noviembre 21, 2020

Reabierto el recurso del Colegio contra Instituciones Penitenciarias por no convocar oposiciones para criminólogos

Madrid, a 21 de noviembre de 2020

La Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha reabierto el recurso que presentamos en 2018 desde el Colegio Profesional de la Criminología de la Comunidad de Madrid (CPCM) contra el Ministerio del Interior por la convocatoria de oposiciones de abril de ese año para el Cuerpo Superior de Técnicos de Instituciones Penitenciarias (IIPP) de España, en la que de nuevo se excluía a los profesionales criminólogos en este Cuerpo de la Administración estatal, en el que desde hace décadas solo entran graduados de Derecho y Psicología.

Hace ya dos años y medio articulamos un recurso bien motivado, en el que expusimos al Alto Tribunal madrileño la necesidad de que IIPP actualice y modernice su funcionamiento, con la apertura a profesionales de nuevos campos de estudio especializado. Nuestro objetivo no es excluir a juristas ni psicólogos –pese las zancadillas recibidas por otros profesionales hermanos–, sino que accedan también otros expertos en prisiones y reinserción como criminólogos o trabajadores sociales, por ejemplo, tal y como marca la Constitución Española.

Además, recordamos en el recurso que los criminólogos y las criminólogas ya estuvieron presentes en las cárceles españolas durante buena parte del siglo XX, hasta que fueron excluidos en los años 80. No es baladí reseñar que, según terminología del artículo 281 del Real Decreto 1201/1981, de 8 de Mayo, por el que se aprobó el Reglamento Penitenciario, los funcionarios tenían la categoría de juristas-criminólogos.

En el auto judicial, conocido esta primavera, el TSJM admite que en 2003 fue creada la titulación de Criminología en España y que gran parte de las asignaturas y currículo de la antigua Licenciatura y el actual Grado se adecuan a las materias exigidas en dichas convocatorias de empleo público. Reconoce las “serias dudas de derecho que la cuestión analizada planteaba” pero que el Ministerio es quien tiene potestad para designar quién puede entrar en IIPP, por lo que termina fallando en contra de los criminólogos.

Pero la Junta de Gobierno del CPCM recurrió esta decisión, que ha sido admitida por la Sección Séptima de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJM, que ha acordado recibir a prueba este procedimiento, algo que ocurre en pocas ocasiones, y ha admitido una serie de pruebas documentales.

UN DILATADO PROCESO JUDICIAL

Este Colegio ha informado desde el primer momento en asambleas y notas informativas de los avatares judiciales y de todo el dilatado y complejo proceso judicial a los colegiados y a los colegiadas, y a los criminólogos en general. Una batalla en el campo judicial que no ha excluido otras iniciativas en el ámbito institucional y político que hemos emprendido y seguimos emprendiendo, con reuniones y foros, para lograr el mismo objetivo.

Desde el nacimiento del CPCM, la Junta de Gobierno tomó la determinación de luchar de forma proactiva para que la profesión tuviera un reconocimiento en todos los ámbitos profesionales que corresponden por su currículum a sus licenciados y graduados, olvidados por la sociedad y la administración. Y no nos equivocamos.

Precisamente sabemos que las instituciones públicas son fundamentales para lograr hacernos un hueco laboral en la sociedad española, más allá de la Docencia. Y un símbolo de nuestra discriminación son, año tras año, las convocatorias de ofertas de empleo público para trabajar en las cárceles, donde la sabiduría, investigación y experiencia criminológica tenía que ser obligatoria en un estado moderno del siglo XXI.

Abrir un pequeño agujero en el muro de hormigón forjado durante décadas por los poderes fácticos visibilizaría el buen hacer de los criminólogos y criminólogas y allanaría el camino hacia metas más importantes. Ahora sabemos que estamos más cerca de conseguirlo.

 

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Colegio Profesional de Criminología de la Comunidad de Madrid