia de ébola de 2014 originó en España una gran alarma social, produjo infinitas portadas de periódicos, además de la gran preocupación que embargó a la mayoría de los españoles. Y eso que sólo hubo cuatro casos de contagio de los que fallecieron, desgraciadamente, dos personas. En cambio durante el año 2016 se registraron 1.126 muertes por accidentes de tráfico (un porcentaje infinitamente mayor que las muertes que produjo el ébola) y no generaron la misma alarma que el ébola. Está claro que, a pesar de las muertes que ocurren cada año en la carretera, no hay muchos conductores que tengan un temor especial a conducir. ¿Cómo es posible que el virus del ébola tuviera tanto impacto social y que los accidentes de tráfico nos dejen indiferentes? Solo hay una razón que responda a esta pregunta: nos hemos desensibilizado ante estas desgracias. Aunque debemos tener muy en cuenta que dejar de percibir un riesgo no significa, ni mucho menos, que haya desaparecido (Tráfico, 2018).

El director general de Tráfico, Pere Navarro, afirma “que hay que implementar medidas que verdaderamente supongan un freno a la accidentalidad”. El descenso de la accidentalidad coincide con un aumento de los desplazamientos por carretera, quizás motivado por la recuperación económica que ha hecho también aumentar la venta de vehículos y el aumento de la expedición de permisos de conducir.

La mayoría de los accidentes con víctimas se localizan en ciudad. En las vías interurbanas las consecuencias de los accidentes de tráfico y su gravedad son mayores debido a la velocidad y, por lo tanto. donde se produce un mayor número de fallecidos. En el año 2018 aumentaron en autopista y disminuyeron en las carreteras convencionales a pesar de que siguen siendo las vías más peligrosas y donde se producen el mayor número de accidentes con víctimas.

Del análisis de los datos estadísticos podemos extraer lo siguiente: el 44% de las víctimas de accidentes de tráfico, muertos y heridos se han producido en vías interurbanas y el 56% en vías urbanas. El 75% de víctimas mortales se produjeron en carreteras y el 25% en zona urbana. La mayor parte de los accidentes en vía interurbana es por salida de la vía, es lo que los americanos denominan “accidente en solitario”. Este tipo de accidente se atribuye generalmente a la somnolencia y se produce en autopista y autovías y podría incluirse también dentro del fenómeno que estamos estudiando.

Contrario a lo que pudiéramos pensar, las autovías y autopistas pueden llegar a ser el enemigo número uno del conductor a pesar de ser las vías más seguras. En este tipo de carreteras se produce el fenómeno que se conoce como “la hipnosis de la autopista” y que se puede definir como “un estado psicofisiológico y de conducta caracterizado por manifestaciones de adormecimiento y lapsos de atención que se producen precisamente durante la conducción prolongada de un vehículo de motor por entornos altamente seguros y conocidos”. Este fenómeno suele ser confundido con los accidentes producidos por el sueño o por la fatiga. (Tráfico, 2018).

No hay que confundirlo con la ocurrencia de microsueños, que son periodos de apnea que duran pocos segundos durante la conducción en los que el conductor se queda dormido al volante y es capaz de conducir. Esto se debe a la experiencia y a la automatización de tareas. Además, cuando el conductor se despierta no recuerda haberse quedado dormido, por lo que estos microsueños suelen pasan desapercibidos.

La conducción puede ser una actividad que llega a ser monótona, sobre todo cuando tenemos cierta experiencia en la conducción o conducimos por carreteras conocidas. Asimismo, hoy en día disponemos de muchos dispositivos de ayuda a la conducción que favorecen la aparición de la monotonía, del sueño y del fenómeno que estamos analizando.

En las autopistas y autovías el conductor reduce considerablemente su nivel de atención. Una conducción automática en la que el conductor sólo necesita feedback visual y cinestésico. Además un conductor experimentado tiene automatizado una serie de tareas relacionadas con la conducción como pueden ser, mirar los espejos retrovisores, mover el volante para tomar las curvas o corregir la trayectoria del vehículo, cambiar de marchas, mantener una conversación, etc.

Pues bien, cuando circulamos por una autopistas o autovías disminuye nuestro nivel de atención, disminuye el nivel de activación, que es demasiado bajo, y la eficacia en la ejecución puede llegar a ser pobre, se pierde información, se cometen más fallos, por ejemplo, no se detectan algunas señales de circulación. Además, circulamos por una vía con un buen asfalto, rectas muy largas, con pocos estímulos exteriores cambiantes, a lo que hay que añadir como decíamos anteriormente los dispositivos instalados en nuestros vehículos que facilitan la conducción. Es decir, el conductor entra en un estado hipnótico y debido a la experiencia es capaz de conducir de manera automática hasta que se produce el accidente de tráfico, un alcance o una salida de vía, generalmente accidentes que se caracterizan porque no existen huellas de frenado o si existen estas se encuentran antes de la colisión.

También hay otro fenómeno similar a la hipnosis de la autopista denominado “la hipnosis de la carretera”, “y que puede producirse con mayor facilidad por la noche debido a la dificultad de ver los contornos con nitidez y la posible aparición de manchas oscuras, sombras originadas precisamente por la movilidad de los haces luminosos de los vehículos” (Tráfico, 2018).

Los síntomas de la hipnosis de la autopista pueden ser similares a los que presenta una persona cuando se encuentra en trance hipnótico. Se han publicado varios estudios acerca del fenómeno. En los años 40 fue G. W. Willians, quien acuñó el término de hipnotismo de la carretera. También se identifica con un estado de inatención, resultado de la fatiga y de la monotonía incluso puede ser debido al alguna enfermedad, a un hiperinsulinismo funcional, intoxicaciones, etc. Y a partir de los años 80 ha sido definido como un estado resultante de la actividad del patrón de movimiento durante la conducción (Cerezuela et al, 1999).

Si bien los primeros estudios afirmaron que se trataba de un estado de adormecimiento del conductor que circulaba por carreteras monótonas y altamente predecibles como pueden ser las autopistas y las autovías, sin olvidar algunas carreteras convencionales con dos carriles para cada sentido de la circulación y también aquellas carreteras altamente conocidas y por las que el conductor circula habitualmente. En estos casos el conductor percibe su estado como de adormecimiento. Permanece en su asiento con las manos en el volante y mirando fijamente al frente, con una mirada inexpresiva viciosa, que son características físicas del fenómeno, además con una aparente pérdida de la consciencia aunque el conductor parece estar atento a la conducción. Sin embargo hay una pérdida de conciencia, la conducción se realiza de forma autónoma por eso a veces no se recuerda el trayecto realizado (Cerezuela et al. 1999).

Amnesia que alguna vez hemos experimentado cuando conducimos un vehículo, incluso algunos afirman haber tenido alucinaciones (“desperté cuando vi un trasatlántico en la carretera afirmaba un conductor profesional”). En este fase el conductor es perfectamente capaz de realizar la tarea de conducción. “Es muy probable que bajo este estado se verán mermadas ciertas habilidades y funciones psicológicas fundamentales para un adecuado desempeño de la conducción, de ahí el aumento de la probabilidad accidente” (Cerezuela et al. 1999).

Existen tramos de vías en los que puede aumentar o disminuir el nivel de alerta del conductor, sobre todo cuando se prolonga la conducción en el tiempo más allá de las dos horas. Aumentará cuando comenzamos el viaje para posteriormente disminuir y pasar a una fase posterior de incremento o recuperación y después a un posterior descenso.

Los periodos de conducción consecutiva no deberían de superar las dos horas y media para posteriormente descansar 25 minutos ya que el descanso aumenta el nivel de alerta del conductor. La velocidad constante disminuye el nivel de alerta, por lo que se recomienda aumentar y disminuir la velocidad, si las condiciones del tráfico lo permiten. Se puede circular a 100 km/h durante un tiempo y posteriormente aumentar a 120 km/h. De esta forma se reduce el impacto negativo sobre el nivel de alerta del conductor.

Otras características de este fenómeno son las siguientes: la experiencia como conductor, circular por una autovía o autopista, escasos estímulos ambientales, los puntos brillantes de fijación, los movimientos del vehículo de balanceo y cabeceo, la música monótona, el mismo asfalto, la escasa señalización. Elementos que hacen que el conductor entre en un estado de trance.

Según Willians (citado por Cerezuela et al. 1999), “ciertos accidentes de tráfico pueden ocurrir porque el conductor está hipnotizado, ya que está sujeto a un patrón de estimulación altamente eficiente para la inducción de un trance o estado hipnótico”. Este autor afirma que se trata de un estado auto inducido.

Para concluir, añadir que si queremos reducir los accidentes de tráfico nos debemos de centrar en la prevención primaria que debe basarse en la formación inicial y continua de todos los conductores. La reducción de los accidentes de tráfico no se conseguirá solo con la persecución penal o administrativa, o con carreteras y vehículos más seguros, es necesario centrarse en el factor humano como responsable de sus decisiones.

 

 

Un artículo de Ricardo Calderón Rodríguez, criminólogo y miembro del Grupo de Trabajo de Criminología Vial del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid

 

 

 

Bibliografía

 

Castro, C., Duran, M., & Cantón, D. (Julio de 2006). Boletín de Psicología,. (87), 35-60.

Cerezuela, G. P., Chisvert Perales, M., & Monteagudo Soto, M. (1999). El Fenómeno de la Hipnosis de la autopista: origen y evolución histórica de su conceptualización. Revista de Historia de la Psicología, 20(3-4), 83-94.

Intras. (s.f.). Proyecto alerta factores y estrategias de intervención sobre el nivel de alerta en autopistas. Valencia: Intras.

Tráfico, D. G. (2018). Cuestiones de Seguridad Vial. Madrid: Dirección General de Tráfico.

Tráfico, D. G. (2018). Psicología aplicada a la conducción. Madrid: Dirección General de Tráfico.

Wertheim, A. H. (1978). Explaininng highway hypnosis: experimental evidence for the role eye movements. Accident Analysis and Prevention. (129), 111-129.

Españolas en el Daésh

Hace poco más de seis meses que la periodista de El País Natalia Sancha localizó en el campo de detención de Al Hol, al noroeste de Siria, a tres ciudadanas españolas y una tercera de origen marroquí, pero con residencia también en España.

Y. Martínez Cobos (34 años), L. Fernández Grande (30), y L. Fares (40) viajaron desde España junto a sus maridos a tierras sirias en 2014 y hasta entonces han sobrevivido a la caída territorial de Dáesh. Su última localización en tierras sometidas por los terroristas fue Baguz, último reduzco del Estado Islámico entre la frontera de Siria con Iraq. A ellas se suma la localización de una cuarta española, L. Miludi (26), joven de Ceuta que, tras radicalizarse a través de Internet, viajó a finales de 2015 a Siria, donde se casó con un yihadista francés y tuvo un hijo.

Martínez tiene cuatro hijos y es la única cuyo marido está con vida en una de las prisiones custodiadas por las milicias kurdas. Fernández tiene otros cinco hijos –uno de ellos recién nacido–, además de tener bajo su tutela a otros cuatros menores, huérfanos de la segunda mujer de su marido, muertos en Siria. Por su parte, Fares, nacida en Casablanca, tiene a su cargo con tres menores, dos de ellos nacidos en Madrid.

Las cuatro, con los menores a cargo, han malvivido hasta hace unos meses en unos de los mayores campos de detención para familias del Dáesh en el noroeste de Siria: Al Hol. Los últimos datos referidos sobre Al Hol cuentan que hay casi 50.000 menores acompañados por cerca de 20,000 mujeres, y unos 3,000 ancianos. Todos ellos hacinados, en unas condiciones de salubridad extremas y con una violencia insólita, pero cierta, entre grupos de mujeres yihadistas de distintas nacionalidades.

Según fuentes periodísticas, tras la recién emisión de órdenes de detención contra las cuatro mujeres por parte de la Audiencia Nacional española dos de ellas han sido trasladadas al campo de AlRoj (en el norte, junto a la frontera sirio–turca) para, llegado el momento, repatriarlas a España vía Estambul.

En la actualidad, todos estos campos son zonas controladas por las milicias kurdo-árabes y, hasta la marcha del ejército de Estados Unidos de la zona, también eran controladas por las fuerzas aliadas de la coalición internacional contra el Dáesh.

Las mujeres no piensan que el Estado español las pueda juzgar como terroristas en caso de volver a tierras españolas; admiten que su única vinculación hacia el Dáesh es a través de sus maridos. que las hicieron cruzar la frontera turca hacia tierras del autocalifato de Al Bagdadi mediante el engaño de ir a una vida mejor. En estos cinco años repiten que su única actividad ha sido la del cuidado de sus hijos y defienden su vida en tierras sometidas por los terroristas, haciendo alusión a que jamás han visto una decapitación pública o hecho alguno violento hasta llegar a Baguz, en donde fueron sometidas a intensos bombardeos.

Fuentes kurdas precisan que hay que ir con cautela al respecto de las españolas y el resto de mujeres custodiadas en estos campos de detención puesto que muchas de las que se presentan al mundo como víctimas del engaño de sus maridos han tenido un papel fundamental en la esclavización sexual de las mujeres y menores yazidíes. Igualmente, el propio Dáesh declaró, a diferencia de otros grupos de etiología yihadista, que las mujeres estaban igualmente obligadas a tomar las armas.

A falta de un acuerdo común entre los países europeos para crear un tribunal que juzgue a sus personas nacionales implicadas en el Dáesh, los países se enfrentan a la dificultad sobre la persecución penal de los hechos, el riesgo potencial para la seguridad que supone repatriar a estas personas y el impacto humanitario debido a la presencia de menores. En este contexto, países como Alemania y Francia han comenzado ya a repatriar a sus nacionales menores huérfanos.

A día de hoy, tras el anuncio del presidente estadounidense de retirar las tropas del norte de Siria, se abre un nuevo escenario para estas mujeres y para el resto de seguidores de Dáesh en los distintos campos sirios. Tras la retirada estadounidense, los turcos no han tardado en avanzar militarmente contra los kurdos en el norte de Siria. Por otro lado, los kurdos han alcanzado un pacto con el ejército leal a Bashar Asad (lo que conlleva el apoyo de Irán y Rusia, aunque estos hayan admitido estar a la espera de acontecimientos) para intentar avanzar y contener al ejército turco.

Con esta situación, estamos ante lo que puede ser el resurgir territorial de Dáesh. De hecho, cerca de un millar de mujeres y sus menores, todas ellas seguidores del Estado Islámico, han conseguido huir del campo de detención de Ain Issa, en el norte de Siria. En relación al campo de Al Hol, fuentes kurdas afirman que desde que Turquí comenzó con sus operaciones militares ha habido fugas, amenazas, ataques y convocatorias abiertas de levantamiento.

En los últimos meses, el seguimiento de estas mujeres por parte del Gobierno español ha sido absoluto desde distintos Ministerios. Se conoce que tanto los maridos como las mujeres y los niños mayores de cinco años recibieron entrenamiento religioso e instrucción militar durante tres meses en el autoproclamado califato. Además, dentro del campamento Al Hol casi todos los residentes siguen las estrictas reglas establecidas por el Estado Islámico, conocida como Hisba desde la llegada de los familiares del Dáesh, enfrentando así azotes, palizas o la muerte por violar alguna de sus normas. La propia periodista Natalia Sancha refiere que se percibe en el campamento “como un ‘mini califato’ dominado por mujeres”.

Atendiendo a las circunstancias citadas, se debe tener prudencia al respecto de la evaluación de estas personas que han normalizado determinadas situaciones de violencia extrema y están educando a sus hijos bajo los ideales del Dáesh.

Por ello, se torna imprescindible afrontar la situación con responsabilidad desde el poder ejecutivo, atendiendo de forma especial al interés superior de los menores. Y, con coherencia jurídica, que cumpla con todas las garantías procesales y constitucionales. En cualquier caso, un verdadero reto para el Estado español. ¿Contarán para ello con criminólogos?

 

 

 

Referencias

Natalia Sancha, publicaciones realizadas en el periódico El País. Marzo – Octubre 2019 https://elpais.com/autor/natalia_sancha/a/

 

Artículo escrito por:
Ramón M Chippirrás
Patricia Martín García

Criminólogos miembros del Grupo de trabajo sobre Prevención del Terrorismo del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid

 

Víctimas de delitos violentos: una perspectiva criminológica

El pasado 9 de abril los miembros del grupo de trabajo de Victimología en Delitos Violentos del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid (CPCM) tuvimos el placer de compartir una charla en la Universidad Pontifica de Comillas. Allí, pudimos exponer a los alumnos del segundo curso del Grado en Trabajo Social la visión de los criminólogos en el ámbito del tratamiento a víctimas, así como expresar la necesidad de establecer relaciones entre ambas disciplinas para lograr un equipo multidisciplinar que garantice una asistencia victimal suficiente e integral. A través de una serie de diapositivas, que titulamos ‘Víctimas de delitos violentos: Una perspectiva criminológica’, intentamos explicarles la situación actual en el ámbito de la asistencia y el apoyo a víctimas, y la problemática con la que nos habíamos topado al inicio de nuestra investigación.

De esta manera, por un lado, hablamos sobre la base legislativa sobre la que hemos apoyado nuestro análisis, y por otro, expusimos los objetivos que se han marcado para esta primera aproximación. En cuanto a la base legal, consideramos vital conocer la legislación europea de la que emana la legislación nacional en materia de apoyo y asistencia a víctimas. Estas son la Directiva europea 2012/29/UE, Ley 4/2015 del Estatuto de víctimas del delito y el Real Decreto 1109/2015.

Además de esta legislación general, la coordinadora del grupo, Mª Carmen Bernal Pérez (Trabajadora social, criminóloga y docente en el Grado de Trabajo Social y Doble Grado de la Universidad Pontificia de Comillas), aprovechó la exposición para profundizar en otros aspectos legales más afines a la disciplina del trabajo social: Ley 35/1995, de 11 de diciembre, de ayudas y asistencia a las víctimas de delitos violentos y contra la libertad sexual. Por otro lado, recalcamos la necesidad de componer una definición de delitos violentos que abarque todos los supuestos que, a nuestro juicio, actualmente no se contemplan, ni en el Código Penal español ni en las legislaciones accesorias donde se hace referencia al ámbito del tratamiento de la víctima.

Por tanto, para crear una definición de lo que consideramos un delito violento nos hemos guiado por la definición de violencia y la definición de violento/a según la R.A.E. y la definición de delitos violentos de Ignacio Pérez Macías (abogado y profesor de la Universidad Carlos III de Madrid). Tras estas revisiones iniciales, concluimos que el objetivo general debe ser el conocimiento de la respuesta institucional de la Administración General del Estado para la atención y evaluación de las víctimas de delitos violentos con el fin de realizar un decálogo completo sobre el funcionamiento de dichas instituciones. Para ello es necesario el estudio y la valoración de la institución pública encargada del apoyo y asistencia a víctimas, las OAV, en cuanto a su funcionamiento, su estructura, competencias y contenido.

También tiene que ser un objetivo importante el insistir en la importancia de no separar el nexo teórico que une a víctima y agresor, y que constituye un factor clave para el estudio y la prevención del delito, la criminodinamia. Sin perjuicio de la separación física entre víctima y agresor o de cualquiera que fuera la medida judicial de protección que se impusiera.

Aprovechamos este espacio, para agradecer una vez más a los alumnos del segundo curso del Grado en Trabajo Social, por su atención, y a la Universidad Pontificia de Comillas por la oportunidad de compartir su espacio con los miembros del Grupo de Victimología en Delitos Violentos del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

 

Alicia Muñoz García, graduada en Criminología por la UEM, Máster en Perfiles Forenses de Peligrosidad Criminal por la URJC, Máster en Comportamiento No Verbal y Detección del Engaño por la UDIMA y Miembro del Grupo de Victimología en Delitos Violentos del CPCM.

Adrián Carmona Caballero, graduado en Criminología por la URJC y miembro del Grupo de Victimología en Delitos Violentos del CPCM.

 

  BIBLIOGRAFÍA:

ESPAÑA. “Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito”. BOE núm. 101 de 28 de abril de 2015.

ESPAÑA. “Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal”. BOE núm. 281, de 24 de noviembre de 1995.

ESPAÑA. “Real Decreto 1109/2015, de 11 de diciembre, por el que se desarrolla la Ley 4/2015, de 27 de abril, del Estatuto de la víctima del delito, y se regulan las Oficinas de Asistencia a las Víctimas del Delito”. BOE núm. 312, de 30 de diciembre de 2015, páginas 123162 a 123181.

GUARDIOLA, J. et. al. (2012). “El informe Criminológico forense”. Editorial Tirant Lo Blanch – Monografías. ISBN: 9788490047576.

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. (2018). “Violencia”. En Diccionario de la lengua española (22.a ed.). Recuperado de: https://dle.rae.es/?id=brdBvt6

REAL ACADEMIA ESPAÑOLA. (2018). “Violento”. En Diccionario de la lengua española (22.a ed.). Recuperado de: https://dle.rae.es/?id=brjKWH1

UNIÓN EUROPEA. “Directiva 2012/29/UE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de octubre de 2012, por la que se establecen normas mínimas sobre los derechos, el apoyo y la protección de las víctimas de delitos, y por la que se sustituye la Decisión marco 2001/220/JAI del Consejo”. Diario Oficial de la Unión Europea L 315, de 14 de noviembre de 2012, pp. 57-73.

Prevención de la radicalización de etiología yihadista desde los actores sociales.

España, al igual que otros países de la Unión Europea, se está observando un incremento de personas que deciden radicalizarse a través del discurso yihadista. La mayoría de los yihadistas en España son de nacionalidad marroquí, pero se observa que gran número de estos pertenecen a segundas generaciones, han nacido en España pero son de descendencia marroquí.

Un estudio del Real Instituto Elcano señala que hay cuatro zonas donde se concentran las detenciones durante estos últimos años y son: Barcelona, Ceuta, Madrid y Melilla. En estas zonas reside algo más de una tercera parte de los musulmanes que viven en España, por lo que los detenidos por radicalización duplican a la población musulmana respecto al total nacional. El motivo principal de que unos musulmanes se radicalicen y otros no es la existencia de vínculos sociales previos con otros individuos radicalizados, como muchos podrían pensar, ya sea cara a cara o también ‘on line’.

Según el estudio sobre radicalización antes mencionado, nueve de cada diez yihadistas radicalizados en España lo hizo en grupo, siendo el resto radicalizados en solitario. Entre los radicalizados en grupo, el 86,9% de los individuos estuvieron guiados por algún agente de radicalización siendo un 73% de los casos personas que mantuvieron un contacto cara a cara con ese agente radicalizador.

Con esto quiero destacar el gran trabajo que llevan a cabo las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FFCCS) y el Centro Nacional de Inteligencia en las investigaciones en los últimos años. Pero hay un papel primordial que aún esta por desarrollar y que ayudaría muchísimo a evitar la radicalización de más individuos y es que la sociedad, y en concreto algunos actores sociales, tengan formación y conocimiento sobre indicios de radicalización y puedan detectar a tiempo que alguien esta siendo radicalizado y evitar que no salga a la luz cuando es detenido por la Policía.

La familia, amigos, comunidad educativa, educadores y trabajadores sociales del ámbito penitenciario, criminólogos y la comunidad sanitaria pueden realizar un papel importantísimo en la detección de estos individuos radicalizados. Si se les da la formación necesaria para poder detectar esos indicios y cambios que tienen en su vida cuando empiezan a radicalizarse evitaríamos muchos casos de radicalización.

Un claro ejemplo de dar formación a centros educativos es porque se ha venido observando que los individuos que han cursado estudios de educación secundaria triplican a los que no pasaron de una escolarización primaria. Igualmente se puede observar un gran número de individuos que entran a los centros penitenciarios por delitos comunes y son radicalizados en el mismo centro y los trabajadores en este ámbito por falta de formación no son capaces de poder evitar esa radicalización y tampoco poder saber quien es ese agente radicalizador para evitar futuras radicalizaciones.

Conforme se va intensificando su radicalización empiezan a limitar el contacto con mujeres fuera del ámbito familiar, pudiendo llegar a abandonar actividades por el simple hecho de que sean mixtas. El Ministerio del Interior es conocedor de que la ayuda ciudadana es muy importante y dentro del Centro de Inteligencia contra el Terrorismo y el Crimen Organizado (CITCO) se ha creado el Centro de Coordinación de Información sobre Radicalización (CCIR), donde el ciudadano podrá aportar información sobre posibles casos de radicalización, ayudando a prevenir, detectar y neutralizar brotes o focos de radicalismo violento. Cualquier ciudadano que tenga información que pueda ayudar puede mandarla mediante:

La web Stop Radicalismo: https://stop-radicalismos.ses.mir.es 

La aplicación Alertcops para dispositivos móviles

El correo electrónico: stop-radicalismos@interior.es 

Y el teléfono 900 822 066

Consecuencia de todo esto es que veamos el gran trabajo que realizan nuestras FFCCS a través del número de detenciones, pero también hay que ser conscientes de otra consecuencia menos mediática. Y es que las personas que viajaron a países como Irak o Siria para unirse a organizaciones yihadistas muchas de ellas mueren en el terreno pero otras deciden volver a España o a su país de origen después de una larga temporada en estos pseudo-estados creados por Daesh.

 

(https://stop-radicalismos.ses.mir.es)

(https://stop-radicalismos.ses.mir.es)

Vuelven a nuestro país porque o bien tienen nacionalidad española, permiso de residencia o bien porque tienen algún vinculo familiar en España.

Según fuentes del Ministerio del Interior, al menos 200 personas procedentes de España viajaron a las áreas de conflicto para unirse a estos grupos. Sobre un 20% regresó, por lo que conlleva un mayor riesgo para la seguridad de España porque estas personas debido a la instrucción y adoctrinamiento recibido en estos países pueden dedicarse a reclutar o radicalizar a un mayor numero de personas.

Para finalizar, destacar la importancia una vez más de dar la debida formación sobre radicalización a los agentes sociales que son los que más nos pueden ayudar con la prevención del radicalismo de etiología yihadista. La figura del criminólogo en este tipo de trabajo es fundamental, ya no solo para ser un actor social formado en detección de indicadores de radicalismo sino también para formar a profesionales preparándolos para el trabajo preventivo.

Referencias:

Fernando Reinares, Carola García-Calvo y Álvaro Vicente. ARI 62/2017 – 8/8/2017. Dos factores que explican la radicalización yihadista en España.
http://www.realinstitutoelcano.org
http://www.interior.gob.es

 

 

Jesús Martínez.
Criminólogo, analista de conducta y miembro del Grupo de Trabajo Prevención del Terrorismo del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

 

DAESH: pasado, presente y futuro. ¿Cómo nos sigue amenazando?

Desde hace unos años, el terrorismo internacional, de etiología yihadista principalmente, es uno de los mayores problemas de seguridad para España. Por esta razón, el 26 de febrero, aparece publicada, en el Boletín Oficial del Estado, la Orden PCI/179/2019, de 22 de febrero, por la que se publica la Estrategia Nacional contra el Terrorismo 2019 (tras su aprobación por el Consejo de Seguridad Nacional), documento que surge con la voluntad de formar el marco político estratégico en la lucha contra el terrorismo y el extremismo violento y que, por primera vez, tiene un carácter eminentemente público.

Dicha estrategia viene a suplir a su antecesora, la Estrategia contra el terrorismo Internacional y la Radicalización (EICTIR) de 2010, Estrategia dirigida sobre todo al terrorismo de la organización terrorista AL QAEDA.

La irrupción de la organización terrorista DAESH y, concretamente su declive territorial actual en Siria e Iraq, acompañado del fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros (CTE) -españoles o residentes en España que se desplazaron a zona de conflicto para incorporarse a este tipo de organizaciones- y los atentados acontecidos en los últimos años en suelo europeo, y español en los casos de Barcelona y Cambrils, hacen precisa la evolución hacia esta nueva Estrategia.

Pero, ¿Cuál es el origen de Daesh? ¿Y sus objetivos? ¿Qué escenario nos espera ahora tras la perdida territorial de Daesh y la retirada de las tropas estadounidenses de Siria? ¿Y en España?

ORIGEN DE DAESH

Como toda organización terrorista, debemos de buscar el germen del origen de Daesh. Por un lado, debemos de tener en cuenta que el origen del propio Daesh esta en Al Qaeda, aunque con una evolución del yihadismo violento de estos últimos. Por otro lado, es producto del contexto sociopolítico que tenemos desde hace unos años en países como Iraq y Siria.

Debemos de remontarnos al año 1988 cuando Osama Bin Laden decide crear Al Qaeda al Askariya (la Base Militar), por lo tanto, Daesh no es más que una rama subversiva de la propia Al Qaeda con aspiraciones de magnificencia.

Tenemos que irnos a Afganistán y a la ocupación soviética (1979-1989) en donde miles de jóvenes afganos y jóvenes de diversas procedencias dentro del mundo musulmán, se incorporaron como muyahidín en una “guerra santa” contra el infiel (contra el comunismo de la Unión Soviética en aquel entonces)

Ese “ejército” rebelde fue apoyado por la administración americana en cuanto a financiación y armamento, además de por Pakistán y sobre todo Arabia Saudí, este último con grandes pretensiones en promover la expansión de wahabí más fundamentalista.

Para seguir entendiendo los orígenes de Daesh, debemos de hacer mención de Abu Musab al Zarqawi. En 1999 crea el grupo radical “Jund al Sham” que en pocos meses se transforma en “Yama´at at Al Tawhid wal Yihad”.

Uno de los primeros golpes del grupo fue contra Estados Unidos. Lawrence Foley, empleado de la Agencia estadounidense para la Ayuda Internacional y el Desarrollo (USAID), fue abatido a tiros en la ciudad de Amán (Jordania) en octubre de 2002. Al Zarqawi intentaba, a pesar de que los americanos ya habían invadido Afganistán en 2001, centrar su esfuerzo en crear un estado islámico en Jordania.

Siguieron ataques de Al Zarqawi como el coche bomba contra la Embajada jordana en Bagdad o contra el edificio de la ONU, todos ellos en 2003.

En octubre de 2004, Al Zarqawi declara su lealtad a Bin Laden cambiando la denominación del grupo a “Al Qaeda en Iraq”. El 7 de junio de 2006, las tropas estadounidenses abatieron a Al Zarqawi empezando un ligero declive dentro de la organización.

Con unos años de cambio de líderes en la organización, en 2010 se hace cargo de ella Abu Bakr Al-Baghdadi, cambiando la denominación a Estado Islámico de Iraq. Al-Baghdadi quiso aprovechar la guerra de Siria para realizar brutales atentados terroristas y, así, poder expandir su grupo, pero esa intrusión en territorio sirio no gustó mucho a la facción de Al-Qaeda en Siria, Al-Nusra. En 2013, Al Bagdadi se une a otros grupos terroristas para crear el “Estado Islámico de Iraq y Levante”, una decisión que Al Qaeda rechaza por lo que toma la decisión de expulsar a Daesh de su organización de filiares. El resto de la historia es de sobra conocida. El primer anuncio de Al-Bagdadi, el 29 de junio de 2014, es declarar la independencia de su organización y proclamar su soberanía sobre Iraq y Siria, así como se autoproclama califa con el nombre de Ibrahim. En apenas unos meses controla ciudades iraquíes como Faluya y Mosul. Más Tarde caerá Raqqa, en Siria.

Durante algo mas de cuatro años, Daesh llego a ocupar casi 90 mil kilómetros cuadrados en Iraq y Siria y, cerca de 8 millones de personas estuvieron bajo su control

1 DAESH: pasado, presente y futuro. ¿Cómo nos sigue amenazando?

Por el camino, nos hemos acostumbrado a verdaderas atrocidades contra el pueblo iraquí, contra personas secuestradas, con retrasmisiones prácticamente en directo al ser ejecutadas, contra atentados terroristas en suelo europeo o, contra los exterminios de comunidades minoritarias como paso con el pueblo yazidi.

OBJETIVOS DE DAESH

El principal objetivo de Daesh fue el de implantar, como mucho, a medio plazo, el califato en Siria e Iraq y en los territorios adyacentes a estos para después llevar este califato a escala mundial. Sin olvidar un segundo objetivo, como es la imposición de su interpretación de la sharía. Ese califato, estaba diseñado para, en un corto futuro, tener una estructura suní, estable, con administración, instituciones, organigrama (gobierno, jueces, funcionarios) y fondos (contrabando de petróleo, impuestos, ayudas extranjeras, tráfico de armas y de arte)

Mapa de las pretensiones de Daesh al inicio de su autoproclamado “califato”

2 DAESH: pasado, presente y futuro. ¿Cómo nos sigue amenazando?

 

SE ABREN NUEVOS ESCENARIOS

A pesar de la perdida territorial actual, Daesh trata de reorganizarse a nivel internacional. La derrota territorial no supone la extinción de este grupo terrorista ni mucho menos, al contrario, están intentado reorganizarse en zona de oriente medio y potenciando otros escenarios en distintos continentes.

En lo que se refiere a zona de ORIENTE MEDIO, en Siria, prácticamente, Daesh no ha cesado su actividad, actividad desde el punto de vista de actuaciones de una guerra al más puro estilo tradicional, mientras que, en Iraq, el grupo terrorista opera más como una red clandestina, red que, según fuentes de inteligencia, tratan de afianzar y ampliar para seguir con sus acciones terroristas por todo el país.

ÁFRICA, en la franja del SAHEL en concreto, es otro de los puntos a tener en cuenta en la escalada terrorista de Daesh, con la salvedad de que aquí nos encontramos con el factor Al Qaeda, actualmente en un proceso de nuevo emergente, pero con una estrategia muy distinta de la de Daesh en lo referente a objetivos terroristas y, también, con el problema en cuanto a la debilidad de las fronteras de los países de la franja. En definitiva, los ingredientes perfectos para la expansión de los principales grupos terroristas del momento y para la aparición de otros grupos, así como, lugar propicio para la trata de seres humanos y su incidencia inmediata sobre España como puerta de entrada a Europa. Otro de los puntos, a tener en cuenta, fuertemente amenazados por la presencia de Daesh en África, es LIBIA y el norte de el Chad.

Por otro lado, en zonas de AFGANISTÁN y PAKISTÁN, el apoyo a Daesh se cuenta por pocos para poder consolidar una estructura real, pero, aun así, el grupo terrorista se encuentra en situación de poder ejecutar acciones terroristas de cierta magnitud apoyándose en otras redes locales del país.

Otras de las regiones en donde Daesh esta teniendo últimamente presencia es en la zona asiática, en concreto en el ÁREA CENTROASIÁTICA; igualmente, la presencia del grupo terrorista en Filipinas, ZONA ORIENTAL ASIÁTICA, en los últimos dos años ha ido en crecimiento con terribles atentados contra catedrales y zonas de ocio. Igualmente, debemos de poner el foco en la ZONA SUR DE ASIA tras el feroz ataque vivido en Sri Lanka el pasado veintiuno de abril de dos mil diecinueve en donde casi cuatrocientas personas perdieron la vida en distintos atentados simultáneos en centros de culto y hoteles de lujo. Debemos tener en cuenta que es una zona en donde los grupos terroristas están teniendo en los últimos tiempos una mayor incidencia; apenas unos días antes de los grandes atentados de Sri Lanka, el propio Al Zawahiri, líder de Al Qaeda, lanzó un llamamiento a los trabajadores de medios de comunicación afines a la lucha de su grupo diciéndoles que son parte esencial de la resistencia yihadista frente a la campaña de los cruzados frente a la Ummah islámica y, más recientemente, la agencia de noticias de Dáesh, Al Amaq, ha anunciado en un comunicado que el grupo terrorista amplia su red internacional y anuncia la creación de una provincia en la India.

PREVENCIÓN EN ESPAÑA

Pero, volviendo a España, ¿hacia donde debemos de mirar para prevenir y combatir la nueva forma que adopta el terrorismo de Daesh y de otros grupos?

Por un lado, debemos de seguir luchando por la prevención de ataques terroristas, trabajo que efectúan magistralmente nuestro sistema judicial y Cuerpos y Fuerzas de Seguridad del Estado e Inteligencia aun sabiendo que la prevención total no es posible; pero, además, debemos de poner el foco en uno de los mayores problemas a los que nos enfrentamos: al reclutamiento de nuevos adeptos.

Actualmente, tenemos varios focos a los que debemos combatir si queremos prevenir futuros ataques terroristas:

Reclutamiento a través de las redes sociales, aunque si bien, debemos de apuntar que este tipo de captación a caído respecto a periodos anteriores en cuanto a actividad.

– Reclutamiento cara a cara en entornos cerrados, como puedan ser posibles lugares de culto clandestino o viviendas particulares.

– Reclutamiento en nuestros Centros Penitenciarios, foco altamente activo en donde debemos de prestar una especial atención al interno penado por delitos comunes que se han convertido en potenciales captados por su vulnerabilidad dentro de prisión. Decir que, en estos casos, es primordial la colaboración de la Sociedad con el Estado en materia de prevención desde los distintos Actores Sociales especializados.

A estos tres focos actuales de reclutamiento terrorista, debemos de añadir dos puntos altamente importantes en cuanto a una posible materialización de ataque terrorista y a los que la nueva Estrategia, a la que se alude al comienzo de este artículo, concede un espacio importante dentro de la misma:

– Auto-radicalización de actores solitarios y/o células en territorio español.

– El reto de cómo hacer frente al fenómeno de los combatientes terroristas extranjeros, principalmente, a los retornados a nuestro país desde zona de conflicto.

Este último punto, clave para la nueva Estrategia, es también clave para la prevención de futuros actos terroristas en España. Fuentes de Inteligencia, calculan que alrededor de dos centenares de personas -hombres y mujeres- dejaron atrás nuestro país para combatir bajo las siglas de Daesh. Una vez acrecentada la perdida de control territorial de Daesh en Siria e Iraq, estamos ante la posibilidad de que, aquellos que aun estén con vida y que no estén recluidos en algunas de las prisiones al efecto, puedan regresar a territorio nacional altamente radicalizados.

Pese a los estrechos controles de las fuerzas de seguridad, debemos de tener en cuenta que cabe la posibilidad de que alguno de ellos pueda entrar en territorio español sin ser detectado, por ello, es importante el trabajo de los Cuerpos y fuerzas de Seguridad y su colaboración estrecha con la Inteligencia nacional, además, de la cooperación internacional, tanto con países del entorno Unión Europea como con nuestro vecino más inmediato por el sur, Marruecos.

En definitiva, debemos de tener claro que, pese al declive territorial, NO debemos de dar por vencido a Daesh, debemos de seguir luchando en la prevención del reclutamiento, la radicalización y el extremismo violento en redes sociales, centros de culto o reuniones clandestinas y, en nuestros centros penitenciarios, además de poner el punto de mira en aquellos CTE que pueden retornar en estos momentos a España. Igualmente, es básico no perder de vista a otros grupos terroristas incipientes o al mismo Al Qaeda, a los que los servicios de inteligencia empiezan a dar una mayor importancia tras el “letargo” de estos últimos años.

3 DAESH: pasado, presente y futuro. ¿Cómo nos sigue amenazando?

Ramón M Chippirrás

Criminólogo Doctorando en Criminología y Analista de Inteligencia

Vicesecretario del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid

LA VIOLENCIA EN EL FÚTBOL Y LA CRIMINOLOGIA. UNA UNIÓN NECESARIA.

La Criminología es una ciencia interdisciplinar que se encarga de estudiar el delito, a la víctima, al delincuente y al control social. Por error, error que ha sido perpetrado por las series que dicen representar el papel del criminólogo, se nos ha vinculado a las actuaciones propias del CSI, pero, además, aunque esto sea cierto en determinada manera, también se ha divulgado que los criminólogos tienden a actuar ante delitos de gravedad como los asesinatos.

Pero esto no es así; la Criminología es una ciencia que abarca todo tipo de delitos, desde un hurto un atentado, analizando todas las conductas delictivas que dañan a la sociedad y que en muchas ocasiones generan alarma social. Uno de los ámbitos de actuación en los que puede operar la Criminología son las competiciones deportiva y, de manera más concreta, las competiciones futbolísticas, donde se producen de forma continua numerosas acciones violentas.

Los actos violentos menos agresivos y que se han aceptado en su totalidad en los campos de fútbol, como las protestas y algún que otro insulto, se han visto incrementados en intensidad y frecuencia, y cada vez es más raro asistir a un evento futbolístico, tanto profesional como no profesional, en el que no haya este tipo de acciones.

Como se ha determinado, cada vez es más habitual ver acciones violentas, acciones que empezaron siendo desviadas pero que debido al apoyo social y la falta de castigo aumentaron en gravedad y se convirtieron en hechos delictivos. Con el paso tiempo, estas conductas han recibido un continuo refuerzo.

Son numerosas las teorías que han intentado abordar este fenómeno, en su mayoría desde perspectivas psicológicas o sociológicas. Una de las aportaciones más influyentes en esta materia es la aportada por un grupo de sociólogos ingleses, entre los que predominan E. Dunning y P. Murphy, quienes investigaron a fondo el fenómeno del vandalismo en el fútbol, analizando cuatro pilares: orígenes sociohistóricos del fenómeno, las características sociodemográficas de los jóvenes, el papel de los medios de comunicación y las iniciativas políticas y deportivas adoptadas.

En cuanto al primer factor, los orígenes sociohistóricos, llevan a estos autores a plantearse la existencia de un retroceso de la civilización o de un bloqueo temporal a la hora de hablar de la violencia en el fútbol; las características sociodemográficas de los jóvenes, en su momento (en el ayer), la mayor parte que ejercía esta violencia eran jóvenes procedentes de la clase obrera, pero con el tiempo empieza a resultar difícil seguir con esta inclusión; las iniciativas políticas y deportivas adoptadas ante el problema, en su mayoría las acciones han sido de carácter policial, que a corto plazo tienen efecto, pero que no acaban con el problema como se esta comprobando y, además, ha servido de refuerzo para los grupos de vándalos.

Y, por último, los medios de comunicación. Las evidencias escritas nos han demostrado que la violencia en el fútbol, por desgracia, ha existido desde siempre, pero es ahora cuando la violencia se ha convertido en un negocio y que no interesa finalizar, pues hay motivaciones comerciales y lucrativas detrás.

La intervención de la psicología y de la sociología han dado numerosas pautas acerca de estos comportamientos, pero quizás sería conveniente empezar a contar con los criminólogos. Nuestra labor puede darse tanto en la redacción de los reglamentos disciplinarios como en los estudios acerca de la violencia, que permita que se obtenga una información real y veraz de este fenómeno, que parece no tener fin. Además, el criminólogo tiene una función muy importante, la función pedagógica, que en este ámbito es elemental.

Cada vez son más los niños que juegan al fútbol desde muy pequeños, y por desgracia y como se ha visto, la violencia también se observa en estas edades por parte de los espectadores, haciendo que los niños crezcan en un ambiente en el que se relacione la violencia y el fútbol, dificultando que el desarrollo posterior del deporte se realice predominando el fair play. Enseñar a los niños y a los padres cuáles son las pautas de control y algunos métodos para poder reducir la ansiedad que en muchas ocasiones provocan estos eventos deportivos permite que el fútbol base crezca limpio, crezca sin violencia y crezca de forma que cuando los niños se conviertan en adolescentes tengan mecanismos cognitivos y sociales para poder hacer frente a situaciones conflictivas sin ejercer violencia, que tiene como consecuencia un aumento de la tensión del evento, provocando acciones delictivas tanto en la grada como en el campo, entre las que destacan numerosas peleas de diferente índole.

Con la función pedagógica ejercida por el criminólogo podemos intentar revertir el proceso de naturalización que se ha llevado a cabo sobre estas conductas contrarias al orden del juego. ¿Nos abrirán las puertas a sus estadios? Yo creo que sí, tenemos mucho que aportar…

María Isabel Durango, criminóloga y miembro de Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid.

BIBLIOGRAFÍA

Dunning, E., Murphy, P., Waddington, I., y Astrinakis, A. (2002) Fighting Fans: Football Hooliganism as a World Phenomenon, Dublin: Unviersity College Dublin Press.

Ramón, I. (2003). La violencia en el fútbol. Sevilla: Wanceulen Editorial Deportiva S.L.