DECÁLOGO DEL CRIMINÓLOGO EN CENTROS EDUCATIVOS
1. Ejercerá la labor criminológica con dignidad, lealtad y honestidad, procurando otorgar a la Criminología el máximo prestigio y respeto, tanto dentro como fuera de la comunidad educativa, evitando cualquier actuación que pudiera ir contra la ética profesional.
2. Fomentará la participación y promoverá el acercamiento entre colegas de profesión, estableciéndose sinergias y creando relaciones tendentes a compartir puntos de vista o conocimientos en materia de prevención y resolución de conflictos, entre otras, que sean de interés común y promuevan el bienestar físico, psicológico y social de los menores en los centros escolares.
3. Permanecerá en constante actualización de contenidos en lo referente a su profesión, manteniendo un nivel adecuado de conocimiento técnico y científico, llevando a cabo cuantas acciones considere necesarias para tal fin (asistencia a cursos, talleres, seminarios, etc.) contribuyendo eficazmente al desarrollo de la Criminología en general y del ámbito académico en particular, mediante la divulgación de trabajos de investigación o conocimientos derivados de experiencias laborales en instituciones académicas, públicas o privadas, que puedan servir a otros colegas en su desarrollo profesional.
4. Velará por la búsqueda eficaz la verdad ante cualquier hecho acaecido en el entorno educativo susceptible de ser investigado en estrecha colaboración con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad, recopilando todos los datos que les sean requeridos y resulten necesarios, mediante el empleo de los recursos disponibles a su alcance, o cualesquiera otros que puedan aportar valor al hecho investigado, para facilitar el esclarecimiento de los hechos.
5. Detectará situaciones de riesgo que puedan acontecer tanto dentro como fuera del aula que permitan una actuación precoz sobre una determinada problemática y poder así intervenir en materia preventiva.
6. Impartirá formación a todos los agentes integrantes de los centros escolares o cualquier otra persona que, sin formar parte de estos, muestre interés en el conocimiento de los nuevos tipos delictivos surgidos a raíz de la aparición de las nuevas tecnologías (Sexting, Grooming, Sextorsión, etc.) u otros conocimientos de interés para la prevención de conductas intolerables en el ámbito escolar (formación en competencias personales, educación en valores, etc.).
7. Colaborará con integrantes de otros centros educativos para la redacción, elaboración o puesta en marcha de proyectos o planes que promuevan el respeto, la tolerancia y la empatía, entre otros valores, creando conciencia y sensibilizando sobre la importancia de evitar conductas que pongan en riesgo la convivencia escolar.
8. Empleará la mediación como medio de resolución de conflictos entre las partes procurando alcanzar resultados satisfactorios de forma pacífica.
9. Protegerá mediante sus planes de formulación y ejecución, siendo la prioridad absoluta el bienestar general y los derechos y garantías individuales de todos los miembros de la comunidad educativa y, con especial preferencia y atención, tomará en cuenta el Interés Superior y el Desarrollo Integral de niños, niñas y adolescentes. En caso de ser responsable de una institución en concreto, deberá tener conocimiento específico y actualizado del entorno educativo, así como evitará la exposición o divulgación por cualquier medio, de datos o informaciones que permitan identificar de forma directa o indirecta a los sujetos de la intervención.
10. Utilizará el Informe Criminológico como pieza clave en el ejercicio de su profesión, y elaborará el mismo en base a una exposición detallada de datos o hechos relevantes, de forma clara y objetiva, de tal modo que otorguen una visión más amplia a quienes no son expertos en la materia sobre un determinado hecho.