Category: Artículo de Criminología

Helena García Amo aborda los retos de la criminología del deporte y la transformación del fútbol

El Grupo de Trabajo de Criminología del Deporte del Colegio Profesional de la Criminología de Madrid ha entrevistado a la criminóloga Helena García Amo, coautora junto a Eduardo Muñoz del libro La doble cara del gol. Del business al potrero, en la primera entrega de un nuevo proyecto destinado a dar visibilidad a los profesionales que investigan y trabajan en esta especialidad.

Madrid, a 29 de julio de 2026

Durante la conversación, conducida por el coordinador del Grupo de Trabajo, Adrián Rodríguez Molina, García Amo ha repasado su trayectoria, su vinculación con el deporte y las principales conclusiones de su publicación.

La autora ha explicado que el fútbol presenta una doble dimensión. Por una parte, puede generar identidad, valores, redes sociales, inclusión y reinserción. Por otra, puede convertirse en un ámbito criminógeno en el que aparecen fenómenos como la violencia, la corrupción, los abusos sexuales, la explotación, los amaños y las malas prácticas institucionales.

MENORES CAPTADOS CON FALSAS PROMESAS

Uno de los asuntos más graves abordados durante la entrevista ha sido la trata de personas mediante falsas promesas de desarrollar una carrera como futbolista profesional.

Según ha explicado García Amo, algunos menores procedentes de África, Latinoamérica o Europa del Este son captados por personas que se presentan como representantes u ojeadores y trasladados a otros países.

Estos jóvenes pueden terminar desamparados y sufrir explotación laboral, violencia e incluso explotación sexual. La criminóloga ha cuestionado también la eficacia de la normativa internacional sobre las transferencias de menores y ha reclamado una mayor colaboración entre las federaciones, las administraciones públicas y las fuerzas y cuerpos de seguridad.

DEL CUMPLIMIENTO FORMAL AL CAMBIO REAL

García Amo también ha analizado el funcionamiento de los responsables de cumplimiento normativo o compliance officers dentro de los clubes.

A su juicio, la mera existencia de estos profesionales y de protocolos internos no garantiza una prevención efectiva si carecen de independencia y capacidad real para intervenir ante posibles irregularidades.

“Se está cumpliendo con la norma, pero presentando una apariencia de cumplimiento”, resume durante la criminóloga, quien ha defendido que el análisis debe extenderse a las culturas organizativas que normalizan determinadas prácticas.

EL PODER DE LAS ORGANIZACIONES DEPORTIVAS

La entrevistada ha advertido asimismo del poder político, económico y social alcanzado por organismos como la FIFA, la UEFA o la CONMEBOL. Considera que el fútbol se ha transformado progresivamente en un gran negocio y se ha alejado de las necesidades de los deportistas, los clubes modestos y los aficionados.

“La FIFA tiene más poder que la ONU”, afirma para ilustrar la capacidad de influencia de estas instituciones, que, en su opinión, pueden atravesar procesos de burocratización, corrupción y pérdida de legitimidad.

Frente a esta situación, ha defendido la necesidad de recuperar el espíritu del “potrero” y devolver protagonismo a los barrios, los clubes de base y los aficionados.

OPORTUNIDADES PARA LOS CRIMINÓLOGOS

Portada del libro «La doble cara del gol. Del business al potrero», de Eduardo Muñoz y H. G. Amo
Portada de «La doble cara del gol. Del business al potrero», de Eduardo Muñoz y H. G. Amo.

Durante la entrevista, García Amo ha reivindicado las funciones que los criminólogos pueden desempeñar en el deporte, como la investigación de amaños, apuestas ilegales, violencia y ciberdelincuencia; la elaboración de protocolos; la gestión de canales de denuncia; la protección de menores, y la seguridad de estadios y acontecimientos deportivos.

También ha destacado las posibilidades profesionales vinculadas a la figura del delegado de protección y ha animado a estudiantes y profesionales a investigar estos fenómenos y divulgar las aportaciones de la criminología.

La doble cara del gol. Del business al potrero pretende cubrir un vacío dentro de la bibliografía en español y analiza, desde una perspectiva criminológica, tanto la capacidad de transformación social del fútbol como los riesgos derivados de su conversión en una industria global.

La entrevista completa permite profundizar en estas reflexiones y conocer las oportunidades profesionales y académicas que ofrece la criminología del deporte. La puedes ver aquí: https://www.youtube.com/watch?v=rJjoMk_WB48

Y más temas interesantes sobre Criminología y Deporte en nuestro Grupo de Trabajo: https://colegiocriminologosmadrid.es/grupos_trabajo/criminologia-en-el-deporte/

Adrián Rodríguez Molina entrevista a la criminóloga Helena García Amo para el Grupo de Trabajo de Criminología del Deporte del CPCM
Momento de la entrevista a Helena García Amo, conducida por Adrián Rodríguez Molina, coordinador del Grupo de Trabajo de Criminología del Deporte.

Criminología, Seguridad y Profesiones Reguladas: por qué las críticas de detectives y directores de seguridad a la Proposición de Ley no se sostienen (y no se entienden)

Criminología, Seguridad y Profesiones Reguladas: por qué las críticas de detectives y directores de seguridad a la Proposición de Ley no se sostienen (y no se entienden)

Prof. Dr. Abel González García
Prof. Dr. Abel González García
Director del Departamento de Criminología, Universidad a Distancia de Madrid (UDIMA)

Durante años, la criminología española ha vivido en un limbo jurídico: una ciencia consolidada académicamente, pero sin una regulación profesional que establezca claramente sus funciones, sus límites y su aportación al ecosistema de seguridad. La Proposición de Ley presentada en 2025 para regular la profesión viene precisamente a solventar esa anomalía. Sin embargo, una parte del colectivo de detectives privados y algunos sectores vinculados a la seguridad privada han reaccionado con una oposición frontal basada en dos premisas falsas: que la ley invade sus funciones y que pretende crear una profesión paralela a la investigación privada o a la policía.

Ni una cosa ni la otra es cierta. Y lo más interesante: los propios marcos normativos actuales, incluyendo los que estos colectivos utilizan como referencia, demuestran justo lo contrario. En este artículo desmontamos, punto por punto y con base normativa, las críticas más repetidas por estos sectores, y explicamos por qué la futura Ley de Criminología no solo no les afecta negativamente, sino que es necesaria para modernizar y ordenar el sistema de seguridad en España e incluso puede ser de utilidad para el crecimiento de estos colectivos.

1.- Detectives privados y criminología: una relación mal planteada desde el inicio

Una parte de las críticas surge de un error histórico: la integración de la criminología en los estudios de detective privado, una decisión tomada hace décadas y que hoy resulta completamente anacrónica. La Ley 5/2014 de Seguridad Privada exige para el detective una formación de contenido mínimo de 180 créditos ECTS, obligando a las universidades a ofrecer titulaciones de grado para poder habilitar al profesional. Pero aquí aparece el problema: el detective no necesita una formación universitaria completa, sino una formación profesional especializada. La criminología, como ciencia empírica multidisciplinar, no puede encajarse en un plan de estudios que intenta simultáneamente habilitar para una profesión operativa y para una disciplina científica.

El resultado ha sido doblemente perjudicial para todos:

  1. El grado de Criminología (en aquellas universidades que han integrado la investigación privada) perdió coherencia interna al introducir contenidos estrictamente vinculados a la actividad del detective, que no pertenece al campo científico criminológico.
  2. El detective privado recibió una formación sobredimensionada respecto a lo que marca su marco laboral real, cuando debería disponer de una formación profesional técnica sólida, actualizada y orientada a competencias investigativas privadas.

Las protestas de determinadas asociaciones de detectives reflejan esta confusión estructural, al interpretar que cualquier mención al análisis de delitos equivale a otorgar al criminólogo competencias exclusivas de investigación privada (o a no saber leer y entender lo que se leer, mal común en estos tiempos de prisas constantes). Pero la propia Proposición de Ley no incluye ninguna habilitación para investigar personas, vigilar, obtener información privada o actuar para terceros —funciones exclusivas recogidas en el art. 48 LSP— tal como muestra el análisis técnico del documento:

Las críticas, por tanto, se basan en una falsa lectura del articulado, alimentada por la mezcla artificial entre criminología y estudios de detective, mezcla que la futura ley precisamente viene a clarificar y separar.

2.- La formación de los directores/directoras de seguridad: un problema que la criminología viene a resolver

Otro colectivo que ha reaccionado negativamente es el de los directores de seguridad, cuyo proceso formativo también revela un desfase importante con los estándares profesionales europeos. De acuerdo con la Ley 5/2014 y su normativa de desarrollo, la habilitación se obtiene mediante un curso de aproximadamente 600 horas, que contrasta dramáticamente con la complejidad del cargo: análisis de riesgos, planificación estratégica, seguridad corporativa, ciberseguridad, compliance, gestión de crisis, etc.

Este modelo “rápido” es posible gracias a una habilitación administrativa que no exige titulación universitaria de máster, por ejemplo -que sería lo más adecuado-. Pero las universidades, conscientes de la insuficiencia de este esquema, han empezado a integrar el curso de director de seguridad dentro del grado en Criminología, como ocurre en UDIMA y otras facultades, para garantizar un nivel adecuado de competencia profesional.

Este dato demuestra exactamente lo contrario de lo que sostienen algunos críticos:

  • La criminología no invade la seguridad privada: es la seguridad privada la que se ha apoyado en la criminología para elevar la calidad de su formación.
  • Los directores y directoras de seguridad, en su mayoría, carecen de una base científica sólida en análisis delictivo, sociología criminal, prevención situacional, victimología o políticas públicas, que son áreas troncales de la criminología.

Por eso, paradójicamente, son las propias instituciones de seguridad las que llevan años incorporando criminólogos para reforzar sus departamentos. Si algún colectivo debe sentirse interpelado por la Proposición de Ley, es precisamente este: los directores de seguridad necesitarán reconfigurar un perfil profesional que ya no podrá sostenerse únicamente con un curso habilitante de 600 horas, sino que deberá evolucionar hacia entornos donde el conocimiento criminológico sea un valor añadido.

3.- La seguridad pública: el criminólogo como apoyo científico, no operativo

Otro de los argumentos repetidos en las alegaciones de los críticos es que la Proposición de Ley otorgaría a los criminólogos funciones policiales o investigadoras. Esto es rotundamente falso. El texto señala claramente que el criminólogo solo actúa dentro de los cuerpos policiales si ha superado la oposición correspondiente, exactamente igual que ocurre con psicólogos u otros profesionales en el ámbito de las fuerzas y cuerpos de seguridad.

La Proposición de Ley no introduce ninguna excepción a la LO 2/1986 de Fuerzas y Cuerpos de Seguridad. No crea un “cuarto cuerpo policial”, ni habilita para intervenir operativamente, ni permite al criminólogo sustituir a un investigador. El que interprete esto tiene un problema grave de comprensión lectora (mal de muchos de nuestros jóvenes).

Lo que hace la ley es reconocer algo que ya ocurre:

  • Policías en puestos de análisis criminal ya están dirigidos por o trabajan junto a criminólogos titulares.
  • Las unidades de análisis de información, violencia de género, ciberdelincuencia o inteligencia policial utilizan metodologías criminológicas.
  • Instituciones Penitenciarias, Justicia Juvenil y organismos de prevención de la violencia llevan años trabajando con criminólogos.

La ley no cambia nada de esto, simplemente lo ordena y lo dota de seguridad jurídica.

4.- “La ley invade mis competencias”: Una narrativa desmontada

Las alegaciones de los detectives parten de un supuesto de invasión de competencias. Analicemos esto con rigor jurídico:

AspectoDetective Privado (Art. 48 LSP)Criminólogo (Proposición de Ley)
Naturaleza de las FuncionesOperativas, investigativas, dirigidas a hechos y personas concretas.Científicas, analíticas, preventivas y de asesoramiento.
InvestigaciónInvestiga hechos y conductas privadas.No investiga personas ni hechos privados; analiza fenómenos delictivos de forma general.
Obtención de InformaciónObtiene información sobre personas para terceros.No obtiene información privada: utiliza datos ya accesibles legalmente.
VigilanciaPuede realizar vigilancias y seguimientos.No realiza vigilancia ni actividades operativas.
Pruebas para tercerosPuede recoger y aportar pruebas en procedimientos judiciales.Sus informes son técnicos/científicos, no probatorios mediante obtención directa de información privada.
Habilitación administrativaRequiere habilitación del Ministerio del Interior, control policial y normativa específica.Profesión regulada con funciones técnicas y científicas sin habilitación de investigación privada.
Responsabilidad JurídicaMarco específico de responsabilidad por actividad investigadora.Responsabilidad vinculada a informes técnicos, evaluación y asesoramiento.
Análisis del DelitoNo forma parte de su función esencial; puede observar hechos para el encargo privado.Función principal: análisis criminológico del delito.
Evaluación de RiesgosNo es función central, salvo en investigaciones privadas concretas.Función reconocida: evaluación de riesgos criminológicos y victimológicos.
Informes TécnicosInformes vinculados a la investigación encargada.Informes técnicos/científicos de análisis y prevención del delito.
Prevención Del DelitoNo es función reservada.Función destacada: diseño y evaluación de programas de prevención.
Investigación AcadémicaNo tiene rol académico ni científico.Función propia: investigación científica y académica.
Análisis VictimológicoNo constituye una función definida.Parte del campo profesional del criminólogo.
Asesoramiento InstitucionalNo tiene rol institucional salvo casos específicos.Función propia: asesoramiento a instituciones públicas y privadas en materia criminológica.

Ninguna de ellas entra en el bloque reservado a detectives. La narrativa de invasión de competencias es, por tanto, una estrategia corporativa defensiva, no una objeción jurídica.

5.- Un sistema de seguridad que ya funciona separando funciones

En la práctica, el ecosistema de seguridad español funciona así:

  • Los detectives investigan para clientes privados bajo habilitación.
  • Los policías investigan delitos bajo ley orgánica.
  • Los criminólogos aportan conocimiento científico, análisis, evaluación y prevención.

La Proposición de Ley no inventa nada nuevo: reconoce lo que ya existe. 

Las tensiones surgen porque algunos sectores han disfrutado durante años de una extralimitación conceptual: creer que todo lo relativo al delito pertenece a su ámbito profesional. Pero el delito es un fenómeno complejo que requiere múltiples miradas: jurídica, policial, preventiva, sociológica, psicológica y, por supuesto, criminológica.

6.- El ejemplo del Real Decreto 43/2021: el caso más claro

El argumento más potente para desmontar las críticas aparece cuando analizamos cómo el Estado regula una de las figuras más estratégicas en la seguridad nacional y empresarial: el Responsable de Seguridad de la Información (CISO). El Real Decreto 43/2021, que desarrolla el marco nacional de seguridad de redes y sistemas, establece en su artículo 7 las funciones del CISO: coordinación, supervisión de medidas de seguridad, interlocución con autoridades, análisis de incidentes, gestión de riesgos, entre otras.

Pues bien, en ninguna parte del Real Decreto se exige una titulación concreta, solo se exige: conocimientos especializados, experiencia, independencia, posición adecuada en la organización. Es decir, el Estado define “qué funciones se realizan”, no “quién debe estudiar qué carrera para realizarlas”.

Este modelo basado en competencias, no en titulaciones cerradas, es el estándar europeo. Y, precisamente por eso, la Proposición de Ley de Criminología encaja perfectamente en el marco general: reconoce un perfil profesional que ya opera y que debe ser regulado, no imponer nuevas funciones ni desplazar a nadie.

La figura del CISO demuestra que:

  • la seguridad requiere perfiles diversos,
  • las funciones se asignan por experiencia y conocimiento,
  • los marcos profesionales deben ser flexibles,
  • no existe monopolio formativo de ningún colectivo para la seguridad.

Si ni siquiera el puesto más sensible del sector —responsable de gestionar ciberincidentes críticos, coordinar con CSIRT, notificar incidentes de nivel alto o crítico o aplicar las instrucciones de la autoridad competente— está restringido a una titulación específica, ¿cómo van a pretender algunos colectivos bloquear una ley que simplemente reconoce la profesión de criminólogo y sus funciones científicas?

7.- Conclusión: modernizar, ordenar y sumar, no confrontar

La Proposición de Ley de Criminología no resta competencias a nadie. No invade el ámbito del detective ni del director de seguridad ni de la policía. Lo que hace es lo que debería haberse hecho hace veinte años: definir qué es un criminólogo/a, qué hace, y qué no hace.

Las críticas de los colectivos mencionados se explican más por la resistencia al cambio que por argumentos jurídicos. La seguridad del siglo XXI no puede sostenerse sobre habilitaciones desfasadas, cursos de 600 horas o formaciones híbridas sin coherencia técnica. Necesita profesionales especializados, disciplinas claras y colaboraciones sólidas entre actores distintos.

La criminología forma parte de ese futuro. No para sustituir a nadie, sino para aportar lo que ninguna otra profesión puede ofrecer: una mirada científica, transversal y basada en evidencia sobre el delito, sus causas, su prevención y su impacto social. Y eso, lejos de ser una amenaza, es una oportunidad para construir un sistema de seguridad más eficaz, más integrador y más alineado con los estándares europeos.

Reseña necrológica: Antonio García Chazarra (1937–2025)

«Padre de la Criminología Profesional en España»

Con profundo pesar, despedimos a Antonio García Chazarra, expresidente de la Federación de Asociaciones de Criminólogos de España (FACE) y figura clave en la consolidación de la criminología como disciplina profesional en nuestro país. Su fallecimiento, a los 88 años, deja un vacío inmenso entre quienes lo conocieron, lo admiraron y compartieron con él la incansable lucha por el reconocimiento de la criminología en el entramado institucional, académico y social de España.

Visionario, comprometido y tenaz, Antonio García Chazarra dedicó su vida a defender el lugar que la criminología debía ocupar como ciencia aplicada al análisis, prevención y tratamiento del delito y sus consecuencias. Su liderazgo al frente de la FACE marcó una etapa de impulso decisivo para la articulación de asociaciones profesionales, el diálogo con las instituciones públicas y la creación de una conciencia colectiva entre criminólogos y criminólogas de toda España.

No solo fue un activista gremial incansable; fue también mentor de generaciones de activistas criminólogos y divulgador de esta profesión. Su figura, carismática, abría puertas y tendía puentes allí donde la incomprensión o el desconocimiento frenaban el avance de la criminología durante su etapa al frente de la FACE. Supo conjugar la firmeza en la defensa de la profesión con una profunda vocación de servicio, siempre con la mirada puesta en el futuro de las nuevas generaciones.

Antonio no buscaba protagonismo, pero se convirtió —con pleno merecimiento— en el padre de la criminología profesional española. Su legado perdurará en cada logro conseguido, en cada espacio conquistado por nuestra ciencia y en cada criminólogo o criminóloga que, gracias a su labor, puede hoy ejercer con dignidad y reconocimiento.

Me gustaría implicar a toda la red nacional de profesionales, que él ayudó a tejer, para enviarle nuestro más sincero pésame a su familia, amigos y compañeros.

Descansa en paz, Antonio. Gracias por todo tu trabajo. Tu huella ha quedado impresa en la historia de la Criminología en España.

– Reseña/homenaje escrito por Dr. Abel González –

Antonio García Chazarra

En memoria de nuestro compañero José Antonio Seoane Martínez

Por Abel González García, vicedecano del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid (CPCM)

Era la mañana del 31 de agosto, un sábado, cuando vi en mi teléfono móvil varias llamadas de un antiguo alumno mío de Criminología y también colegiado en el CPCM, Jaime Hachuel. En ese momento pensé que algo raro pasaba. Cuando le devolví la llamada, ya al mediodía, lo primero que me dijo es que tenía una mala noticia que darme. Esa noticia era el fallecimiento de nuestro amigo José Antonio Seoane Martínez (más que antiguo alumno o compañero del Colegio de Criminología).

Seoane había fallecido en un accidente de moto. Entonces, se hizo el silencio. Y en ese momento empecé a pensar en todo lo que nos quedaba por delante para hacer en este mundo de la Criminología con José Antonio Seoane Martínez, criminólogo, bombero y también perito judicial en incendios. Nos quedaba pendiente su tesis doctoral en la que quería investigar sobre incendios provocados, todo lo que pudiéramos analizar a través de la Criminología y sus teorías para la prevención… ahí se queda. También esa visita que tenía que hacerme para ponernos al día o la visita que le debía yo con mi familia para que nos diese un curso de buceo… ahí queda también…

Pero no todo es triste en relación a lo que no hicimos, porque lo importante es su recuerdo y todo lo que hizo en pro de la Criminología hasta que un siniestro se lo llevó por delante en la A-7, con solo 52 años. José Antonio no era un criminólogo famoso, pero eso no es importante (aunque, por cierto, sí era famoso con su grupo de música, The Smokers –todo relacionado con el fuego, ¡qué tío!–).

Tampoco fue un estudiante de sobresaliente –alguno tuve que ponerle, más que nada porque se lo ganó a pulso–, pero sí que fue un apasionado de la Criminología, comprometido con el desarrollo de la disciplina en el ámbito forense de la investigación de incendios y con el desarrollo profesional en general. Así lo demuestra el hecho de que era colegiado desde el minuto uno y que no hacía más que darme ideas sobre el funcionamiento del Colegio y lo que podíamos hacer para «vender» esta profesión.

José Antonio estudió Criminología con una pasión desbordante, al igual que su grupo de compañeros y compañeras de promoción (en especial, Laura, Juana, Fátima o el mismo Jaime que me dio la mala noticia) y, después de terminar el Grado, se especializó a través del Máster en Análisis e Investigación Criminal, lugar donde ya le picó la curiosidad por seguir investigando y hacer un doctorado.

Todo eso le llevó a algunos Congresos de Criminología, en especial recuerdo fue el de Oviedo en 2018, donde disfrutó de este ambiente profesional y académico y en el que pasamos mucho tiempo hablando de Criminología junto a mi familia (mis hijos todavía se acuerdan de él por lo bien que lo pasaron allí). José Antonio nos deja un legado: ser una magnífica persona (buena gente, de la que nos debemos rodear), ser una persona entrañable y con un gran humor (muchas risas nos hemos echado en sus visitas). Y, sobre todo, la pasión por la Criminología y el convencimiento de que en este campo se pueden hacer muchas cosas, incluso desde el ámbito profesional de los bomberos, donde fue pionero y donde estamos obligados a continuar con este legado que él inició.

José Antonio, allá donde estés, busca a nuestro buen amigo Pedro y tómate alguna cerveza con él mientras compruebas que no nos olvidamos de ti y que nos dejaste deberes por hacer. Los haremos, eso seguro.

Factores de riesgo y otros apuntes criminológicos sobre el crimen de Borja Villacís

Madrid, a 12 de junio de 2024

En Criminología estudiamos los casos de delitos, precisamente para conocer cuáles han sido las causas que han provocado que se cometiera, con el objetivo de aprender y poder tomar medidas para minimizar, eliminar o asegurar el riesgo y la oportunidad de que se cometa ese delito. Es por lo que, analizamos al delincuente, al delito, a la víctima y el control social que se hace por parte de la sociedad para defenderse del fenómeno delincuencial.

El origen de las conductas antisociales y/o delictivas es multifactorial y una sola explicación no sería suficiente para comprender este fenómeno. El origen y mantenimiento de las conductas delictivas se relacionan con el desarrollo, especialmente durante la infancia y la adolescencia.

Por tanto, existe una correlación sólida y esencial entre el mal comportamiento en las primeras etapas de la vida, y la delincuencia y el delito durante la adolescencia y la edad adulta. Y existe una distribución característica del comportamiento criminal a lo largo del curso vital, de tal modo que los incidentes relativos a delitos y violencia aumentan en cuanto a frecuencia con la edad, hasta la adolescencia tardía o la primera edad adulta, y a continuación disminuyen con rapidez y continuidad a lo largo de la vida.

La curva general ‘edad/delito’, que ha sido estudiada durante bastante más de un siglo, se aplica a la mayoría de las formas de delito y violencia interpersonales.

En este caso Borja Villacís tenía 41 años, pero desde su adolescencia tenía problemas relacionados con actitudes violentas, con sentido de pertenencia a su tribu urbana, lo que podría ser un indicador de ciertas carencias afectivas, y que si encuentra en un entorno de camaradería y de ideología común con otros miembros del grupo.

En el fenómeno delictivo existen factores de protección ante la conducta delictiva y factores de riesgo. En este caso, Borja tomó decisiones en su vida que le acercaron a un mundo de comportamientos delictivos. Esos factores de riesgo fueron un entorno violento (Ultrasur, neonazis…), amistades y círculos poco recomendables (drogas, narcotráfico) y el aprendizaje de conductas delictivas al estar cerca de delincuentes.

Los factores de riesgo son aditivos, es decir cuantos más factores de riesgo estén presentes, estos se van adicionando y más probabilidades hay de que se acabe cometiendo el hecho delictivo.

LA PREDISPOSICIÓN AL DELITO

La Delincuencia se puede explicar en varias principales proposiciones: se trata de una conducta aprendida; existen rasgos y características individuales que predisponen al delito; los delitos constituyen reacciones a vivencias de estrés y tensión; y la delincuencia es el resultado de la ruptura de los vínculos sociales.

Aunque son importantes las características psicológicas individuales específicas de personalidad que hace que algunos individuos sean más propensos a delinquir que otros, con una relación muy estrecha con el autocontrol, los factores de riesgo son fundamentales para que suba exponencialmente la posibilidad de cometer delitos, o como en este caso convertirse en víctima.

Hay distintos factores de riesgo. En los familiares se engloba la falta de supervisión o control de los padres, las actitudes crueles, pasivas, y negligentes de los padres con los hijos, la disciplina férrea, los conflictos familiares, los malos ejemplos conductuales, la falta de comunicación padre e hijo y las carencias afectivas.

También existen factores de riesgo socioeducativos como el fracaso escolar y factores de riesgo socioambientales, como la clase social, las amistades, el desempleo y la delincuencia juvenil producida entorno al mundo de la droga.

Otro factor es un posible trastorno de la personalidad antisocial. La característica esencial de este trastorno es un patrón general de desprecio y violación de los derechos de los demás, que comienza con síntomas del trastorno del comportamiento antes de los 15 años y continúa en la edad adulta.

Algunos de los rasgos característicos de la personalidad antisocial son un fracaso reiterativo para adaptarse a las normas sociales y legales, deshonestidad con la intención de obtener un beneficio o placer personal, impulsividad o incapacidad para planificar el futuro, irritabilidad y agresividad manifiestas en agresiones físicas repetidas, irresponsabilidad constante y ausencia de remordimiento ante cualquier acto que viole los derechos de los demás, incluido un acto de gran crueldad con graves consecuencias para los otros.

Además, existen factores de riesgos cognitivos. Las competencias y destrezas cognitivas son un factor fundamental para poder autocontrolar y razonar los impulsos. Y factores de vinculación o apego. Por ejemplo, la inclusión del sujeto en las redes de contacto y apoyo social favorece la resistencia a las conductas de riesgo como las antisociales y delictivas.

Pero, por el contrario, la falta de vinculación, apego o lazos afectivos, la participación o amplitud de la implicación en actividades sociales positivas, el compromiso o grado de asunción de compromisos sociales y las creencias o conjunto de convicciones favorables a los valores establecidos con los padres, la familia y los amigos, así como con las normas convencionales, aumentan la vulnerabilidad del sujeto para realizar una conducta antisocial.

Por último, también son factores de riesgo las prácticas de crianza o estilos de crianza educativos, que hacen referencia al conjunto de comportamientos de los padres con los que inculcan a sus hijos las normas y valores culturales.

Hay padres que son más o menos exigentes, y esto hará que los hijos tengan que esforzarse más o menos para conseguir los objetivos. También hay padres y madres que establecen una gran variedad de normas, muy inflexibles y con castigos exigentes si no se cumplen. Y los hay que si ponen castigos, al final no los llevan a la práctica o quienes directamente no usan el castigo como método educativo. Como es de esperar, estas dimensiones no solo re rigen por sus extremos (nada afectivo-muy afectivos, nada exigentes-muy exigentes), sino que se organizan en una línea continua con muchos grados y matices.

LA ORGANIZACIÓN DEL CRIMEN

En el caso del crimen de Borja Villacís, hay otras consideraciones criminológicas que me gustaría aportar, como el nivel de organización de los supuestos asesinos. Con las informaciones que se conocen hasta el momento, se puede determinar que los victimarios vivían en un ambiente anómico, fuera del sistema, con sus propias reglas. Algo tan obvio para el resto de los ciudadanos como respetar la prohibición de tener armas de guerra, para ellos es algo que no les afecta, no va con ellos.

Está claro que su nivel de organización criminal ha sido un desastre, con una mala planificación en la organización, pero eso sí, por desgracia, con buen resultado en el objetivo. Los asesinos tenían claro que utilizarían las armas al llevarlas encima y usarlas y, ante la potencia de fuego de esos calibres, el resultado sería matar sí o sí, con premeditación y hasta con alevosía, ya que al utilizar este tipo de armas no tienes riesgo para el delincuente, es prácticamente imposible que salga viva la víctima. En nuestro Código Penal es una circunstancia agravante de la responsabilidad criminal.

Los homicidas también planifican la huida, pero tan mal que da hasta vergüenza ajena. Contrataron un coche de alquiler al que le cambiaron las placas de matrícula mientras eran grabados desde el edificio de enfrente. No tenían otros vehículos para la huida, por lo que fueron rápidamente identificados.

El supuesto autor material tiene 24 años. Fue impulsivo, y eso hace que cometan un error de bulto: un asesinato no es bueno para el negocio, pone el foco de la Policía en ellos y es un indicador de falta de profesionalidad.

Quienes cometen un delito lo hacen tras un proceso de toma de decisiones, a veces malas decisiones. Dentro de sus cabezas pensaban que lo tenían bien planeado y organizado: tenían acceso a armas de alto calibre, pero la ejecución claramente ha demostrado lo equivocados que estaban.

Como el resto de las personas que no delinquimos, los delincuentes toman decisiones racionales valorando su fracaso/éxito y si les merece la pena. Esto nos indica que no valoraron bien y que cometieron varios errores graves que han hecho que en menos de 48 horas estuvieran detenidos, lo que no desmerita el excelente trabajo policial.

Artículo elaborado por el criminólogo Jordi Delgado, con anotaciones de Julio de la Fuente

Borja Villacís

El suicidio adolescente: El papel del Criminólogo

Los criminólogos, como expertos en el estudio de la conducta delictiva y antisocial, pueden desempeñar un papel importante en la prevención del suicidio adolescente, especialmente cuando se consideran los factores sociales y ambientales que pueden contribuir a este riesgo. El criminólogo puede contribuir a la prevención del suicidio adolescente mediante:

  1. Investigación y análisis de datos: Los criminólogos pueden llevar a cabo investigaciones para analizar patrones, identificar factores de riesgo específicos y tendencias relacionadas con el suicidio adolescente. Pueden examinar datos demográficos, epidemiológicos y estadísticas relacionadas con este tema. Esto incluye identificar grupos de alto riesgo y áreas geográficas específicas que puedan requerir atención especial.
  1. Desarrollo de políticas y programas: Los criminólogos pueden colaborar en el diseño y la implementación de políticas y programas de prevención del suicidio en entornos escolares, comunitarios y familiares. Esto puede incluir programas de concienciación, capacitación de profesionales, y estrategias para mejorar el acceso a servicios de salud mental. Pueden ayudar también a desarrollar estrategias de intervención.
  1. Colaboración interdisciplinaria: Trabajar en colaboración con profesionales de la salud mental, educadores, trabajadores sociales y otros expertos puede ser crucial en la implementación de enfoques múltiples de prevención. Esta colaboración transversal permite un enfoque integral de las causas y posibles soluciones. La información compartida entre disciplinas puede proporcionar una evaluación más completa y precisa del riesgo.
  1. Análisis del entorno social y comunitario: Los criminólogos pueden evaluar el entorno social y comunitario para identificar factores de riesgo específicos, como el acoso, la violencia, el acceso a medios “letales” y la falta de apoyo en sus entornos. Todo ello esencial para la detección temprana del riesgo de suicidio.
  1. Capacitación y educación: Los criminólogos pueden participar en programas de capacitación para profesionales, educadores y miembros de la comunidad para aumentar la conciencia sobre el suicidio adolescente, sus factores de riesgo y las estrategias de prevención. Participar en la capacitación de estos profesionales que tienen contacto regular con adolescentes puede mejorar la capacidad de identificar señales de advertencia y derivar a los jóvenes a los recursos adecuados.
  1. Intervención en casos específicos: Al analizar casos individuales, los criminólogos pueden identificar factores de riesgo singulares, de los que pudieran derivarse actuaciones concretas y estrategias particulares en cada caso, basadas en la experiencia y los resultados obtenidos con anterioridad.
  1. Evaluación de programas de prevención: Basándose en la investigación y el análisis, los criminólogos pueden llevar a cabo evaluaciones de programas de prevención para determinar su eficacia y realizar ajustes según sea necesario. Abordar los factores de riesgo identificados y promover un entorno de apoyo efectivo y adaptado a la circunstancia.
  1. Promoción de entornos seguros: Trabajar para crear entornos seguros y de apoyo en la escuela, la comunidad y el hogar puede ser una parte crucial de la prevención del suicidio adolescente.
  1. Desarrollo de Sistemas de Alerta Temprana: Los criminólogos pueden contribuir al diseño e implementación de sistemas de alerta temprana en entornos escolares y comunitarios. Estos sistemas pueden identificar signos de riesgo en etapas iniciales y facilitar la intervención rápida. La ideación suicida puede presentarse como la preocupación por la vida, el deseo de morir o la planificación y representación mental de todos los pasos y conductas autodestructivas que se desean realizar hasta alcanzar el objetivo letal (Sánchez-Sosa et al., 2010).
  1. Participación en Investigaciones Cualitativas: Realizar investigaciones cualitativas para comprender mejor las experiencias individuales y los desafíos específicos que enfrentan los adolescentes puede proporcionar información valiosa para la detección temprana que lleve a tomar medidas y actuaciones a tiempo. Es importante destacar que la prevención del suicidio es un esfuerzo conjunto que implica la colaboración de profesionales de diversas disciplinas.

Los criminólogos, al aportar su experiencia en la comprensión de la conducta humana y los factores sociales, pueden contribuir significativamente a los esfuerzos para reducir el riesgo de suicidio adolescente. La intervención y participación de los criminólogos en la prevención del suicidio adolescente es esencial para abordar este problema complejo y multifacético.

Al enfocarse en factores sociales, emocionales, ambientales y de comportamiento, los criminólogos pueden aportar sus valiosos conocimientos, para desarrollar estrategias efectivas y comprender mejor las dinámicas que contribuyen y derivan hacia el suicidio adolescente. Además, al colaborar con otros profesionales y disciplinas, los criminólogos pueden contribuir a enfoques integrales y multifuncionales, que aborden las diversas dimensiones del problema.

La investigación y análisis de datos, la implementación de políticas y programas, la formación, y la evaluación continua son componentes clave para crear intervenciones efectivas y ajustarlas según sea necesario en cada caso.

La capacitación y educación, tanto para profesionales como para la comunidad en general, son fundamentales para aumentar la conciencia sobre el suicidio adolescente y sus factores de riesgo. La colaboración interdisciplinaria permite aprovechar la experiencia de diversos profesionales, enriqueciendo así la comprensión y las estrategias de prevención.

En resumen, los criminólogos pueden desempeñar un papel valioso en la prevención del suicidio adolescente al aportar su experiencia en la comprensión de la conducta humana y los factores sociales, y al trabajar en conjunto con otros profesionales para abordar este problema de manera integral.

***El Ministerio de Sanidad promueve la Línea 024 de atención a la conducta suicida. Se trata de una línea telefónica de ayuda a las personas con pensamientos, ideaciones o riesgo de conducta suicida, y a sus familiares y allegados, básicamente a través de la contención emocional por medio de la escucha activa por los profesionales del 024.

Artículo escrito por el colegiado J.C. Martín (@BlogCrimi en la red social ‘X’)

Recuerda que si eres colegiado/a o precolegiada/o puedes enviar tus propuestas de artículo para publicación a prensa@colegiocriminologosmadrid.es

Tras los barrotes: Los presos más peligrosos de España

Tras los barrotes: Los presos más peligrosos de España

El 13 de marzo un reo asesinó a una empleada de la cocina de la cárcel de Mas d’Enric, en Tarragona, con un cuchillo de cocina. El presunto autor estaba condenado por el homicidio de otra mujer, pero, por su buen comportamiento, se le consideraba en ese momento preso de confianza y por ese motivo podía trabajar, incluso con acceso a los utensilios de la cocina. Después del ataque mortal, se suicidó.

Un mes antes, el hombre que había sido encarcelado provisionalmente en la cárcel de Estremera por matar días antes de Navidad a tres hermanos mayores de Morata de Tajuña por una supuesta deuda por una estafa de amor, asesinó a su compañero de celda con una mancuerna del propio gimnasio del penal, según las primeras investigaciones.

Los homicidios dentro de las instituciones penitenciarias no son casos excepcionales, pero ocurren. Las agresiones entre presos o a funcionarios cada vez son más comunes. Los sindicatos del sector estiman que se produce una agresión cada día de media. En España hay 50.000 presos divididos en menos de un centenar de cárceles. Solo algunos tienen la consideración de “especialmente peligrosos”.

FABRIZIO JOAO SILVA

 Uno de ellos es Fabrizio Joao Silva Ribeiro. Nacido en Guinea Bissau, de 1,90 metros de altura y 120 kilos de peso, dejó tras de sí un reguero de agresiones, muertes e incendios mientras estuvo entre rejas. Entró en la cárcel en 2004 por haber matado a su novia en Bilbao, asestándole 25 puñaladas. En 2014 asesinó a golpes a su compañero de celda en el penal de Córdoba. En 2016 mandó a 8 funcionarios de prisiones de Puerto III (Cádiz) al hospital. Dos de ellos quedaron en estado grave, tras haber sido atacados con un pincho artesanal. Decenas de incidentes menores e innumerables traslados por las prisiones de España completan su historial.

Sus propios compañeros calificaban a Fabrizio como «pura maldad» y rogaban no compartir espacio con él. Tan peligroso era que contaba con una galería entera sólo para él; permanecía en aislamiento constante y ocupaba en solitario una de las celdas. No tenía ningún contacto con el resto de los internos. Los funcionarios tomaban todo tipo de precauciones cada vez que se acercaban a él. La comida le era suministrada a través de una puerta metálica. Salía al patio solo, se duchaba en su celda y era controlado a través de una pantalla.

A Fabrizio lo encontraron inconsciente en su celda una tarde de octubre de 2019. Tenía los pantalones bajados. Los funcionarios, al ver que no contestaba, sospecharon que quería simular un problema para que se le acercasen y agredirles. Extremaron las precauciones, pero al acceder vieron que eran innecesarias porque había fallecido. La autopsia señaló que fallecio de muerte natural, aunque tenía un fuerte golpe en la cara que habría recibido al desmayarse y precipitarse contra el suelo.

‘IGOR EL RUSO’

 Otro de estos internos de alto riesgo es Norbert Feher. un exmilitar serbio conocido como ‘Igor el Ruso’, que en diciembre de 2017 asesinó a tres personas (dos guardias civiles y un ganadero) en la localidad turolense de Andorra, mientras emprendía una huida hacía Italia, país desde el que llegó en bici. Fue detenido tras ocho horas angustiosas y fue condenado por el triple crimen a prisión permanente revisable.

Igor fue internado en principio en la prisión aragonesa de Zuera, de donde fue trasladado precisamente por su alta conflictividad. Luego ingresó en la de A Lama (Pontevedra) y allí generó varios problemas con los funcionarios de prisiones, especialmente durante sus traslados para declarar por videoconferencia. No es solamente la agresividad del sujeto, experto en técnicas de combate y supervivencia. Su peligrosidad es tal que necesita un gran contingente de funcionarios, hasta el punto que los propios trabajadores han advertido de que cada vez que toca mover a ‘Igor el Ruso’, el resto de los módulos quedan desprotegidos. El reo comunicó inicialmente que prefería regresar a Italia para cumplir condena. Ese era uno de los motivos de su alta conflictividad en prisión. Pero fue condenado por videoconferencia a cadena perpetua en aquel país, por lo que no se ha vuelto a pronunciar en ese sentido.

Norbert está condenado a prisión permanente revisable y ha pasado ya por cinco cárceles. En una de ellas, en Palencia, agredió a cuatro funcionarios el día anterior al inicio de su juicio. Utilizó para el ataque un azulejo partido y además se encontraron en su celda extraños escritos en los que anunciaba que este ataque iba a ser solo el primero de muchos. Este nivel de violencia hizo que se construyera en la Audiencia provincial de Teruel una especie de jaula de vidrio especial solo para alojarlo a él durante las sesiones de sus juicios. Todo ello contrasta curiosamente con su supuesta religiosidad. Tiene en su celda una biblia, pide estampitas de sus santos favoritos y pasa varias horas al día rezando.

SEBASTIÁN SANTIAGO HEREDIA

 A Sebastián Santiago Heredia, malagueño de 37 años, le apodan ‘El Terror del Puerto’, por ser ese el nombre de la cárcel (Puerto III, Cádiz) en la que ha cometido sus mayores fechorías dentro de prisión. «Es como ver la muerte y saber que debes acudir a su encuentro. No tienes la capacidad de evitarlo. Es un tío al que la vida le da igual», contaban algunos de los funcionarios que le custodiaban en el penal gaditano.

Santiago entró en la cárcel por primera vez muy joven hace 17 años, condenado por un robo con fuerza. La suya ha sido una historia de entradas y salidas en prisión, aunque se podría decir que gran parte de su vida ha transcurrido tras los barrotes. Ha sido dentro de ellos donde su historial delictivo ha crecido de forma exponencial.

En estas dos décadas de privación de libertad ha liderado motines, ha quemado su colchón varias veces, ha agredido a numerosos funcionarios y ha obligado a retrasar sus juicios varias veces por la violencia que desplegaba en los traslados. Hace unos años publicó un libro titulado ‘Camino hacia la libertad’, en el que relata su vida entre rejas y el gran protagonista de la portada es su imponente físico musculado. Aprovechándose de él, ha protagonizado numerosos altercados en todas las prisiones españolas que ha ocupado.

El último, en la de Campos del Río (Murcia II), a la que llegó desde Cádiz. No había pasado ni una semana dentro y ya había protagonizado una especie de motín en solitario: le pegó fuego al colchón de la celda que ocupaba en solitario en el Módulo IX. Cuando los funcionarios acudieron a sofocar las llamas, fueron atacados por Santiago. Dos horas más tarde, volvió a provocar un fuego en el habitáculo, rompió los cristales de la ventana y se autolesionó, teniendo que ser trasladado de urgencia a un centro de salud fuera de la prisión para ser tratado.

El grueso de su carrera delictiva ha tenido lugar, no obstante, en la prisión de Puerto III. Allí ha protagonizado incontables ataques a funcionarios de prisiones. Uno de sus juicios se intentó celebrar tres veces, debido a que sus agresiones durante los traslados hacían que se suspendieran una y otra vez. En una ocasión, incluso llegó a herir a varios funcionarios de prisiones en una sola pelea. En su caso, los ataques se centran de forma única y exclusiva en los empleados públicos, no en sus compañeros de prisión. «Nos ha dado tantas palizas, los jueces le temen, como los guardias civiles en los traslados…», confiesan fuentes penitenciarias. ‘El Terror del Puerto’, no obstante, está sacando partido de su faceta de preso conocido y ya ha escrito un libro sobre su vida en prisión que se titula ‘Camino hacia la libertad’.

JESÚS ROMERO, ‘EL NENE’ 

Otro de los presos más peligrosos de España es, sin duda, Jesús Romero ‘El Nene’. Madrileño de 32 años, lleva media vida practicando deportes de contacto como boxeo y Muay-Thay. En esta última disciplina llegó a proclamarse campeón de España y obtuvo varios premios en el circuito internacional. Llegó incluso a pelear de forma profesional en Tailandia, país originario de ese deporte y lugar en el que el nivel de agresividad de la competición es más alto.

‘El Nene’ era un viejo conocido de la Policía madrileña por haber protagonizado varios altercados. El que le llevó a prisión tuvo lugar en el Metro de Madrid. Jesús fue a robarle el móvil a un pasajero, que se dio cuenta y para escapar le apuñaló. Cuando salió del andén a la carrera, los agentes de seguridad de la estación intentaron reducirle, recibiendo también una paliza del boxeador. Finalmente hicieron falta más de cinco personas para apresarlo y llevarlo a comisaría.

Jesús ingresó en la cárcel de Soto del Real por aquel ataque el día de Navidad de 2018. Le pusieron a compartir celda con un interno venezolano de 55 años y condenado por narcotráfico. Esa misma noche ambos tuvieron una discusión por la posición de la litera que debían ocupar. El boxeador madrileño la emprendió a golpes contra el venezolano y lo mató. ‘El Nene’ fue condenado a 12 años más de cárcel por aquel homicidio.

En la actualidad cumple condena en la cárcel de Estremera, otro penal madrileño. Allí protagonizó el último brutal ataque. Fue el 5 de julio de 2022, cuando un funcionario de prisiones departía con él, amistosamente en apariencia. De repente, ‘El Nene’ explotó sin previo aviso y empezó a propinarle puñetazos y patadas en la base del cráneo; el mismo método de ataque con el que mató a su compañero de celda.

Su fuerte complexión física (que ha mantenido durante su estancia en prisión), su dominio de los deportes de combate y sus problemas de salud mental (tras el ataque fue trasladado a la Unidad Psiquiátrica del Gregorio Marañón) hacen de él una de las principales preocupaciones de los funcionarios de prisiones de España.

FERNANDO VÁZQUEZ AYUDE, EL ‘HANNIBAL LECTER GALLEGO’

 Son varios los presos que han recibido en su entorno el apodo de ‘Hannibal Lecter’, en referencia al diabólico protagonista de El silencio de los corderos e interpretado por Anthony Hopkins. Pero tal vez el que más ha hecho por acreditar ese alias es Fernando Vázquez Ayude, un gallego de 52 años que lleva desde 1990 haciendo méritos para ello (antes incluso de que se estrenase la película en 1991).

Este individuo lleva delinquiendo desde 1984 y pisando prisión por delitos de todo tipo. Desde atracos hasta narcotráfico. Pero, igual que en el caso de Santiago Heredia, su historial delictivo se ha hinchado durante su permanencia en prisión. En 1990 apuñaló a un preso en el penal de Monterroso (Lugo). En 1991 encabezó un amotinamiento en la cárcel manchega de Herrera de la Mancha, donde secuestró a un funcionario. Los motines, precisamente, ha sido una de sus especialidades, habiendo liderado varios durante su condena que asciende a 66 años.

El secuestro de funcionarios es también es uno de sus recursos habituales. El último tuvo lugar en 2019 en la prisión cordobesa de Alcolea. Fue el 4 de octubre, en la ronda de vigilancia de noche. En torno a la 1 de la madrugada, Vázquez Ayude le dijo a otro preso peligroso, de nombre José Pastor, que se fuera preparando y armando con lo que tuviera a mano, porque que iba a secuestrar a un funcionario y necesitaba que lo secundara, según informó el colectivo de funcionario de prisiones “Tu Abandono Me Puede Matar” (TAMPM).

“Acto seguido, estos dos internos proceden a ejecutar el plan que habían ideado. Comienzan haciendo una llamada al interfono de comunicación con los funcionarios, desafiándolos mientras destrozan ambas celdas a golpes, rompiendo todo lo que tienen a mano”, contaba el colectivo en un comunicado, explicando que los dos reos «consiguen arrancar las ventanas, con cuyos cristales logran hacerse muñequeras y armas cortantes para poder llevar a cabo con éxito su proyecto de secuestro. Debido a la gravedad de los hechos, se persona en el departamento la dirección del centro para intentar reconducir la situación. La misma se solventa gracias a la pericia de los funcionarios que, aunque disponen de medios escasos, a la vez que obsoletos y con una formación nula por parte de la Administración para este tipo de situaciones, arriesgan su vida, teniendo en cuenta el gran estado de agresividad que presentan los internos y de las armas de fabricación casera de las que se han provisto para conseguir su fin. El resultado de tal actuación es de un funcionario lesionado con varios cortes en el brazo”, concluye el comunicado sindical. Vázquez Ayude fue trasladado tras estos hechos al penal de Algeciras.

PHIERO BATISTA, EL QUE DEVORÓ UNA OREJA

 Destacable por muy peligroso es también el caso de Phiero Batista, un boxeador aficionado dominicano que está cumpliendo prisión en la cárcel de Madrid IV (Navalcarnero). El 22 de julio de 2018 emuló a su ídolo Mike Tyson y le arrancó la oreja a una persona de un bocado. Concretamente a uno de los 4 funcionarios que intentaban reducirle en el módulo 6 de la prisión. A uno le abrió una ceja y la frente, a otro le rompió un dedo y a otro le provocó numerosas contusiones.

Pero quien peor parte se llevó fue uno que debutaba. Un funcionario en prácticas que llevaba pocos días trabajando en el penal y al que Phiero le pegó un bocado y le arrancó media oreja, como hizo su ídolo con Holyfield en Las Vegas en el 97. El operario acabó siendo operado de urgencias y los médicos le consiguieron coser el trozo amputado. Casi no lo consiguen porque Phiero no sólo se la arrancó de un bocado; es que además se la intentó tragar sin éxito.

El conflicto se originó cuando Batista discutía con otro preso por una radio. El tono de la refriega empezó a subir y el otro interno, sabiéndose en inferioridad de condiciones físicas, acabó huyendo del lugar y recurriendo a los funcionarios de prisiones para ponerse a buen recaudo. Cuando Phiero vio que su rival se había largado, montó en cólera. Se fue a la cocina, destrozó un taburete y utilizó una de las patas metálicas como arma. Al grito de “ahora os voy a reventar las cabezas”, embistió contra los funcionarios y les pegó una paliza. Entre cinco no lo pudieron sujetar.

En el fragor de la escaramuza, Phiero acertó a agredir a los cinco, siendo el novato el que peor parte se llevó: el dominicano le arrancó la oreja de un bocado. Por fortuna para el trabajador de prisiones, el boxeador finalmente fue reducido, el trozo de pabellón auditivo recuperado y cosido de nuevo posteriormente en el Hospital 12 de Octubre, que es el único de Madrid que tiene un departamento de cirugía facial de urgencia.

EL GRAVE PROBLEMA DE LOS TRASTORNOS MENTALES EN PRISIÓN

 Como vemos, uno de los principales problemas a los que se enfrentan los funcionarios de prisiones es que a menudo han de lidiar con expertos en artes marciales y/o deportes de contacto. Es el caso de ‘El Nene’ o de Sebastián Santiago, cuya complexión física y dominio de las técnicas de pelea hacen casi imposible reducirlos en un cuerpo a cuerpo con un funcionario.

Pero el principal problema es que muchos de los agresores tienen trastornos mentales de diversa índole, en ocasiones no diagnosticados. Además, el hecho de estar encarcelado y en privación de libertad trae consigo consecuencias psicológicas importantes. Estas pueden desarrollar una cadena de reacciones y distorsiones afectivas, cognitivas, emocionales y perceptivas, todo eso provocado por la tensión emocional dentro del ambiente penitenciario. A este tipo de síndrome, también se le ha denominado parológia, síndrome de respuestas aproximadas, pseudodementia o psicosis de la prisión.

Partiendo de la base de que un enfermo mental no debería entrar a prisión. Según los últimos datos facilitados por la Sociedad Española de Psiquiatría Legal y la Sociedad Española de Sanidad Penitenciaria, solo 159 de 481 plazas de médicos de prisiones están cubiertas actualmente en España y se estima que entre cuatro y cinco de cada 100 personas internas tiene un trastorno mental grave.

Si bien una persona con discapacidad declarada inimputable no se encuentra presente en su juicio, las leyes penales sí contemplan una sanción privativa de la libertad que se asemeja a la pena de prisión y que es denominada medida de seguridad. En las prisiones ni se les trata, ni se les ofrece alternativa, ni se les ayuda a reintegrase en la sociedad. La penalización de los enfermos mentales y su encarcelación como única forma de asegurar la seguridad colectiva cumple hoy la labor de limpieza social que las leyes de vagos y maleantes cumplieron en el estado totalitario.

Por ello, muchas cárceles españolas se han convertido en manicomios, donde los funcionarios van desarmados, con una plantilla en precario, escasa y envejecida. Presos con diferentes problemas mentales y expedientes a los que no se puede acceder.

CATEGORÍAS DE PRESOS EN ESPAÑA

 En España, hay diferentes tipos de internos. Son varias las normativas que regulan el derecho penitenciario en España, entre las que destacan la Constitución Española, la Ley Orgánica General Penitenciaria 1/1979 o el Reglamento Penitenciario (Real Decreto 190/1996). Este último desarrolla la Ley Orgánica en consonancia con el Código Penal.

El derecho penitenciario recoge diferentes tipos de régimen en los que un preso puede ser internado, así, podemos destacar:

  • Ordinario: se aplicará a los penados clasificados en segundo grado, a los penados sin clasificar y a los detenidos y presos.
  • Abierto: se aplicará a los penados clasificados en tercer grado que puedan continuar su tratamiento en régimen de semi-libertad.
  • Cerrado: se aplicará a los penados clasificados en primer grado por su peligrosidad extrema o manifiesta inadaptación a los regímenes comunes anteriores y a los preventivos en quienes concurran idénticas circunstancias.

En cuanto a los grados anteriormente mencionados, el Reglamento Penitenciario recoge en su Artículo 100 la clasificación penitenciaria y los principios de flexibilización de los penados. Así, se recogen los siguientes grados de clasificación penitenciaria:

  • Primer grado: Se aplicará el régimen cerrado.
  • Segundo grado: Se aplicará el régimen ordinario.
  • Tercer grado: Se aplicará el régimen abierto.

Son calificados en primer grado aquellos internos que hubieran sido calificados con peligrosidad extrema o inadaptación manifiesta según las normas de convivencia establecidas y ponderando factores como la naturaleza de los delitos cometidos a lo largo de su historial delictivo, la comisión de actos que atenten contra la vida o la integridad física de las personas, la libertad sexual o la propiedad cometidos en modos o formas especialmente violentos, la pertenencia a organizaciones delictivas o a bandas armadas, la participación activa en motines y la introducción o posesión de armas de fuego en la prisión o, entre otros, la comisión de infracciones disciplinarias calificadas de muy graves o graves de manera reiterada.

Serán clasificados en segundo grado aquellos penados en quienes concurran unas circunstancias personales y penitenciarias de normal convivencia, pero sin capacidad para vivir, por el momento, en régimen de semi- libertad.

Se aplicará el régimen penitenciario de tercer grado a todos aquellos internos que, por sus circunstancias personales y penitenciarias, estén capacitados para llevar a cabo un régimen de vida en semi-libertad. No confundir con Tercer Grado en el mundo anglosajón, el cual es todo lo contrario y equivale a nuestro Primer Grado.

Las instituciones penitenciarias también cuentan con los Ficheros de Internos de Especial Seguimiento (FIES). Dentro del régimen FIES existen diferentes categorías. Cada una aglutina a un colectivo de presos diferente, dependiendo principalmente de los delitos o infracciones del recluso. Las cinco categorías son:

  • FIES 1 CD (control directo). Internos considerados especialmente conflictivos y peligrosos, que han protagonizado alteraciones regimentales muy graves dentro de la prisión o en los traslados, poniendo en peligro la vida o integridad de funcionarios, autoridades, otros internos o personal ajeno a la institución.
  • FIES 2 DO (delincuencia organizada). Personas condenadas o procesadas por pertenencia o colaboración con organizaciones delictivas nacionales o extranjeras cuya finalidad sea la obtención de beneficios económicos. Por ejemplo, narcotráfico, blanqueo de dinero o tráfico de personas.
  • FIES 3 BA (bandas armadas). Todos los pertenecientes a banda armada o grupos terroristas, y los encarcelados por vinculación con dichos grupos. Normalmente los miembros de ETA se incluyen en el FIES 3.9.
  • FIES 4 FS (fuerzas de seguridad y funcionarios de Instituciones Penitenciarias). Reclusos que hayan sido miembros de las fuerzas de seguridad o del sistema penitenciario. En este caso se les aplica el régimen FIES para protegerlos del resto de presos y evitar peleas o agresiones.
  • FIES 5 CE (características especiales). Esta categoría incluye diversos tipos de internos: vinculados a la delincuencia común de tipo internacional; autores de delitos muy graves que hayan generado una importante alarma social; pertenecientes o vinculados a grupos violentos de carácter racista o xenófobo; internos que, sin estar procesados o condenados por terrorismo islamista, destaquen por su fanatismo radical afín al ideario terrorista, y por liderar o integrar grupos de presión o captación en el centro penitenciario; también los condenados por el Tribunal Penal Internacional y los que colaboraron con la justicia contra bandas terroristas u otras organizaciones criminales.

Hasta el 2006 también se incluían los internos del FIES 1 que evolucionaban favorablemente y los condenados por negarse a cumplir el servicio militar o la prestación social sustitutoria. Los condenados que sean delincuentes con un historial penitenciario de alta conflictividad, evasiones o violencia grave que hayan cometido delitos graves generando gran alarma social.

En este pequeño repaso por las cárceles españolas tampoco podemos olvidarnos de los llamados ‘presos- sombra’, que son personas que realizan tareas de apoyo, escucha, orientación, atención o seguimiento a aquellas personas que han entrado recientemente en prisión o que se encuentran en riesgo de suicidio, dentro de un programa de prevención de este tipo de acciones.

Todos los reos tienen, entre sus obligaciones, cumplir la condena, obedecer las normas y las órdenes de los trabajadores de la prisión y hacer lo posible para que haya buena convivencia con otros presos, además de respetar a los compañeros y a los trabajadores y cuidar su higiene personal.

En las cárceles españolas se desayuna pronto, se come pronto y se cena pronto. Durante el resto del día, salvo la hora de la siesta, está prohibido estar en la celda. Todos los días son iguales, incluidos fines de semana y festivos. Los días en la cárcel transcurren entre restricciones y rejas, sin mucho sol en los patios y sin la claridad que este da. No pueden ver los colores, como el verde, el amarillo o el naranja de los paisajes, lo único que se puede ver son paredes grises y rejas. Es una vida muy dura que solo la sabe el que la ha vivido.

Los presos pasan en la celda cada noche 11 horas, entre las 21:00 y las 8:00 horas. El recluso tiene derecho a llamar a su familia y su abogado al llegar al centro penitenciario. Después, puede realizar 10 comunicaciones semanales a 10 números autorizados.

EL DILEMA DE LA REINSERCIÓN

 La historia y el desarrollo del servicio penitenciario puede dividirse en tres grandes períodos. El primero transcurre desde el principio de la civilización hasta el siglo XVI, donde la cárcel era utilizada como guarda. Por entonces, su función no era meramente de castigo, sino que servía como retención de las personas, a la espera del dictamen de la sentencia. No se utilizaba como pena.

El segundo periodo, en el siglo XVII, el rol de la cárcel se modifica. En ese período, comenzó a establecerse un nuevo movimiento, influenciado por el orden religioso, directa e íntimamente relacionada con el surgimiento de un nuevo orden económico: el sistema capitalista. Fue así como la cárcel empezó a cumplir la función de pena privativa de la libertad como una tendencia correctiva, como un sacrificio que debe cumplir bajo la culpa, con trabajos forzados y obligatorios a favor del Estado. Este período se prolongó hasta el siglo XVIII.

Posteriormente, junto con el surgimiento del movimiento humanitario, se dio lugar a grandes críticas contra las penas de torturas, mutilaciones y muertes del Antiguo Régimen, buscando reemplazarlo completamente por una concepción correccionalista que situaba la finalidad de la cárcel en la expiación y corrección por medio del trabajo.

El tercer período empezó a principios del siglo XIX y continúa en la actualidad. En esta última etapa, se incluyó la moral como un valor que debía tener la persona detenida. De esta manera, se pasó al sistema punitivo actual, donde se considera que la pena debe contener un proceso de moralización y resocialización del condenado.

También es necesario promover una justicia de reconciliación que restaure las relaciones rotas por el acto criminal. Los elementos fundamentales de la justicia restaurativa que son la responsabilidad del agresor, la reparación del daño y la restauración de las relaciones sociales. Aunque la cárcel tiene muchas contraindicaciones, el tiempo en prisión puede ser una oportunidad para el arrepentimiento, para la reconciliación y la reinserción social.

Artículo elaborado por Jordi Delgado con aportaciones de Julio de la Fuente.
Recuerda que puedes enviar tus propuestas de artículo para publicación a prensa@colegiocriminologosmadrid.es

I Congreso de la Criminología de la Comunidad de Madrid. Agradecimientos

Queridos compañeros y queridos asistentes al I Congreso del CPCM:

Estas palabras las escribo en mi condición de secretario del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid (CPCM) y en mi condición de simple colegiado de nuestro querido Colegio.

Apenas hace unos días, hemos clausurado el I Congreso de la Criminología de la Comunidad de Madrid. Aquellos que tuvisteis ocasión de acudir al mismo, ya sea presencialmente o en su modalidad vía streaming, pudisteis observar que este Congreso no solo ha sido un congreso al uso, sino que ha sido un Congreso que nos ha dado un punto más, gracias al magnífico panel de ponentes participantes y a que en una gran mayoría de las ponencias se puso en valor la Criminología aplicada a distintos sectores, sectores como la seguridad pública, la seguridad privada o la seguridad corporativa.

Además, hemos podido comprobar cómo, en los pasillos de la Facultad de Derecho de la Universidad Complutense de Madrid, entre ponentes y asistentes se ha realizado lo que se viene denominando Networking, es decir, se ha aprovechado el evento para crear o ampliar nuestras redes de contactos profesionales.

Han sido muchas las felicitaciones que este Junta de Gobierno ha recibido por la organización del Congreso, felicitaciones que, desde luego, recibimos con una inmensa alegría y con una inmensa preocupación también, ya que el listón del futuro II Congreso de la Criminología de la Comunidad de Madrid va a estar muy alto.

Quiero agradecer la labor que los compañeros de la Junta de Gobierno han realizado para que ese Congreso fuera un éxito, agradecimiento expreso a cada uno de ellos pero, con especial atención, sin que esto merme al resto, a Sandra Calvo, nuestra Vocal de Grupos de Trabajo y Apoyo a la Formación, por su especial dedicación y profesionalidad en preparar todas las mesas del Congreso relativas a los Grupos de Trabajo. También a Juan Carlos Gutiérrez, tesorero del Colegio, que ha tenido que bregar con una gran cantidad de información económica de todos los asistentes y que ha debido cotejar debidamente en un tiempo récord; o a nuestro encargado de Prensa, Julio de la Fuente, por la magnífica, y creo que aquí no hay dudas entre ningún asistente, mesa sobre ‘Periodismo y Criminología’.

Pero, por encima de todo esto, quiero agradecer, en mayúsculas, el indudable trabajo realizado por dos personas, dos amigos y compañeros, para que este Congreso haya salido adelante:

A Ana Gil Araujo, precolegiada de nuestro colegio y presidenta de la Asociación de Estudiantes de Criminología de la Universidad Complutense de Madrid.

“Ana, sin tu labor, dedicación, esfuerzo y perseverancia este Congreso no habría salido adelante. Gracias por el trabajo realizado por y para este Colegio, ahora y siempre, y su I Congreso. Gracias por tus gestiones tanto para la reserva del auditorio, como con los responsables informáticos de la Universidad Complutense y, con el servicio de catering de la cafetería de la Facultad de Derecho. Gracias de parte de toda la Junta de Gobierno y, por supuesto, personalmente, por toda la labor a lo largo, no solo de los dos días de Congreso, sino de los días previos. Me atrevo a decir que este Congreso no habría salido sin tu gestión personal y mereces el reconocimiento al trabajo realizado”.

A Javier Sanz, colegiado de nuestro Colegio y encargado del Área informática.

“Gracias Javi, gracias infinitas por tu esfuerzo, constancia, lucha y humildad con la que has llevado a cabo todo el trabajo pasado, presente y futuro de este Congreso. No me cabe duda de que sin tu aporte esto no habría salido tampoco; no es fácil realizar la labor informática de streaming y estar pendiente de todas las ponencias y sus retransmisiones, y mucho menos estar atento a todo el proceso informático del evento. Este Colegio, y este secretario, nunca podrán agradecerte, como te mereces, tu dedicación”.

Para finalizar, no puedo olvidarme de todos los colegiados y precolegiados que habéis participado como ponentes en el reciente Congreso y que habéis dado una auténtica lección de cómo se puede aplicar la Criminología en todos los campos.

Ramón Chippirrás

Secretario CPCM

 

congreso 1 I Congreso de la Criminología de la Comunidad de Madrid. Agradecimientos criminología del deporte

Peculiaridades del maltrato animal en verano.

Redacción: David Dorado Rivera
Policía Municipal de Alcorcón.
Graduado en Criminología.
Máster en Perfilación Criminal y Análisis de la Conducta.
Máster en Intervención Criminológica y Victimológica.
Grupo de Trabajo ‘Prevención y Erradicación del Maltrato Animal’ del Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid (CPCM).
Colaborador de la Cátedra Animales y Sociedad de la URJC.
Miembro de Intercids.

Puedes descargar el artículo en el formato original haciendo click aquí o desde la página del Grupo de Trabajo de Prevención y erradicación del Maltrato Animal.

Desde la Criminología se intenta analizar y dar respuesta a todos los factores que influyen en la conducta criminal, ya sean estos factores propios de los protagonistas de los crímenes, como factores ambientales que puedan influir en una mayor o menor probabilidad de que se produzca una de estas conductas criminales.

Dentro de los factores ambientales se puede mencionar el clima, ¿influye el clima en la comisión de hechos delictivos?, ¿varían estos hechos delictivos según estemos en un país con clima frío o cálido?, o incluso dentro de un mismo país, ¿varían las conductas delictivas según la estación del año?

Hay distintas teorías criminológicas que intentan dar respuesta a estas preguntas. Entre ellas encontramos la Ley Térmica de la Criminalidad, postulada en el Siglo XIX por Lambert Adolphe Jacques Quételet, el cual defendía que la comisión de determinados actos delictivos estaba influenciada por el efecto del clima. Dos de los postulados de esta ley son que los delitos contra el patrimonio se cometen más en invierno, mientras que los delitos contra las personas se cometen más en verano.

Otra de las corrientes criminológicas que se podría aplicar sería la Criminología Ambiental, y dentro de esta la Teoría de las Conductas Rutinarias, la cual dice que hay más oportunidad o probabilidad de que se produzcan hechos delictivos dependiendo de nuestras actividades diarias, pudiendo coincidir que en la época de verano o con buen tiempo llevemos una vida social más enfocada a la calle que a nuestro domicilio, por tanto, la posibilidad de que se produzca o se sufra un hecho delictivo es mayor.

Basándonos en estas dos teorías se van a analizar las peculiaridades que se producen en el maltrato animal en la época estival. Para ello primero hay que mencionar qué se considera maltrato animal en nuestro Código Penal.

El maltrato animal viene recogido en el Titulo XVI “De los delitos relativos a la ordenación del territorio y el urbanismo, la protección del patrimonio histórico y el medio ambiente”, en su Capítulo IV “De los delitos relativos a la protección de la flora, fauna y animales domésticos”, más concretamente en los artículos 337 y 337 bis del Código penal. (CP en adelante).

El artículo 337 dice literal:

“1. Será castigado con la pena de tres meses y un día a un año de prisión e inhabilitación especial de un año y un día a tres años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales, el que por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual, a

a) un animal doméstico o amansado,
b) un animal de los que habitualmente están domesticados,
c) un animal que temporal o permanentemente vive bajo control humano, o
d) cualquier animal que no viva en estado salvaje.

2. Las penas previstas en el apartado anterior se impondrán en su mitad superior cuando concurra alguna de las circunstancias siguientes:

a) Se hubieran utilizado armas, instrumentos, objetos, medios, métodos o formas concretamente peligrosas para la vida del animal.
b) Hubiera mediado ensañamiento.
c) Se hubiera causado al animal la pérdida o la inutilidad de un sentido, órgano o miembro principal.
d) Los hechos se hubieran ejecutado en presencia de un menor de edad.

3. Si se hubiera causado la muerte del animal se impondrá una pena de seis a dieciocho meses de prisión e inhabilitación especial de dos a cuatro años para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales.

4. Los que, fuera de los supuestos a que se refieren los apartados anteriores de este artículo, maltrataren cruelmente a los animales domésticos o a cualesquiera otros en espectáculos no autorizados legalmente, serán castigados con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales”.

Y el artículo 337 bis:

“El que abandone a un animal de los mencionados en el apartado 1 del artículo anterior en condiciones en que pueda peligrar su vida o integridad será castigado con una pena de multa de uno a seis meses. Asimismo, el juez podrá imponer la pena de inhabilitación especial de tres meses a un año para el ejercicio de profesión, oficio o comercio que tenga relación con los animales y para la tenencia de animales”.

 

Es importante conocer qué tipo de conductas vienen recogidas en el tipo penal, así como qué animales domésticos son los que protege este artículo, para poder realizar un análisis lo más riguroso posible y determinar si alguna de dichas conductas se produce más en una época del año u otra.

Los animales que tienen cabida en este tipo penal son los que vienen enumerados en el punto 1, quedando únicamente excluidos los que viven en estado salvaje y los que son “utilizados” en festejos o actividades autorizadas, como pueden ser los toros, gallos de pelea, o los animales usados para la actividad de la caza, lo cual se podría considerar un maltrato legalizado o permitido. Los animales que viven en estado salvaje no quedan sometidos a la protección de este artículo por lo que habría que acudir a sus propios apartados dentro del CP.

Dentro de las conductas que vienen recogidas, la primera es la de quien por cualquier medio o procedimiento maltrate injustificadamente, causándole lesiones que menoscaben gravemente su salud o sometiéndole a explotación sexual. En esta primera definición ya se observan dos conductas distintas, el maltrato injustificado que causa lesiones graves y la explotación sexual de los animales.

Posteriormente aparecen una serie de agravantes como pueden ser el haber utilizado armas, instrumentos, que hubiera mediado ensañamiento, pérdida o inutilidad de un sentido u órgano principal o si los hechos se hubieran cometido en presencia de menores de edad.

Si se causa la muerte del animal, tiene una mayor pena privativa de libertad siendo esta de seis a dieciocho meses de prisión. Por último, en este artículo 337, en su punto 4, viene recogido el maltrato cruel de obra, es decir, todas aquellas conductas que ya sean por acción o por omisión, y que, por su especial crueldad, y aunque no causen lesiones en el animal, se salgan del cuidado o educación considerado normal por la sociedad. Por ejemplo, un castigo excesivo mediante golpes que no ocasionan lesiones en el animal; dejar al animal expuesto al sol o altas temperaturas sin agua ni un lugar donde pueda cobijarse y que no le provoquen lesiones al animal, etc.

En el artículo 337 bis se recoge la figura del abandono, pero con un cierto matiz. Para que se produzca el tipo penal, este abandono tiene que poner en peligro su vida o su integridad. Esta es una de las conductas que se quiere analizar en este artículo y ver si existe un mayor número de abandonos en determinadas épocas, o por si el contrario, se mantiene estable durante todo el año.

Acudiendo al último estudio realizado por la fundación Affinity sobre el abandono de animales domésticos en el año 2021, no existe una gran diferencia de abandonos entre los distintos meses del año, apareciendo como los dos principales motivos del abandono de animales en España las camadas no deseadas y el fin de la temporada de caza por febrero. Aunque no hay una gran diferencia, sí existe la sensación en la sociedad de que tras finalizar la época de las fiestas navideñas y cuando llegan las vacaciones de verano aumenta el número de abandonos. Incluso las cuentas oficiales de las distintas Fuerzas y Cuerpos de Seguridad informan al respecto como se puede ver en las siguientes fotografías.

1a Peculiaridades del maltrato animal en verano. criminología del deporte
1b Peculiaridades del maltrato animal en verano. criminología del deporte

3 4 Peculiaridades del maltrato animal en verano. criminología del deporte

Hay que recordar, llegados a este punto, que el delito de maltrato animal, en el que está incluido el abandono, es un delito público, es decir, que todas las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad están obligadas a perseguirlo de oficio. No es necesario que haya denuncia previa, simplemente con el conocimiento de un posible caso de maltrato animal están obligadas a realizar todas las diligencias de prevención e investigación que sean necesarias para determinar si existe delito o no.

Cuando una persona se encuentra un animal doméstico que pueda estar extraviado, que presente lesiones, o síntomas claros y evidentes de que no se encuentra en las condiciones físicas adecuadas, debe ponerse en contacto con los teléfonos de emergencia (112, 092, 091, 062) informando de tal situación, estando obligadas las FCS a personarse y realizar las comprobaciones correspondientes.

Son muchos y variados los casos que se pueden dar, por lo que se va a proceder a mencionar algunos de los más habituales en esta época estival.

El primero de los casos es el ya mencionado abandono de animales domésticos. Este tipo de práctica no afecta sólo a perros, sino que también se da con gatos, conejos, hámsteres, tortuga, etc., es decir, cualquier animal doméstico puede ser víctima de esta conducta cuando, por ejemplo, sus humanos responsables se quieren ir de vacaciones y no pueden o no quieren llevarlos con ellos.

El abandono es una de los actos más crueles que se pueden llevar a cabo.

Es también muy habitual en esta época vacacional, que personas que tienen fincas o casas de campo donde tienen perros, gatos, caballos, etc., se marchen de vacaciones y les dejen a los animales comida y agua para el periodo en el que van a estar fuera. Este tipo de acciones son muy peligrosas, ya que, sin la supervisión de las personas responsables, los animales se pueden quedar sin comida y agua y pasar varios días en unas condiciones inapropiadas que puedan hacer peligrar su integridad física.

Se suelen dar casos de perros, gatos, pájaros que están en terrazas o tejados habilitados expuestos continuamente al sol, sin un lugar donde cobijarse, donde las altas temperaturas pueden provocar golpes de calor en los animales que ponen en peligro su vida. Es necesario que los animales tengan un lugar donde puedan refugiarse y tengan acceso a agua y alimento.

Otra de las circunstancias más comunes es dejar animales domésticos en el interior de vehículos. Esta conducta es muy peligrosa ya que si el vehículo se encuentra al sol la temperatura en el interior es tan alta que puede ocasionar lesiones graves en el animal e incluso la muerte en un breve periodo de tiempo.

En este punto se va a hacer hincapié, ya que muchas veces las personas que se encuentran con un animal en esta situación no saben muy bien qué hacer, si es legal romper la ventanilla del coche, si esto les puede suponer alguna responsabilidad jurídica, etc.

 

¿Cuáles son los pasos que se deben seguir si se encuentran ante esta situación?

Lo primero que hay que hacer es observar el estado en el que se encuentra el animal. Si éste responde a los estímulos que se le hagan desde el exterior, se mueve y aparentemente está bien físicamente se deberá llamar al teléfono de emergencia 112 e informar de la situación, facilitando el mayor número de datos posibles como la matrícula, marca y modelo del vehículo, así como del lugar donde se encuentra para que las FCS vayan realizando las gestiones oportunas para localizar al propietario. Una vez personadas las FCS serán ellos los que se encarguen de dar solución a la situación.

Si, por el contrario, se observa que el animal no responde a los estímulos externos, no se mueve, le cuesta respirar, jadea mucho y se pueda temer por la su integridad física o su vida, se procederá a llamar igualmente al teléfono de emergencia 112 informando de esta situación y de la gravedad de la misma, esperando a la llegada de los servicios de emergencia. Pero en este caso, y si los servicios de emergencia se demoran, ¿se podría fracturar la ventanilla del vehículo para rescatar al animal? Hay que tener en cuenta que causar daños en una propiedad ajena tiene consecuencias legales para el que lo realiza.

En este caso, se estaría violentando un bien jurídico como es el de la propiedad privada para salvaguardar otro bien jurídico como es la vida de un animal. Si por la urgencia es necesario ocasionar daños en el vehículo, se intentará que sean los menos posibles, siendo importante la presencia de testigos o una grabación que demuestre esa urgente necesidad, teniendo muy en cuenta que si la propiedad del vehículo denuncia los daños causados podría tenerse responsabilidad jurídica por dichos daños.

Otro tipo de maltrato animal, que por desgracia este año se está produciendo mucho más de lo deseado, es el que va conexo junto a los incendios forestales. Cuando se produce un incendio forestal de grandes dimensiones, aparte de toda la flora que se pierde pasto de las llamas, también hay que incluir a los animales, tanto los que viven en estado salvaje, como todos aquellos animales domésticos que mueren a causa de las llamas o las altas temperaturas provocadas por los incendios, o incluso cuando intentan huir de estos y son atropellados por vehículos. Entre estos animales domésticos se pueden mencionar todos aquellos animales de granja, así como caballos, perros, gatos, etc., que por desgracia todavía no están incluidos en los planes de evacuación de protección civil de la mayoría de comunidades autónomas. Todavía no se ha desarrollado un plan específico que contemple la evacuación de todos estos animales ante una catástrofe.

El abandono es una de los actos más crueles que se pueden llevar a cabo. Se deja a un ser vivo totalmente indefenso, solo y con pocas posibilidades de que pueda sobrevivir. Si se realiza esta acción en presencia de niños, estos pueden aprender que es un comportamiento correcto el deshacerse de un animal doméstico, que en muchos de los casos es considerado un miembro más de la familia, por lo que cuando crezcan pueden repetir lo que han observado, incluyendo en este aprendizaje a otros miembros humanos de la familia. Este tipo de aprendizaje se conoce como aprendizaje vicario y es importante conocerlo, así como su relación con este tipo de casos. El aprendizaje vicario es aquel aprendizaje que se produce al observar las conductas de los demás, sobre todo las de aquellas personas que son modelos de conducta y que en edades tempranas suelen corresponderse con la figura de los padres y los familiares más cercanos. A través de este aprendizaje repetimos acciones que realizan otras personas, teniendo gran importancia en los casos de abandono de animales domésticos o en el maltrato de los mismos.

Para finalizar este artículo, compartir UN CONSEJO para todas aquellas personas que tienen mascotas y las tienen que sacar a pasear. Los días en que las temperaturas son muy altas, cosa que este verano está siendo más habitual que en años anteriores, hay que seguir la regla de los 5 segundos: si le cuesta mantener el dorso de la mano durante este tiempo sobre el suelo, proteja las patas de su animal doméstico, ya que corren peligro de poder sufrir quemaduras. Eviten las horas centrales del día para sacarlos a pasear y, si se ven en la obligación de hacerlo, llévenlos a lugares donde haya sombra y, a poder ser, que el suelo sea de tierra o hierba donde la temperatura no se acumula tanto.

 

REFERENCIAS:

-Fundación Affinity. (2022). Estudio Él nunca lo haría. https://www.fundacion-affinity.org/sites/default/files/white-paper-abandono-2022.pdf

-Fundación Affinity. (2022). Infografia Él nunca lo haría. Estudio de abandono y adopción 2022. https://www.fundacion-affinity.org/observatorio/infografia-el-nunca-lo-haria-abandono-adopcion-perros-gatos-espana-2022

-Guardia Civil. (21 de mayo de 2018). Si os conocisteis en Navidad y le adoras en primavera no lo abandones en verano o nos veremos las caras #NoLeFalles #YoSiPuedoContarlo” [Tweet] [Imagen adjunta]. Twitter. https://twitter.com/guardiacivil/status/998548966433161222

-Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre, del Código Penal. BOE Nº 281. https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1995-25444

-Policía Municipal de Alcorcón. (13 de julio de 2022). Qué triste es el abandono. Qué triste no tener que comer y que beber… Sentir miedo y no encontrar amparo… NO al #AbandonoAnimal #MaltratoAnimal. [Twet] [Imagen adjunta]. Twitter. https://twitter.com/PoliciaAlcorcon/status/1547149708786900993

-Policía Nacional. (15 de mayo de 2018). ¿Pensando ya en #verano? Planifica tus vacaciones y, sobre todo. No abandones a tus mascotas… We love animals Si conoces algún caso de maltrato o abandono llama 091. [Tweet] [Imagen adjunta]. Twitter. https://twitter.com/policia/status/996430255677042688

-Sevimedia. (28 de febrero de 2021). El fin de la temporada de caza es la tercera causa de abandono de perros en España. 20minutos. https://www.20minutos.es/noticia/4602740/0/fin-temporada-caza-causa-abandono-perros-espana/

Uvalde: Ciudad sin ley y en manos de Salvador Ramos (Análisis Criminológico)

Redacción:
Sandra Calvo Jiménez
 Mª del Carmen Esparza Morales
Adrián Rodríguez Molina

Puedes descargar el artículo en el formato original haciendo click aquí o desde la página del Grupo de Trabajo de Criminología Educativa.

Introducción

 El pasado día 24 de mayo la ciudad de Uvalde, en Texas, EE.UU, quedaría en shock, presa de la tragedia y el horror, al conocer que Salvador Ramos, un joven lugareño, habría provocado un tiroteo en una escuela de Primaria, que terminaría cobrándose la vida de veintiuna personas, entre ellas, diecinueve estudiantes y dos profesoras, siendo él, finalmente, abatido por la Policía. Este no es más que otro de los tantos tiroteos masivos y de gran repercusión mediática que han tenido lugar en escuelas de Primaria y Secundaria en EE.UU. durante las últimas décadas. Todos recordaremos, por ejemplo, la masacre en el Instituto Coulombine en 1999.

Pero, vayamos un paso más allá, y es que, conforme han ido pasando los días hemos conocido más detalles sobre la vida de este joven, a quien familiares y amigos describen como un adolescente con problemas, muy callado, más bien tímido, solitario y que pasaba gran parte del tiempo aislado en su habitación jugando a videojuegos como ‘Fortnite’ y ‘Call of Duty’, de los que era muy aficionado. Amigos cercanos a Salvador Ramos confirman que el joven sufría acoso escolar de manera frecuente y, por parte de muchas personas, y no solo dentro del entorno educativo, sino también a través de las redes sociales. Al parecer, sus dificultades en el habla, por un marcado ceceo, su tartamudez, así como su forma de vestir y las carencias económicas de su familia eran los principales motivos por los que se mofaban de él, lo que despertaba en el joven episodios de agresividad que se manifestaban en continuas discusiones con compañeros y familiares, llegando incluso a autolesionarse.

Por su parte, revelaciones de algunas compañeras de Ramos también apuntan a que el joven era especialmente violento con las mujeres; y citan textualmente: “Él daba miedo”. Otras fuentes apuntan a que su relación con las chicas era casi inexistente o sólo a través de las redes sociales, donde empleaba un lenguaje inapropiado.

Pasted Uvalde: Ciudad sin ley y en manos de Salvador Ramos (Análisis Criminológico) criminología del deporte

Imagen:https://www.google.com/maps/@29.2003965,-99.7880747,3a,75y,203.93h,91.57t/data=!3m6!1e1!3m4!1s68R5iYa8F5NI9dhQNeqypQ!2e0!7i16384!8i8192

Todo esto nos lleva a pensar que de nuevo estamos ante una problemática de base, como es el acoso escolar. Por lo anterior, quedan de manifiesto reflejadas algunas de las características que definen a este fenómeno social, como es el acoso escolar, cuyo principal objetivo es mermar la autoestima de la víctima, procurar su sometimiento en cualquier de sus formas, ya sea en el plano emocional, social u otros, mediante una serie de agresiones físicas y/o verbales que en último término buscan satisfacer la necesidad de control y dominio de quien agrede. Son, entre otras, características propias del acoso escolar:

  • Ataques sistemáticos. Ramos sufría acoso escolar de manera repetida. No era un hecho aislado, puntual. Una vez más queremos decir que: ‘El acoso escolar no es cosa de niños’.
  • Uno o más agresores. Se conoce que en la perpetración de los ataques había más de una persona implicada. Estamos ante el binomio agresor – víctima.
  • Acoso o ciberacoso escolar. Se daba tanto dentro del entorno educativo (acoso escolar) como fuera de este, a través de la RR.SS (ciberacoso escolar o ciberbullying).
  • Hechos injustificados. Nada justifica el maltrato en ninguna de sus formas. Una determinada forma de vestir, tener alguna característica que nos diferencie de los demás (en su caso, el marcado ceceo, por ejemplo), o un nivel económico inferior al de otras familias no son motivo alguno para ridiculizar o minimizar a una persona. Estaríamos principalmente ante un tipo de acoso verbal (se burlaban de él por su tartamudez) y social (le apartaban del grupo de iguales).

No podemos pasar por alto el entorno familiar disruptivo de Ramos, que en absoluto favorecía su correcto desarrollo evolutivo, dados los numerosos antecedentes delictivos de sus propios familiares, y la facilidad para la adquisición de armas en EE.UU. (él mismo se autorregaló dos rifles semiautomáticos por su 18 cumpleaños), como ya hemos mencionado con anterioridad y de manera muy resumida, por no ser esto último objeto del presente artículo.  Podemos presumir, sin lugar a dudas, que Ramos tenía una vida complicada, que ha ido marcando poco a poco su carácter agresivo y definiendo un comportamiento cada vez más alejado de las normas sociales comúnmente aceptadas para vivir en sociedad de manera armónica.

Como sociedad debemos tomar conciencia de que el acoso escolar está presente en muchos centros escolares y que no es un tema baladí que tengamos que pasar por alto, sino que merece toda nuestra atención. Que nuestros esfuerzos deben ir encaminados a proteger a la víctima, sin olvidarnos de que el acosador también necesita ayuda y que hay un tercer elemento, que merece la pena mencionar, además del agresor y la víctima, como pueden ser los observadores, aquellos que, sin ser parte directa de los posibles ataques, ya sean estos físicos, verbales, sexuales, etc., se quedan impasibles sin pronunciarse ni a favor ni en contra de la víctima, tal vez por el miedo a sufrir las represalias del agresor.

En el presente artículo, trataremos de exponer de manera pormenorizada y desde una visión criminológica ante qué tipo de sujeto estamos, quién es realmente Salvador Ramos, dentro de qué tipología delincuencial podría encajar, cuál sería su perfil criminal, qué factores han contribuido a la perpetración de semejante acto y, además, expondremos qué teorías criminológicas podrían explicar su conducta.

Te invitamos a que, a través de estas líneas te sumerjas y profundices en este caso de reciente actualidad.

Salvador Rolando Ramos (Dakota del Norte; 16 de mayo de 2004 – 24 de mayo de 2022). Edad 18 años.

Antecedentes

 ANTECEDENTES FAMILIARES:

  • 1993. La abuela de Salvador Ramos, Celia “Sally” Martínez González es acusada de un delito menor.
  • 2003. La madre de Salvador Ramos, Adriana Reyes, es acusada de escribir un cheque sin fondos.
  • 2005. Adriana Reyes se declara culpable de un delito de fraude.
  • 2007. Adriana Reyes es acusada de agresión a un familiar.
  • 2011. Salvador Ramos (padre) es acusado de asalto agravado con un arma mortal.

ANTECEDENTES DE HECHO:

Jueves, 12 de mayo. Salvador Ramos, a través de Instagram, intercambia mensajes con una chica de California a la que sin conocer de nada pregunta si quiere volver a publicar fotos de su pistola.

Lunes, 16 de mayo. Salvador Ramos cumple 18 años.

Martes, 17 de mayo. Ramos compra legalmente un rifle de asalto semiautomático del tipo AR en un comercio local de venta de armas.

Miércoles, 18 de mayo. El joven compra 375 rondas de municiones.

Viernes, 20 de mayo. Ramos compra un segundo rifle de asalto semiautomático del tipo AR en el mismo comercio local.

Sábado, 21 de mayo. Aparece una foto de dos rifles AR15 en una cuenta de Instagram (nombre de usuario “salv8dor_” vinculada al sospechoso).

Martes, 24 de mayo. Se produce un tiroteo en la Escuela Primaria Robb en Uvalde, Texas, EE. UU. Salvador Ramos abre fuego en esta escuela, matando a veintiuna personas, diecinueve estudiantes y dos profesoras, e hiriendo a otras diecisiete.

  • Las autoridades apuntan a que el ataque comenzó alrededor de las 11:30 a.m. (aunque hay versiones que apuntan más cerca del mediodía, 12:00 m.).
  • 16 a.m., el joven, enviaría un mensaje a una chica con la que días previos había entablado una conversación vía Instagram. El mensaje decía: “Voy a ello”. Otros mensajes que Ramos había enviado a la chica en la madrugada del martes, decían así: “Estoy a punto de …”, “Te lo diré antes de las 11”, “Hay un secretillo que me gustaría contarte”. Más tarde, y tras enterarse de los hechos, la chica argumentaría: “La única razón por la que le respondí fue porque me asustó”.
  • Sobre las 11:00 a.m., unos 30 minutos antes del tiroteo, Ramos escribió en la red social Facebook: “Voy a disparar a mi abuela”. Poco después, añadía una segunda publicación: “Ya disparé a mi abuela”.
  • 15 minutos antes de estrellar el vehículo e irrumpir en el colegio, el joven escribía la que sería su tercera y última publicación: “Voy a disparar en una escuela primaria”.
  • Se estima que sobre las 11:28 a.m., llega a las inmediaciones del colegio, impactando el vehículo que conducía, una camioneta familiar, en una zanja próxima.
  • 11:32 a.m., comenzaría el tiroteo, según estima el jefe de policía del distrito de Uvalde.
  • 11:33 a.m., Ramos accede al colegio a través de una puerta tras intercambiar disparos con un oficial de policía y evadir al agente, encerrándose en un aula que estaba conectada a otra mediante una puerta, comenzando a disparar a quienes se encontraban en ambas, según numerosos relatos de testigos y policías.
  • 11:43 a.m., la escuela primaria Robb anuncia a través de la red social Facebook su cierre por disparos en la zona.
  • 11:53 a.m., una transmisión pública a través de un canal de radio, utilizado por trabajadores locales de EMS, informa que un teniente ha solicitado una respuesta a la zona de la escuela.
  • A las 12:10 p.m., los coches de Policía habían establecido un perímetro en las inmediaciones del colegio.
  • 12:17 p.m., autoridades escolares anuncian a través de las redes sociales que “hay un tirador activo en la escuela primaria de Robb”.
  • 12:52 p.m., se siguen escuchando disparos, según grabaciones de radio.
  • En torno a las 13:00 p.m., Salvador Ramos habría sido abatido por los agentes.
  • 13:06 p.m., efectivos de la policía de Uvalde comunican en las redes sociales el fin del ataque.

Perfil Criminal

 La literatura científica establece utilizar un término que englobe a todos los asesinos que matan a varias personas. Este término sería el de «asesino múltiple». Los matices los distinguen en varios subtipos de asesinos múltiples, encuadrando dentro de ellos el subtipo de asesino en serie (AS), junto al asesino en masa (AM), y al frenético (AF). Hay dos criterios básicos para distinguir los distintos subtipos: uno es el lugar donde se cometen los asesinatos y el otro, es el tiempo transcurrido entre los distintos asesinatos.

En el caso de Salvador Ramos, que es el que nos ocupa, hablamos del subtipo asesino en masa, que es por definición, aquél sujeto que mata a cuatro o más víctimas en un mismo momento temporal y en un mismo espacio físico. No existe periodo de enfriamiento en ellos -particular propio de los asesinos en serie-, ya que los asesinatos se producen de manera sucesiva o en muy breve espacio de tiempo entre ellos.

El lugar no tiene que ser el mismo espacio donde se concentren todas las víctimas, sino que puede darse cierto desplazamiento por la zona sin que implique viajar o alejarse en exceso del lugar donde se inician los asesinatos, en las que el asesino se desplaza por el campus o por las distintas aulas o salas de profesores, baños, bibliotecas, etc. disparando indiscriminadamente a compañeros, profesores, personal que trabaja en las instalaciones, etc. Jiménez Serrano, J., 2014.

Salfati y Canter, 1999, establecen una clasificación de asesino basada en su motivación y la interacción agresor-víctima, entre los que podría caber la situación vivida por Ramos en el momento de la comisión del delito, siendo esta, según establecen los arriba citados, la de asesino Expresivo-Impulsivo, entendido como aquel que reacciona ante un estado emocional intenso, proyectando con su crimen la ira o la venganza que se produce mediante un ataque fulgurante, desbocado, explosivo contra un tipo concreto de víctima, con un significado también muy concreto para el asesino.

En lo referente a la motivación, que bien sirve para cualquiera de los subtipos de asesinos múltiples, Salvador Ramos podría haber cometido la acción delictiva empujado por una necesidad de venganza-justificación pues, en líneas generales, los asesinos múltiples y, por ende, los del subtipo que nos ocupa -en masa- se consideran víctimas y justifican su violencia en función del maltrato sufrido por ellos durante su vida, lo que les habría provocado un cúmulo de ira y odio que descargan en sus víctimas. De esta forma, racionalizan sus acciones auto exculpándose y siendo conscientes a la vez del daño ocasionado. Presentan empatía cognitiva con su víctima, pero no emocional, comprendiendo el daño que les hacen, pero sin sentir nada por ellas, lo que no les inhibe del horror sus actos.

Según la teoría de Maslow, 1943, la necesidad de supervivencia y autoprotección frente a quienes le producen el daño que ellos perciben está distorsionada, e identifican que asesinar en protegerse para reparar el mal que se les ha hecho, dentro de sus propios criterios de justicia y moral. Los asesinos múltiples pretenden hacer realidad sus deseos y necesidades, por lo que, para ellos, el asesinato y la violencia tienen su utilidad. Skrapec, 2000, citado por Sanmartín y Raine 2002 (en Jiménez Serrano, 2014).

Ramos, sufría Bullying desde la infancia por parte de sus compañeros de clase, debido a su tartamudez y sigmatismo -tipo de dislalia selectiva consistente en la sustitución de los sonidos sibilantes por sonidos interdentales– además de no ser un buen estudiante, lo que se refleja en el comportamiento de un niño que al final tiene pocos amigos. Este año debía graduarse con sus compañeros de promoción, pero debido a sus bajas notas y al absentismo escolar, la probabilidad de titularse estaba cada vez más lejos, lo que hace aumentar su frustración.

En el ámbito familiar, presenta un núcleo desestructurado, comenzando porque el joven vive habitualmente con sus abuelos, aunque no de forma estable, ya que va y viene de casa de sus padres a la de estos, cuando se produce algún tipo de desacuerdo con su madre, pues la relación con ésta no es fluida y además ella consume drogas. Respecto del padre, la figura es la de un educador ausente. De esta forma, el niño crece sin capacidad de socializar debidamente y normaliza conductas inadecuadas como adecuadas para el desarrollo de las relaciones afectivas y sociales. El peso de la educación del joven recae sobre sus abuelos y, más en concreto, sobre su abuela, que trata con el carácter cada vez más aislado de Ramos, y con quien más veces discute. De hecho, el día de autos, tras discutir con ella al haber descubierto ésta sus intenciones asesinas, intenta poner freno a su nieto, resultando gravemente herida y sin poder evitar los acontecimientos que se suceden a continuación.

Otra de las cuestiones que suelen barajarse es la posibilidad de que exista alguna enfermedad mental en este tipo de agresores. En el caso que nos ocupa no existen hasta el momento documentados antecedentes de enfermedad mental, por lo que debemos entender que los elementos de cognición y voluntad no se encontraban disminuidos en el momento de los hechos. Es probable que este agresor presentase algún tipo de trastorno de la personalidad de tipo antisocial, si tenemos en cuenta el tipo de delito cometido.

Pasted 1 Uvalde: Ciudad sin ley y en manos de Salvador Ramos (Análisis Criminológico) criminología del deporteSalvador Ramos un mes antes de los asesinatos.
Imagen: https://peopleenespanol.com/noticias/salvador-ramos-quien-es-autor-tiroteo-escuela-uvalde-texas-masacre/

Sin embargo, no podemos caer en el error de pensar que de la presencia de un trastorno de la personalidad resulte una impunidad penal, pues los trastornos de la personalidad no constituyen de por sí patología, sino que son variaciones de la norma (social, cultural, etc.), por lo que se trata entonces de una inadaptación, además de que son duraderos y describen la conducta habitual de una persona. La forma de comportamiento anormal es generalizada y claramente desadaptativa para un conjunto amplio de situaciones individuales y sociales. Son, en definitiva, según nuestro CIE-10, actitudes y comportamientos marcadamente faltos de armonía, que afectan a varios aspectos de la personalidad como la afectividad, la excitabilidad, control de los impulsos, formas de percibir y pensar y al estilo de relacionarse con los demás. El trastorno también va acompañado normalmente de un deterioro significativo del rendimiento profesional y social, lo que hace que los rasgos de personalidad (normal) sean diferenciados de trastornos de personalidad (anormal), y sean rasgos inflexibles, persistentes y desadaptativos, causando un deterioro socio-funcional. Presenta conductas autolesivas, -cortes en la cara con armas blancas- que reconoce ante uno de sus amigos. Además, presenta durante parte de la infancia y adolescencia conductas impulsivas tanto con conocidos como extraños. Obviamente, proyectaba la frustración y la ira por el sometimiento a la situación de acoso escolar en que vivía, y la ausencia de apoyo del entorno, lo que dificultaba el correcto desarrollo de los canales comunicativos que necesita cualquier ser humano en proceso de formación y desarrollo personal.

Los hechos acontecidos nos hablan de un crimen planificado. Días antes de cometer los hechos, Salvador pone en conocimiento de una persona a la que no conoce físicamente, pero con la que contacta por redes sociales, que tiene «un secreto» que le quiere contar, y lo mismo hace horas antes de llevar a cabo los hechos. Habitualmente, los asesinos pueden estar estructurando en su mente la comisión del hecho delictivo, cómo llegarán a la escena, cómo llevarán a cabo los hechos, etc. Y, llegado un momento, algunos de estos sujetos, verbalizan de alguna forma sus intenciones, lo que implícitamente les hace tomar cierta «obligatoriedad» con el cumplimiento de lo expresado. Esto nos lleva a entender que Ramo, sólo necesitó un pequeño hecho desencadenante el día de los hechos para justificar su matanza.

Geográficamente hablando, el mapa mental de Ramos le permitía perfectamente conocer el camino, el modo de acceso al lugar de los hechos, el tiempo disponible para llevar a término el plan preconcebido, así como que disponía de los medios para su ejecución.

El Journey To Crime (JTC) Philips (1980), está asociado a estudios relacionados con el comportamiento geográfico del criminal, Rossmo, 2000, donde se mide la distancia entre domicilio del delincuente y lugar del crimen. El sustento lo encuentra en distintas teorías, como son la Tª de la elección racional, de Cornish y Clarke, 1987 basada en el Principio de la distancia de decaimiento que parte de la Ley coste-beneficio, Felson y Clarke, 1998; o la Tª de las actividades rutinarias, Cohen y Felson, 1979, relacionada con la Tª del patrón delictivo, en Jiménez, 2011. Las tres primeras interpretan elecciones individuales según los procesos de toma de decisiones (balance coste/beneficio de la oportunidad, nivel de riesgo, recompensa) de forma que la frecuencia de crímenes se reducirá si se produce mayor desplazamiento, pues el agresor no conoce la zona y el riesgo es mayor. Las dos últimas, inciden en que las personas nos hacemos mapas o representaciones mentales de los lugares en los que realizamos nuestras actividades cotidianas y conocemos las rutas para desplazarnos. Por esta razón, el agresor tiene tendencia a cometer los hechos en lugares más familiares para él puesto que le suponen mayor seguridad, control y predicción, saber qué buscar y cómo encontrarlo, le es más sencillo huir, la víctima tiene menos posibilidades de escapar.

Pasted 2 Uvalde: Ciudad sin ley y en manos de Salvador Ramos (Análisis Criminológico) criminología del deporteFuente: Elaboración propia

Si observamos el plano adjunto veremos que la distancia es de 2,6 millas -4,1km-, que se recorren en un vehículo particular en un tiempo inferior a 5min., toda vez que en el plano se observa que el desplazamiento es en línea recta. A esto, es viable añadir que Ramos es alumno de la escuela en la que comete el asalto, por lo que se dan sobradamente todos los elementos que permiten al agresor llevar a cabo el hecho delictivo de forma deliberada.

En conclusión, podríamos afirmar que nos encontramos ante un sujeto que estalla ante cualquier frustración, que presenta graves manifestaciones de rabia e ira incapaz de gestionar; carencia de mecanismos de afrontamiento de situaciones estresantes; deterioro de la actividad social y académica; inestabilidad y analfabetismo emocional y de la comunicación; ausencia de empatía y asertividad; patrón desorganizado de actuación y comportamiento contestatario; probablemente trastorno antisocial de la personalidad, por la incapacidad de adaptarse a la norma, y trastorno negativista desafiante, por el comportamiento hostil que presenta. En definitiva, Ramos fue una víctima durante años, y terminó convirtiéndose en el victimario.

 Medidas de prevención.

 Como hemos visto en el apartado anterior, la Criminología tiene un componente teórico que permite entender y explicar eventos delictivos. No obstante, en este artículo vamos a ofrecer medidas prácticas, aplicables a tiroteos en colegios, en este caso a raíz de lo que falló en Uvalde. Si bien vamos a utilizar este caso como ejemplo, las características compartidas con otros tiroteos en colegios hacen que las lecciones sean extrapolables.

En el marco conceptual, nos centraremos en el enfoque de las actividades rutinarias de Cohen y Felson (1979), aunque se podrían utilizar otras teorías. Para esta teoría -aunque Felson prefiera el término enfoque– el fenómeno criminal se da cuando coinciden en tiempo y espacio los siguientes tres elementos originales (ampliable a otros dos o tres elementos): autor motivado, objetivo propicio y ausencia de guardianes eficaces.

Trasladado al tiroteo de Uvalde encontramos lo siguiente de forma simplificada:

  • Evidentemente hubo un autor motivado -Salvador Ramos- y conocemos que al igual que en otros eventos similares, se realizó una mala gestión de su perfil. Puede parecer injusto juzgar hechos a toro pasado, pero la realidad es que en su pasado hay indicadores detectables.
  • Respecto al segundo elemento, la naturaleza de los colegios los convierte en objetivos “blandos”. Aunque en EEUU sí se observan en ocasiones ciertas medidas amplificadas de seguridad (presencia policial, detectores de metales…), siguen siendo objetivos vulnerables, como se vio en Uvalde.
  • Por último, tras las críticas a la respuesta policial y las explicaciones iniciales de las autoridades, sabemos que hubo una falta de inteligencia que llevó a considerar el incidente como una toma de rehenes y no de tirador activo.

Aunque suele ser la primera solución que suena en estos casos, no abordaremos el control de armas, ya que su complejidad excede las pretensiones de este artículo. Pasemos, por lo tanto, a ver otras 3 estrategias que se pueden poner en práctica para reducir los tiroteos en colegios.

  1. Cambiar la cultura de la comunidad educativa: la base que hay que potenciar, nunca sustituir.

 a. ¿Qué es y para qué sirve?

Nos referimos a la necesidad de priorizar y destinar recursos a fortalecer la comunidad educativa (Rosales, 2017; Walker, 2019). Por un lado, fomentar estos espacios como entornos cooperativos y de respeto entre sus actores (profesores, padres, alumnos…). Se trata de prevenir e intervenir de forma temprana sobre fenómenos como el acoso escolar, infracciones disciplinarias graves y la salud mental en general (Warnick y Kapa, 2019). Si bien en el caso de Salvador Ramos no se habla de ningún trastorno mental, sí sufrió acoso escolar y también tenía un historial de violencia, elementos frecuentes en este tipo de agresores (The Violence Project, 2019). Es fundamental no solo prevenir y perseguir conductas abusivas o de maltrato, sino también que todos los miembros de la comunidad tengan la capacidad de detectar e informar sobre potenciales casos de riesgo. Con nuestro marco conceptual en mente, esta medida afecta de forma variable a sus tres elementos, reduciendo potenciales motivaciones o agravios, aumentando la resiliencia de la comunidad y generando más guardianes eficaces.

b. ¿Lo bueno?

La gran ventaja de destinar más recursos a los aspectos descritos anteriormente es que se pueden atajar problemas prácticamente de raíz. La detección temprana es la mejor herramienta no solo para prevenir tiroteos, sino también otras formas de violencia y otras conductas antisociales o autodestructivas. Una comunidad educativa incapaz de dar respuesta a situaciones de riesgo es un objetivo vulnerable por diseño y por lo tanto cualquier otra medida sería insuficiente para afrontar problemas de seguridad, tanto individual como colectiva.

c. ¿Lo malo?

Enlazando con lo anterior, protocolos mal desarrollados o mal comunicados harían inútil esta medida. Es necesario fundamentar planes en la evidencia para optimizar recursos y potenciar resultados. Además, siendo una medida esencialmente preventiva, necesita del apoyo de otras medidas, más reactivas, para conformar un sistema integral. Por último, no todo vale y actividades como simulacros de tirador activo se han asociado a miedo y ansiedad en la comunidad educativa (Schildkraut et al., 2020).

  1. Utilizar herramientas de evaluación y gestión del riesgo: elementos fundamentales del tratamiento individualizado del riesgo.

 a. ¿Qué es y para qué sirve?

Si el punto anterior es una medida dirigida a toda la comunidad educativa, aquí hablamos de una aplicable en casos muy concretos. Es una continuación de la primera medida, ya que una vez detectados casos de riesgo hay que gestionarlos. Podría considerarse un paso intermedio entre el refuerzo de la comunidad y el refuerzo de la seguridad física -que veremos en el punto 3- (Warnick y Kapa, 2019).

Para esta labor existen herramientas dirigidas específicamente al público juvenil (Loinaz, 2017). Hablamos de inventarios que recogen una serie de ítems en factores o dimensiones. Estos habitualmente abordan distintos ámbitos (escolar, familiar, entre pares…) y a menudo requieren la implicación de varios actores, tanto para proporcionar información como para participar en el tratamiento y seguimiento. Por nombrar algunas, tenemos:

  • SAVRY (Structured Assessment of Violence Risk in Youth): la más popular, amplía (55 ítems evaluables) y con buena capacidad predictiva.
  • AV (Short-term Assessment of Risk and Treatability): aplicable al riesgo de violencia, pero también al de suicidio, victimización o abuso de sustancias entre otros.
  • EARL (Early Assessment Risk Lists): herramienta con versiones ligeramente diferentes para chicos y chicas.

Con estas herramientas se intervendría directamente sobre potenciales “autores motivados”, antes de que los factores de riesgo y agravios se consoliden.

b. ¿Lo bueno?

Varias herramientas tienen un historial amplio en entornos correccionales, en distintos países y con distintos objetivos. Algunas cuentan con tasas predictivas de moderadas a buenas. Facilitan la gestión de casos que necesitan un tratamiento individualizado y controlado. Dado que evalúan distintos factores desglosados en ítems, se pueden encontrar los puntos concretos a corregir y/o potenciar, facilitando el desarrollo de un tratamiento efectivo.

Salvador Ramos presentaba varios indicadores de riesgo presentes en casi todas las herramientas existentes. Aspectos como la relación entre pares en el entorno escolar o las relaciones familiares, conductas antisociales, estresores, contacto con autoridades, etc., están presentes en su historial, todos ellos ponderables en este tipo de herramientas. Debemos destacar que en este artículo hablamos de herramientas criminológicas, pero también existen disciplinas como la Psicología que podrían contribuir con sus propias herramientas a la detección y tratamiento de casos de riesgo.

c. ¿Lo malo?

Al ser herramientas especializadas, requieren formación específica y continua a medida que se desarrollan nuevas o modifican las existentes. Su aplicación en entornos escolares puede sufrir cierto rechazo por parte de padres o profesionales. Un mal uso tiene implicaciones éticas y prácticas, por ejemplo, en el caso de un uso indiscriminado o sesgado.

  1. Incorporar elementos de seguridad física útiles: entre la polémica y la necesidad.

 a. ¿Qué es y para qué sirve?

Por seguridad física aplicada a colegios entendemos cualquier elemento dirigido a reforzar las instalaciones para proteger a alumnos, profesores y otros miembros que se encuentren en ellas. Se incluyen aquí algunas ya mencionadas como la presencia policial, detectores de metales y también otras clásicas como cámaras y barreras. También entrarían en esta categoría otras medidas más “innovadoras” como elementos antibalas (ProtectED, s.f.; Hardwire, s.f.), sistemas de detección de disparos (Fessler, 2018; Contreras, 2022) o inteligencia artificial integrada en sistemas de videovigilancia para detectar armas de fuego (Morehead et al., 2019; Lim et al., 2019; González et al., 2020; Muller, 2022). Esta medida principalmente iría enfocada a reforzar el objetivo -los colegios- y potenciar guardianes capaces, tanto dentro como fuera de las instalaciones.

b. ¿Lo bueno?

Dado el amplio acceso a las armas de fuego en EE.UU., es difícil ignorar los potenciales beneficios que ofrece la seguridad física. En este caso no hablamos de reforzar un colegio igual que un banco, base militar u otra infraestructura crítica, pero sí debe existir la posibilidad de mitigar un ataque hasta llegar la respuesta policial. Existen muchas opciones en este campo desde lo más tradicional a lo más puntero, con un rango igualmente amplio en lo económico.

Dentro de la Criminología incluso existen enfoques como la prevención situacional del crimen (Freilich et al., 2019) o el CPTED -Crime Prevention Through Environmental Design- (Wiley, s.f.) que podrían tenerse en cuenta para diseñar colegios más seguros.

En el caso concreto de Uvalde existió una falta de inteligencia táctica que llevó a confundir la situación, retrasando la intervención. Algunos elementos de seguridad física pueden proporcionar dicha inteligencia, al margen de las técnicas/tecnologías de las que dispongan unidades policiales.

c. ¿Lo malo?

No todas las medidas de seguridad física gozan del apoyo de la evidencia. Igual que los simulacros, algunas están asociadas a miedo y ansiedad en alumnos y profesores (Warnick y Kapa, 2019). En el plano económico, los costes de ciertas medidas son muy elevados, alcanzando varios cientos de miles de dólares para un solo distrito escolar (Fessler, 2018; Muller, 2022).

Por otro lado, existe rechazo a ciertas tecnologías basadas en inteligencia artificial con sesgos raciales o asociadas a confrontaciones violentas con la policía (Contreras, 2022).

Priorizar estas medidas se hace en detrimento de otras más preventivas y a menudo con mayor apoyo empírico. Relacionado con esto último está el aspecto ético del enriquecimiento de ciertas empresas cuando sus productos no necesariamente contribuyen a mejorar la seguridad (Walker, 2019).

Bibliografía.

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